Estimados colegas, compartimos esta convocatoria que acaba de lanzar el Ministerio Público, para cubrir más de 100 cargos en los niveles de fiscal provincial, fiscal adjunto provincial, fiscal superior y fiscal adjunto superior en el distrito fiscal de Lima Este.
OJO, ESTA CONVOCATORIA SE ACABA DE DEJAR SIN EFECTO. CLIC AQUÍ.
MINISTERIO PÚBLICO
FISCALÍA DE LA NACIÓN
CONVOCATORIA 001-2019
PLAZAS DE FISCALES SUPERIORES, ADJUNTOS SUPERIORES, PROVINCIALES Y ADJUNTOS PROVINCIALES EN EL DISTRITO FISCAL DE LIMA ESTE
En atención al Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3803-2018-MP-FN de fecha 30 de octubre del 2018, publicado en el diario oficial El Peruano el día 03 de nombre del 2018, se precisa que es atribución de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores, proponer la designación de Fiscales; los mismos que deben cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Ministerio Público, la Ley N° 30483 – Ley de la Carrera Fiscal, la Directiva N° 03-2019 aprobada mediante Resolución de la Presidencia N° 000363-2019-MP-FN-PJFS-DFLE y las demás normas internas del Ministerio Público, ello de conformidad con el artículo 6‘ del Reglamento Interno para el nombramiento, evaluación y permanencia de Fiscales, aprobado mediante resolución N° 4330-2014-MP-FN de fecha 15 de octubre del 2014. En ese sentido, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Lima Este se constituye en el primer filtro para la evaluación de los postulantes a las plazas de Fiscales Superiores, Provinciales y Adjuntos Provinciales.
Por ello, se CONVOCA al proceso de selección de abogados para ser nombrados como representantes del Ministerio Público en el Distrito Fiscal de Lima Este; ante la próxima entrada en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal.
MARCO NORMATIVO
– Constitución Política del Perú, artículo 150° y 154° inciso 1 y 158°.
– Ley de la Carrera Fiscal N° 30483
– Resolución de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Lima Este N° 000363-2019-MP-FN.PJFS-DFLE de fecha 04/04/2019 que aprobó la Directiva N° 03-2019-MP-FN-PJFS-DF-LE.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de la presente convocatoria es seleccionar abogados que reúnan los requisitos para ocupar el cargo de Fiscales en los siguientes niveles:
Fiscales Superiores: (04 PLAZAS)
Fiscales Adjuntos Superiores (03 PLAZAS)
Fiscales Provinciales: (44 PLAZAS)
Fiscales Adjuntos Provinciales: (63 PLAZAS)
CRONOGRAMA
| Publicación de convocatoria | 08/04/2019 |
| Presentación de documentos requeridos (Solicitudes y curriculum vitae), conforme a las bases. | Del 10/04/2019 al 17/04/2019 |
| Evaluación del curriculum vitae | Del 22/04/2019 al 26/04/2019 |
| Relación de listas de postulantes aptos para entrevista personal | 29/04/2019 |
| Entrevista personal.
Para FISCALES SUPERIORES y ADJUNTOS SUPERIORES Para FISCALES PROVINCIALES Para FISCALES ADJUNTOS PROVINCIALES |
Del 30/04/2019 al
10/05/2019 |
| Resultados finales. | 14/05/2019 |
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REQUISITOS ESPECIALES PARA POSTULAR SEGÚN NIVEL
REQUISITOS PARA FISCAL SUPERIOR
a) Ser mayor de treinta y cinco (35) años.
b) Si es magistrado, haber ejercido el cargo de Fiscal Provincial titular, Fiscal Adjunto Superior titular, o Juez Especializado o Mixto durante cinco (05) años y si no lo es, haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia Jurídica, por un periodo no menor de diez (30) años.
REQUISITOS PARA FISCAL PROVINCIAL
a) Ser mayor de treinta (30) años
b) Haber sido Fiscal Adjunto Provincial, Juez de Paz Letrado o Secretario o relator de Sala al menos por cuatro (04) años o haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitario en materia jurídica, por un periodo no menor de cinco (05) años.
REQUISITOS PARA FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL
a) Ser mayor de veintiséis (26) años.
b) Haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia jurídica, por un periodo no menor de tres (03) años; o haberse desempeñado como asistente en función fiscal por un periodo no menor de tres (03) años. Para el caso del ejercicio de la abogacía y la docencia universitaria, los periodos en una y otra condición son acumulables, en tanto no se hayan prestado de forma simultánea.
LUGAR DE PRESENTACIÓN
La presentación de solicitudes, curriculum vitae y toda documentación se hará en Mesa de Partes de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Lima Este, ubicada en la av. Los Eucaliptos S/N cuadra 12 en el distrito de Santa Anita (Referencia: al costado de la Municipalidad de Santa Anita), durante días hábiles en el horario de 08:00 a 01:30 horas y de 14:15 a 16 00 horas, según el cronograma establecido.
Toda documentación deberá estar debidamente foleada (número) y firmada en cada folio.
No se admitirá el curriculum vitae o documentación anillada o empastada.
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![La demora en rendir cuentas no equivale a la apropiación de caudales; de ahí que la jurisprudencia suprema le dé valor como indicio (ánimo de apropiación) y no como elemento de atribución directa [RN 1105-2024, Loreto, ff. jj. 16,6 y 16,7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Asignación anticipada de alimentos cesa cuando existe sentencia firme que fija pensión alimenticia debido a su carácter provisional e instrumental [Exp. 04679-2009-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/asignacion-anticipada-de-alimentos-cesa-cuando-existe-sentencia-firme-que-fija-pension-alimenticia-debido-a-su-caracter-provisional-e-instrumental-LPDerecho-100x70.jpg)

![[VÍDEO] Las pensiones de alimentos de S/300 frente al costo de vida](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Captura-de-pantalla-2026-05-09-164203-100x70.png)

![¿Perdiste tu celular y no bloqueaste tus tarjetas y, en esa situación, alguien vació tus cuentas? El banco debe devolverte el dinero; la obligación de seguridad no depende de si actuaste con negligencia o no [Res. Final 038-2026-PS0-Indecopi-HRZ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)
