Reglamento de Funcionamiento del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral

Presentamos a continuación el Reglamento de Funcionamiento del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral, cuyo objetivo es que brindar un instrumento legal que defina la estructura de organización y funciones de los órganos jurisdiccionales, áreas, subáreas y equipos que integran este Módulo. 


 

PODER JUDICIAL
DEL PERÚ

DOCUMENTO INTERNO

ETIIO/REG-
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Versión: 001
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL MÓDULO CIVIL CORPORATIVO DE LITIGACIÓN ORAL Página

1/17

 

ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO POR
Nombre

Renato Arista Villanueva

Héctor Lama More

José Lecaros Cornejo

Cargo Secretario Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil Presidente del Consejo Ejecutivo

 

OBJETIVO

El objetivo del presente Reglamento es que el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral cuente con un instrumento legal que defina la estructura de organización y funciones de los órganos jurisdiccionales, áreas, subáreas y equipos que integran este Módulo, de acuerdo con el Código Procesal Civil y disposiciones administrativas conexas.

ALCANCE

El presente Reglamento es de aplicación obligatoria para todos los jueces de las Salas, Juzgados Especializados y Paz Letrados, así como personal de apoyo al Órgano Jurisdiccional y administrativo de Salas y Juzgados que se adecuen al Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral.

BASE NORMATIVA

La organización y definición de funciones se sustentan en la siguiente base legal:

  • Constitución Política del Perú.
  • Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 017-93-JUS, y sus modificatorias.
  • Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, aprobado mediante Resolución Ministerial N.° 10-93-JUS.
  • Código Procesal Constitucional, aprobado mediante la Ley N.° 28237.
  • Ley N.° 27584, Ley que regula el proceso contencioso administrativo, modificado por la Ley N.° 30914.
  • Resolución Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial N.° 070-2002-CE-PJ, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que cuenten con menos de seis Salas Superiores y con seis y con seis o más Salas Superiores.
  • Resolución Administrativa N.° 090-2018-CE-PJ, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras.
  • Resolución Administrativa N.° 226-2012-CE-PJ, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial.
  • Decreto Supremo N.° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado.
  • Resolución Administrativa N° 124-2018-CE-PJ, que aprueba el Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles.
  • Resolución Administrativa N.° 213-2019-CE-PJ, que dispone la creación del Equipo Técnico Distrital para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles, en las Cortes Superiores de Justicia del País.
  • Resolución Administrativa N.° 236-2019-CE-PJ, que aprueba el “Clasificador de Cargos del Poder Judicial”, y su modificatoria mediante la R.A. 136-2019-P-CE-PJ.
  • Resolución Administrativa N.° 374-2019-CE-PJ, que dispone la creación del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil.
  • Resolución Administrativa N.° 478-2019-CE-PJ, que aprueba la Directiva N.° 10-2019-CE-PJ, “Disposiciones para la Elaboración de Documentos Normalizados en el Poder Judicial.”

DEFINICIONES

  • Equipo Técnico Distrital: Órgano Distrital creado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en cada uno de los Distritos Judiciales, con la finalidad de Implementar, y en su caso, supervisor y monitorear los Módulos Civiles Corporativos de Litigación Oral, destinado a optimizar la administración del despacho judicial a través de un diseño de trabajo equilibrado y diferenciado de las funciones jurisdiccionales y administrativas.
  • Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil: es el órgano rector del proceso de implementación de la Oralidad en los procesos civiles, para tal efecto propone y adopta medidas, así como realiza acciones tendientes a viabilizar la reforma procesal de la Oralidad civil en los Distritos Judiciales del país.
  • Funciones: Conjunto de acciones afines y coordinadas que corresponde realizar a la entidad, y demás niveles organizacionales, para alcanzar sus objetivos.
  • Innovación: Es la creación o modificación de un producto, y su introducción en un nuevo Sistema.
  • Tecnología: Es conjunto de teorías y técnicas que permiten el aprovechamiento práctico del conocimiento científico.
  • Reglamento: Conjunto ordenado de reglas o preceptos dictados por la autoridad competente para la ejecución de una ley, para el funcionamiento de una corporación, de un servicio o de cualquier actividad.
  • Resolución Administrativa: Consiste en un orden escrita dictada por el jefe de un servicio público que tiene carácter general, obligatorio y permanente, y se refiere al ámbito de competencia del servicio.

[Continúa…]

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