La posibilidad de que un empleador retenga los celulares de sus trabajadores para evitar distracciones genera un intenso debate en el derecho laboral. Si bien no existe una norma legal que prohíba expresamente esta medida, su aplicación debe cumplir ciertos criterios para ser válida dentro de una relación laboral, advierten expertos entrevistados por LP.
David Campera Calero: abogado laboralista
El empleador sí puede disponer de esta medida. De acuerdo con el abogado David Camarena Calero, especialista en derecho laboral, el empleador puede establecer reglas sobre el uso de celulares en la empresa:
No hay ninguna norma legal que establezca esta prohibición de reglas sobre celulares, pero el empleador, en uso de su facultad de dirección y organización del trabajo, sí puede disponer una medida en ese sentido.
El abogado agregó que esta medida debe contar con una justificación adecuada y estar prevista en las normas internas de la empresa:
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Esto debe estar limitado a la jornada de trabajo y también según cada puesto. Pero si está plenamente justificado, desde mi punto de vista, es válido. Claro, si no está en el contrato de trabajo ni en el reglamento interno de trabajo, entonces no es una obligación exigible.
Brisa Aliaga Bendezú: abogada laboralista
Sí, el empleador puede aplicar esta medida. Por su parte, la abogada laboralista Brisa Aliaga Bendezú enfatizó que esta medida debe ser analizada dentro del marco de los derechos tanto del empleador como del trabajador:
Si bien no se encuentra regulada normativamente en nuestro país, debemos considerar ciertos derechos involucrados. En primer lugar, el derecho constitucional a la libertad de empresa, consagrado en el artículo 59 de la Constitución Política del Perú. Segundo lugar, el derecho del trabajador a que las medidas impuestas por el empleador sean razonables.
También aclaró que la normativa permite la implementación de ciertas restricciones bajo criterios de prevención en el marco de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo:
Sí, el empleador puede aplicar esta medida en cuanto invoque cuestiones relacionadas con su deber de prevención, principio que encuentra sustento en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
La abogada Brisa Aliaga agregó que, la aplicación de esta política debe ser proporcional y razonable, especialmente en empleos donde el uso del celular pueda poner en riesgo la seguridad del trabajador o afectar gravemente su desempeño.
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