Mediante la Resolución Administrativa 000397-2021-CE-PJ, el Poder Judicial modifica el Reglamento transitorio de selección y registro de jueces supernumerarios.
Incorporan texto en el artículo 8° del “Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”
CONSEJO EJECUTIVO
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000397-2021-CE-PJ
Lima, 28 de noviembre del 2021
VISTO:
El Oficio N° 000009-2021-CR-CNMA-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, por Resolución Administrativa N° 353-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Reglamento de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”. Asimismo, difirió la aplicación del documento aprobado hasta que se efectúe la reestructuración de la Oficina de Meritocracia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dependencia encargada, entre otros, de la dirección del concurso público para la designación de Jueces Supernumerarios. Posteriormente, se modificó la mencionada resolución por Resolución Administrativa N° 452-2019-CE-PJ. Asimismo, la Resolución Administrativa N° 488-2019-CE-PJ dispuso la entrada en vigencia del “Reglamento de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial” aprobado mediante Resolución Administrativa N° 353-2019-CE-PJ, a partir del 3 de enero de 2020.
Segundo. Que, por la emergencia sanitaria declarada en el país debido al COVID-19, se imposibilitaba la aplicación integral del referido reglamento, por lo que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 399-2020-CE-PJ, aprobó temporalmente el “Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”.
Tercero. Que, posteriormente, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000236 y 000262-2021-CE-PJ, se dispusieron medidas complementarias para la aplicación del “Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”. Además, a través de la Resolución Administrativa N° 000346-2021-CE-PJ se modificó los artículos 18° y 20° del citado reglamento, en lo que respecta a la tabla de puntaje de las fases de Evaluación de Conocimientos y Evaluación Curricular con Puntaje.
Cuarto. Que, el artículo 7° del mencionado “Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial” establece que la Sala Plena o Consejo Ejecutivo Distrital es la encargada de conformar la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios, y designar a sus integrantes, entre otros, al Gerente o Jefe de Administración Distrital, quien actuará como Secretario Técnico.
Quinto. Que, el señor Consejero Responsable de la Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 00006-2021-OOCMA-CE-PJ, elaborado por la Oficina de Organización de Cuadro de Méritos y Antigüedad, en atención al Oficio N° 09-2021-JV-CSJS-PJ que contiene la consulta formulada por la señora Jenny Cecilia Vargas Álvarez, Jueza Superior titular designada Presidenta de la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Sullana, sobre las facultades y funciones que debe realizar el Secretario Técnico de la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios.
Al respecto, dicho informe señala que en la práctica el Gerente o Jefe de Administración Distrital, quien actuará como Secretario Técnico en adición a sus funciones, conforme a lo establecido en el artículo 7° del mencionado reglamento; tienen como función principal el apoyo a los requerimientos y necesidades por parte de la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios; por lo que se propone delimitar dichas funciones, para lo cual debe emitirse el acto administrativo correspondiente.
Sexto. Que, por lo expuesto en el referido informe y considerando que este Órgano de Gobierno tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.
Sétimo. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1398-2021 de la sexagésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de noviembre de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte por tener que asistir a una reunión programada con anterioridad y de la señora Medina Jiménez por tener que viajar en comisión de servicios; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Incorporar en el artículo 8° del “Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”, aprobado por Resolución Administrativa N° 399-2020-CE-PJ y sus modificatorias, el siguiente texto:
El Gerente o Jefe de Administración Distrital, quien actuará como Secretario Técnico, tiene como funciones:
– Apoyar en la elaboración de las bases del concurso, teniendo en cuenta lo establecido en el presente reglamento transitorio, cronograma del proceso y aviso de convocatoria; así como la publicación de los mismos en el Diario de mayor circulación del Distrito Judicial o Diario Judicial correspondiente y en la página Web de la Corte Superior de Justicia, a fin que se garantice mayor concurrencia de postulantes.
– Apoyar en informar al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el inicio de la convocatoria.
– Apoyar en dirigir el concurso público para la selección de Jueces Supernumerarios, conforme a sus requerimientos.
– Apoyar en elaborar la relación de los postulantes que solicitan presentarse al concurso público, y pasarán a la etapa de evaluación
– Apoyar en resolver las tachas emitiendo el acto administrativo correspondiente.
– Apoyar en desarrollar el Banco de Preguntas de donde se obtendrá el balotario de preguntas, para la evaluación según la especialidad y nivel postulado; debiendo adoptar las medidas necesarias para garantizar la reserva y confidencialidad del balotario de preguntas, bajo responsabilidad.
– Apoyar en realizar la evaluación de conocimientos, la evaluación psicológica y la evaluación curricular con puntaje, a los abogados postulantes.
– Apoyar en publicar los resultados de las evaluaciones y los postulantes aptos, para continuar a la siguiente fase.
– Apoyar en desarrollar la entrevista personal, teniendo en cuenta lo establecido en el presente reglamento transitorio.
– Apoyar en presentar a la Sala Plena o Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior, la Nómina de Postulantes aptos que hubieren obtenido nota final aprobatoria, de acuerdo a las estipulaciones del presente reglamento transitorio.
– Apoyar en otros que permita cumplir con el objetivo del concurso.
– Actualizar el registro distrital de Jueces Supernumerarios, dando cuenta al Presidente de la Corte Superior de Justicia; así como también remitir el listado de los abogados declarados aptos de acuerdo al citado registro a la referida Presidencia.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta

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