La exfiscal del Equipo Especial del caso Los Cuellos Blancos del Puerto, Sandra Elizabeth Castro Castillo, fue presentada como candidata al Senado por el Partido Morado para las Elecciones Generales de 2026. La designación fue aprobada por el Comité Ejecutivo Nacional de dicha agrupación política con el número 4 de la lista senatorial.
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Sandra Castro es abogada por la Universidad de San Martín de Porres, donde obtuvo el grado de bachiller en Derecho en 1995 y el título profesional en 1997, según el registro de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). Su formación académica se desarrolló íntegramente en dicha casa de estudios.
En el ámbito fiscal, en el año 2020 la Fiscalía de la Nación la designó como coordinadora de los despachos que integraban la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado del Callao, encargada de la investigación del caso Los Cuellos Blancos del Puerto. Mediante la Resolución 983-2020-MP-FN, publicada en el diario oficial El Peruano, también se dispuso que el despacho a su cargo se incorpore al Equipo Especial de Fiscales creado para ese caso.
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Como parte de esas funciones, se le encargó realizar el inventario de las carpetas fiscales existentes y proceder a su distribución entre los despachos correspondientes para la continuación de las investigaciones vinculadas a dicha organización criminal, una de las más relevantes en el sistema de justicia peruano en los últimos años.
Sin embargo, en 2022 se emitió un pronunciamiento administrativo en el que se concluyó que Sandra Elizabeth Castro Castillo, junto con la fiscal Rocío Esmeralda Sánchez Saavedra, incurrió en una falta muy grave cuando ambas se reunieron en 2018, en una vivienda privada y fuera de los canales institucionales, con el entonces presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo. Según los fundamentos, el encuentro tuvo como finalidad solicitar una atención especial respecto a la asignación de seguridad vinculada al caso Los Cuellos Blancos del Puerto.
La resolución administrativa determinó que dicha conducta comprometió gravemente los deberes del cargo y configuró una infracción a la Ley de la Carrera Fiscal. No obstante, si bien se consideró que la destitución era una sanción idónea, se concluyó que no resultaba necesaria, al existir otras medidas disciplinarias previstas en la normativa vigente que permitían sancionar la conducta con una afectación menos intensa.

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