Sunarp: usuarios accederán gratis a la ubicación gráfica de predios [Resolución 097-2021-Sunarp/SN]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 05 de agosto de 2021-

11985

Continuando con el proceso de digitalización de los servicios registrales y simplificación de trámites, destinados a contribuir con la reactivación del sector inmobiliario, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dispuso que, a partir de este lunes 9 de agosto, los usuarios que soliciten los servicios de Búsqueda por nombre del titular registral y/o Visualización e impresión de partidas del Registro de Predios, mediante el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), también accedan gratuitamente a la ubicación gráfica del predio en consulta, siempre que este se encuentre  en la Base Gráfica Registral.

Así lo establece la Resolución N° 097-2021-SUNARP/SN, publicada en el diario oficial El Peruano, que precisa que la información de la ubicación gráfica del predio sobre el que se solicita publicidad registral se brindará mediante un link adjunto al resultado de la búsqueda o visualización solicitada en línea.

Como ya ocurre con otros servicios digitalizados de la Sunarp, esta nueva disposición permitirá visualizar la ubicación gráfica de los predios inscritos desde cualquier teléfono celular, laptop o computadora con acceso a Internet.

¿Cómo se accede al servicio de publicidad registral en línea (SPRL)?

Todo ciudadano, entidad pública u organización privada puede acceder al Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), mediante una cuenta de ingreso. Para crearla, se debe ingresar a la plataforma, brindar algunos datos personales y aceptar el contrato de acceso a la información registral de la Sunarp.

Desde el SPRL se puede acceder a servicios gratuitos, como la Consulta de estado de solicitud de certificados (publicidad registral) y la Consulta de solicitud en línea (para títulos presentados por vía digital). También están disponibles servicios de pago, como la obtención del Certificado positivo o negativo de predios, la Búsqueda por nombre de titular registral, el servicio de Visualización e impresión de partida, entre otros.

Para pagar las tasas registrales de los servicios gestionados mediante la plataforma SPRL, se puede utilizar una tarjeta de débito o crédito, la billetera electrónica o el sistema Págalo.pe del Banco de la Nación.


Aprueban la incorporación de la ubicación gráfica del predio sobre la cartografía del visor de la SUNARP en los resultados de los servicios de “Búsqueda por Nombre de Titular Registral” y “Visualización e Impresión de Partidas”, del Registro de Predios, brindados a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL)

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 097-2021-SUNARP/SN

Lima, 4 de agosto de 2021

VISTO:

El Informe Técnico Nº 099-2021-SUNARP-SCT/DTR del 04 de agosto de 2021 de la Dirección Técnica Registral; el Informe N° 692-2021-SUNARP/OGAJ del 02 de agosto de 2021 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 737-2021-SUNARP/OGTI del 02 de agosto de 2021 de la Oficina General de Tecnologías de la Información; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos–SUNARP es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;

Que, el artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declaró al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 043-2003-SUNARP/SN del 29.01.2003, se aprobó la plataforma denominada Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), cuya implementación se enmarcó dentro de la interconexión nacional de las Oficinas Registrales que administran los distintos registros, con el objetivo de reducir el tiempo de respuesta al requerimiento de información registral, suministrar mayores canales de información y reducir los costos de desplazamiento del usuario hacia la oficina, generando un beneficio a los ciudadanos que requieren dicho servicio;

Que, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 281-2015-SUNARP-SN del 30.10.2015, se aprueba el Reglamento del Servicio de Publicidad Registral, el cual regula los requisitos, procedimientos y formalidades para la expedición de la publicidad registral; y en cuyo artículo 23 establece que las solicitudes de publicidad pueden ser presentadas en forma presencial ante las oficinas registrales o en forma no presencial mediante el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL);

Que, el artículo 3 del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral señala que el Registro es público y la publicidad que otorga consiste en la exteriorización continuada y organizada de los derechos y actos inscritos o anotados, a fin de hacerlos cognoscibles a los terceros; en tanto que el artículo 12 de dicho reglamento precisa que las características de la información que de manera gratuita se brinde por el portal web institucional son determinadas mediante resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos;

Que, en atención al marco legal citado en el considerando que antecede, se desarrolló una herramienta informática que permite, a las entidades del Estado y Gobiernos Regionales, acceder a la información de la Base Gráfica Registral a través de un Visor de mapas Web, en el que se puede visualizar, extraer y descargar de forma gratuita los polígonos de los predios inscritos e incorporados a la Base Gráfica Registral, previa suscripción de un convenio de colaboración interinstitucional;

Que, dicha herramienta informática ha permitido realizar mejoras funcionales en los accesos a la información de los índices del Registro de Predios y en el Visor de Mapas Web, a fin que éstas puedan ser vinculadas, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), a los servicios de “Búsqueda por Nombre de Titular Registral” y “Visualización e Impresión de Partida”, mediante el cual el usuario podrá obtener la ubicación de la partida registral del Registro de Predios sobre la cartografía (mapa base) que se utiliza en el visor Web de la SUNARP;

Que, en función a lo señalado en el considerando que antecede, se ha implementado una mejora funcional en el resultado de los servicios de “Búsqueda por Nombre de Titular Registral” y “Visualización e Impresión de Partida” del Registro de Predios brindados por el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), mediante el cual, el ciudadano podrá conocer gratuitamente, a través de un enlace, la ubicación del predio sobre una cartografía base de la SUNARP, siempre que éste se encuentre incorporado a la base gráfica registral;

Que, a su vez, es necesario resaltar que el Decreto Supremo N°029-2021-PCM, Reglamento de la Ley de Gobierno Digital, que establece disposiciones sobre las condiciones y usos de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, dispone que los servicios digitales deben estar centrados en los ciudadanos, a fin de atender y satisfacer sus demandas y/o necesidades;

Que, la Dirección Técnica Registral ha remitido a esta Superintendencia el proyecto de resolución, conjuntamente con el Informe Técnico de visto, para la evaluación y aprobación respectiva, la cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina General de Tecnologías de la Información;

Estando a lo acordado y, de conformidad con la facultad conferida por el literal x) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo N°012-2013-JUS; contando con el visado de la Gerencia General, de la Dirección Técnica Registral, de la Oficina General de Tecnologías de la Información y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de mejoras en la publicidad formal simple del Registro de Predios

Aprobar la incorporación de la ubicación gráfica del predio sobre la cartografía del visor de la SUNARP en los resultados de los servicios de “Búsqueda por Nombre de Titular Registral” y “Visualización e Impresión de Partidas”, del Registro de Predios, brindados a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL).

La información de la ubicación gráfica del predio materia de publicidad, sobre la cartografía del visor de la SUNARP, se proporciona de manera gratuita mediante un enlace electrónico (Url o link), siempre que el predio se encuentre incorporado a la base gráfica registral.

Artículo 2.- Entrada en vigencia

Las mejoras a los servicios, aprobadas en el Artículo 1 de la presente resolución, entran en vigencia desde el 09 de agosto de 2021.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HAROLD MANUEL TIRADO CHAPOÑAN
Superintendente Nacional de los Registros Públicos SUNARP

Descargue la resolución aquí

Comentarios: