La Comisión del Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Lima Norte llevó a cabo una sesión plenaria el 4 de noviembre de 2016, en donde se debatió los siguientes temas relacionados al proceso inmediato:
- Tema I: Facultades del fiscal sobre requerimiento de prisión preventiva en el procedimiento de incoación del proceso inmediato.
- Tema II: Facultades del juez en el procedimiento de control de la flagrancia-incoación del proceso inmediato.
- Tema III: Plazo y oportunidad procesal para impugnar y fundamentar la
decisión del requerimiento de prisión preventiva. - Tema IV: Sobre el derecho a la prueba y contradicción del imputado en el proceso inmediato.
Fundamento destacado: [Posición adoptada: Problema 1: ¿Puede requerir prisión preventiva contra el detenido en flagrancia, horas antes de iniciarse o al iniciarse la audiencia de control de flagrancia – proceso inmediato? El fiscal puede presentar la solicitud de prisión preventiva dentro de las primeras 24 horas de incoado el proceso inmediato.
Problema 2:¿ Puede variar el requerimiento de prisión preventiva horas antes de iniciarse o al iniciarse la audiencia de control de flagrancia – proceso inmediato por la de comparecencia restringida? 35 magistrados señalaron que sí es posible variar el requerimiento de prisión preventiva por la de comparecencia restringida.
¿Puede desistirse el requerimiento de prisión preventiva horas antes iniciarse la audiencia de control de flagrancia-proceso inmediato? 35 magistrados señalaron que si es posible el desistimiento de requerimiento de prisión preventiva.]
ACTA DE SESION PLENARIA
[…]
TEMA I
FACULTADES DEL FISCAL SOBRE REQUERIMIENTO DE PRISION PREVENTIVA EN EL PROCEDIMIENTO DE INCOACION DEL PROCESO INMEDIATO
Problema 1:
El fiscal no ha requerido prisión preventiva conjuntamente o por separado a la incoación al proceso inmediato:
¿Puede requerir prisión preventiva contra el detenido en flagrancia, horas antes de iniciarse o al iniciarse la audiencia de control de flagrancia — proceso inmediato?
Primera posición:
El fiscal puede presentar la solicitud de prisión preventiva dentro de las primeras 24 horas de incoado el proceso inmediato.
Segunda posición:
La solicitud se puede presentar en la misma audiencia de incoación independientemente de su programación dentro de las 48 horas.
Luego de la deliberación y votación, se obtuvo el siguiente resultado:
Por la primera postura: 16 magistrados
Por la segunda postura: 06 magistrados
Trece magistrados sostuvieron que no es posible aceptar el pedido del fiscal
Problema 2:
El fiscal que ha requerido prisión preventiva conjuntamente o por separado a la incoación al proceso inmediato
¿Puede variar el requerimiento de prisión preventiva horas antes de iniciarse o al iniciarse la audiencia de control de flagrancia — proceso inmediato por la de comparecencia restringida?
Luego de la deliberación y votación, se obtuvo el siguiente resultado:
35 magistrados señalaron que sí es posible variar el requerimiento de prisión preventiva por la de comparecencia restringida.
¿Puede desistirse el requerimiento de prisión preventiva horas antes de iniciarse la audiencia de control de flagrancia—proceso inmediato?
Luego de la deliberación y votación, se obtuvo el siguiente resultado:
35 magistrados señalaron que si es posible el desistimiento de requerimiento de prisión preventiva.
[Continúa…]
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