RPP: Familiares y pobladores de la comunidad de Aycas, en el distrito de Luricocha, en la provincia de Huanta (región Ayacucho), quemaron llantas y saquearon la sede del Ministerio Público del distrito de Huanta, como protesta contra la decisión de dejar en libertad a los implicados del asesinato del joven Daniel Quispe (18), el último fin se semana.
Los manifestantes ingresaron al local de la Fiscalía Provincial, sacaron un conjunto de carpetas fiscales y los lanzaron al fuego.
En otro punto de la ciudad de Huanta, un grupo de pobladores atacó la sede del FP-Vraem y Depincri Huanta y prendió fuego en los exteriores, según informó Canal N.
Cinco heridos
Al menos cuatro trabajadores de la dirección de Medicina Legal de la Fiscalía Provincial de Huanta y un manifestante resultaron heridos durante la protesta.
La médica legista, Hatsumi Atencio, relató a RPP Noticias que los manifestantes quemaron llantas en la puerta de ingreso de la fiscalía y tomaron el primer piso de las instalaciones golpeando a los trabajadores, quienes tuvieron que huir.
Mientras, otro grupo se quedaron retenidos en el segundo piso, a causa del fuerte humo que emanaba las llamadas quemadas, quiénes finalmente pudieron huir del local.
«Ellos han agredido a gente inocente, personal ha salido herido, la seguridad tiene heridas contusas. Lo único que esperamos es que se haga justicia, que se investigue por qué nos han abandonado y dejado solos», expresó Hatsumi Atencio.
Crimen de escolar
Daniel Quispe Bautista, un escolar de 18 años, fue asesinado por uno de sus compañeros de colegio en el distrito de Lauricocha, en la ciudad de Huanta (Ayacucho).
El hecho ocurrió cuando la víctima salió a beber licor con tres amigos.
Y fue uno de los estudiantes el que confesó el crimen y reveló el lugar donde enterraron el cuerpo del joven.
La Policía Nacional del Perú (PNP) logró detener a dos de los tres presuntos implicados en el asesinato del escolar, pero fueron liberados por la fiscalía.
Colegio de Abogados se pronuncia
El Ilustre Colegio de Abogados de Ayacucho, a través de un comunicado, se pronunció sobre los hechos e instó a la población a no dañar el patrimonio del Ministerio Público, ya que eso solo beneficiaría a los investigados.
Fuente: RPP
Noticia en desarrollo…
Para acceder al vídeo clic aquí.
@lpderecho.pe Manifestantes queman llantas y saquean sede de la #Fiscalia en señal de protesta. Más información en nuestara web. #lpderecho #derecho #noticias #peru #fyp
♬ News, news, seriousness, tension(1077866) – Lyrebirds music

![El fiscal superior no está obligado a notificar a las partes su avocamiento a la elevación de actuados [Queja NCPP 1367-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El pago de la reparación civil se transmite a los herederos del causante, quienes asumen la responsabilidad bajo el principio «intra vires hereditatis» (hasta el límite del valor de los bienes efectivamente heredados) [Exp. 12-2021-10-5001-JS-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La demora en rendir cuentas no equivale a la apropiación de caudales; de ahí que la jurisprudencia suprema le dé valor como indicio (ánimo de apropiación) y no como elemento de atribución directa [RN 1105-2024, Loreto, ff. jj. 16.6 y 16.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuatro principales características del arbitraje: (i) autonomía (se despliega dentro del marco de la Constitución y la ley), (ii) solemnidad (se lleva a cabo de manera formal y ritualista), (iii) reserva (se desarrolla con sigilo y discreción) y (iv) vinculatoriedad (genera consecuencias jurídicas obligatorias para las partes sometidas al arbitraje) [Exp. 008-2005-Pl/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![La atención médica «culturalmente aceptable» implica que el personal de salud debe considerar las particularidades y necesidades del paciente al momento de brindarle información, entre ellas, su cultura, idioma, religión, estilo de vida así como nivel educativo [Ramos Durand y otros vs. Perú, f j. 129]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Aunque el demandante en un proceso de prescripción adquisitiva no obtenga un resultado favorable, todos los años de duración del proceso no impedirán por sí mismos que dicho periodo en que el demandante continuó en posesión sea considerado como uno de posesión pacífica para un nuevo proceso de prescripción adquisitiva que decida iniciar después [Casación 4968-2021, Lima Este]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/casa-vivienda-propiedad-posesion-divorcio-separacion-bienes-herencia-desalojo-civil-mazo-balanza-LPDerecho-218x150.jpg)

![Destituyen a secretario judicial por adulterar escritura pública de compraventa y cambiar monto del predio [Queja Odecma 419-2016-Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Destituyen-a-servidor-judicial-sindicado-de-desviar-depositos-judiciales-ascendentes-a-S10-000-con-ayuda-de-sus-familiares-LPDERECHO-218x150.jpg)

![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-218x150.png)
![Ley General del Sistema Concursal (Ley 27809) [actualizada 2026] Ley General del Sistema Concursal • Ley 27809](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Ley-27809-LP-218x150.png)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)

















![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-324x160.png)
![Cuatro principales características del arbitraje: (i) autonomía (se despliega dentro del marco de la Constitución y la ley), (ii) solemnidad (se lleva a cabo de manera formal y ritualista), (iii) reserva (se desarrolla con sigilo y discreción) y (iv) vinculatoriedad (genera consecuencias jurídicas obligatorias para las partes sometidas al arbitraje) [Exp. 008-2005-Pl/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)
![La atención médica «culturalmente aceptable» implica que el personal de salud debe considerar las particularidades y necesidades del paciente al momento de brindarle información, entre ellas, su cultura, idioma, religión, estilo de vida así como nivel educativo [Ramos Durand y otros vs. Perú, f j. 129]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-100x70.jpg)

![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-100x70.png)