Tras declarar fundada la medida cautelar innovativa presentada por Delia Espinoza contra la Junta Nacional de Justicia, el Noveno Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, a cargo del juez Juan Fidel Torres Tasso, dispuso que Espinoza asuma nuevamente el cargo de fiscal de la Nación.
Este juzgado suspendió los efectos de la medida de “suspensión en el cargo de fiscal suprema y fiscal de la Nación” que aplicó la JNJ a Espinoza en el marco del proceso disciplinario en su contra por el caso Patricia Benavides.
A continuación compartimos la parte resolutiva de la decisión:
SE DECLARA:
FUNDADA LA MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA presentada por DELIA MILAGROS ESPINOZA VALENZUELA contra la JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA, en consecuencia:
1.- Se dispone la Suspensión Provisional de los efectos del artículo 3° de la Resolución Nro. 231-2025-JNJ de fecha 12 d e junio del 2025, emitida en el marco del Procedimiento Disciplinario N.º 001- 2024-JNJ.
2.- Se declare la vigencia del Acuerdo N.º 6579-2024 de la Junta de Fiscales Supremos y de la Resolución N.º 058-2024-MP-FN-JFS, actos mediante los cuales la Junta de Fiscales Supremos, en uso de sus competencias que le confiere el artículo 158° de la Constitución, designó en el cargo de Fiscal de la Nación a la demandante Delia Milagros Espinoza Valenzuela por el periodo que establece dicha disposición constitucional, disponiéndose que la recurrente, Delia Milagros Espinoza Valenzuela, continúe ejerciendo el cargo de Fiscal de la Nación.
3.- Se dispone la Suspensión Provisional de los efectos del proceso administrativo disciplinario que se hubiere instaurado la Junta Nacional de Justicia contra la recurrente, Delia Milagros Espinoza Valenzuela, derivado de los actos de defensa por la inejecutabilidad y/o observaciones a la ejecución del referido artículo tercero de la Resolución Nro. 231-2025-JNJ, emitido en el marco del Procedimiento Disciplinario Nro. 001-2024-JNJ.
4.- REQUIERASE a la entidad emplazada, Junta Nacional de Justicia a fin de que, dentro del quinto día de notificado con la presente resolución, cumpla con el presente mandato judicial, expidiendo la resolución administrativa respectiva, cumpliendo con cada uno de los puntos que comprende la parte resolutiva de la presente resolución, bajo apercibimiento de ley. La presente medida cautelar estará vigente hasta que concluya la presente causa con la sentencia que ponga fin al proceso principal.
Notifíquese.-
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