¿Puede ser vacado el alcalde que contrata los servicios de su propio estudio jurídico?

El JNE ha establecido en su jurisprudencia que la prohibición de contratar opera respecto de cualquier tipo de contrato, incluso uno de servicios

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Una preocupante noticia llega desde el norte del país. En Casa Grande, Ascope, región de La Libertad; el abogado Jorge Juan Orbegoso Díaz acaba de hacer pública una denuncia contra el alcalde de dicho distrito, Pascual Bueno Santillán, solicitando la vacancia del burgomaestre liberteño por supuestamente haber contratado los servicios de su propio estudio jurídico, con el fin de contestar una demanda de hábeas data.

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Así, el letrado citó el artículo 63 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que el alcalde, los regidores, los servidores, empleados y funcionarios municipales no pueden contratar, rematar obras o servicios públicos municipales ni adquirir directamente o por interpósita persona sus bienes. La autoridad municipal habría incurrido en corrupción, lo que podría fundamentar su vacancia, de acuerdo al propio artículo 63.

El 29 de noviembre de 2017 y el 15 de marzo de 2018, en el Expediente 187-2017, el alcalde de Casa Grande contesta una demanda de habeas data y presenta una apelación bajo el membrete de ‘Estudio Jurídico Pascual Bueno Santillán’, siendo quien autoriza el recurso el abogado Dennis Javier Quispe Fajardo, funcionario de la municipalidad. No había necesidad de utilizar los servicios de ese estudio jurídico ni la autorización del abogado mencionado salvo que ese estudio estuviera asesorando”, explicó Jorge Orbegoso, tal como recoge el medio regional Valle Noticias.

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Asimismo, recordó que el Jurado Nacional de Elecciones ha establecido en su jurisprudencia que la prohibición de contratar opera respecto cualquier tipo de contrato y sea cual fuere el objeto de contrato, incluso uno de servicios. También confirmó que ha solicitado una investigación administrativa contra el abogado Dennis Quispe.

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