JNE oficializa instalación de 63 Jurados Electorales Especiales para los comicios regionales y municipales 2026 [Resolución 1123-2026-JNE]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 14 de mayo de 2026

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) oficializó la conformación de 63 Jurados Electorales Especiales (JEE) que participarán en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 y que iniciarán funciones desde el 15 de mayo. La medida fue aprobada mediante la Resolución 1123-2026-JNE.

Los JEE son órganos temporales encargados de impartir justicia electoral en primera instancia durante el proceso electoral. Su integración contempla a un juez superior, un fiscal superior y un ciudadano seleccionado por sorteo público realizado con apoyo del Reniec.

La resolución detalla la instalación de jurados en distintas regiones del país, incluidas sedes en Lima, Cusco, Arequipa, Piura, Loreto, Puno y San Martín, entre otras jurisdicciones.

No obstante, el JNE informó que aún quedan pendientes algunas designaciones debido a observaciones o falta de remisión de información por parte de cortes superiores y juntas de fiscales. Entre los casos pendientes figuran los JEE de Puerto Inca, Ucayali y Atalaya, así como algunas designaciones de fiscales superiores y ciudadanos sorteados que no aceptaron o no pudieron ser ubicados.

Asimismo, el organismo electoral precisó que varios ciudadanos inicialmente sorteados para integrar los JEE fueron reemplazados por suplentes debido a motivos de salud, trabajo, residencia en el extranjero o problemas de ubicación domiciliaria.


Declaran la conformación de Jurados Electorales Especiales correspondientes al proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026, los cuales se instalarán e iniciarán sus actividades el 15 de mayo de 2026

RESOLUCIÓN Nº 1123-2026-JNE

Lima, 13 de mayo de 2026

VISTOS: los Ofi cios Nº 000943-2026-P-CSJAM-PJ, Nº 000451-2026-P-CSJAN-PJ, Nº 000465-2026-P-CSJAP-PJ, 000768-2026-P-CSJAR-PJ, Nº 000568-2026-P-CSJAY-PJ, Nº 000489-2026-P-CSJCA-PJ,Nº 000670-2026-SP-CSJCÑ-PJ, Nº 000744-2026-SP-CSJCÑ-PJ, Nº 000555-2026-P-CSJCUPJ, Nº 000883-2026-P-CSJHU-PJ, Nº 000501-2026- P-CSJHN-PJ, Nº 000851-2026-P-CSJHA-PJ, Nº 000397-2026-P-CSJIC-PJ, Nº 000644-2026-P-CSJJU-PJ, Nº 001126-2026-P-CSJJU-PJ, Nº 002829-2026-SG-CSJLI-PJ, Nº 001442-2026-P-CSJLE-PJ, Nº 001683-2026-P-CSJLEPJ, Nº 000832-2026-P-CSJLIMANORTE-PJ; Ofi cios Nº 000346-2026-P-CSJLS-PJ, Nº 000592-2026-CSJLO-PJ, Nº 000946-2026-P-CSJPI-PJ, Nº 000630-2026-P-CSJPUPJ, Nº 000399-2026-P-CSJSM-PJ, Nº 000456-2026- P-CSJSM-PJ, Nº 001203-2026-P-CSJS-PJ, Nº 000491- 2026-P-CSJSC-PJ, Nº 000585-2026-P-CSJSC-PJ, Nº 000626-2026-P-CSJSU-PJ; así como la Resolución Administrativa Nº 000461-2026-P-CSJLA/PJ, remitidos por las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cañete, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Piura, Puno, San Martín, Santa, Selva Central, Sullana y Lambayeque, respectivamente; vistos también los Ofi cios Nº 001062-2026-MP-FN-PJFSAMAZONAS, Nº 001485-2026-MP-FN-PJFSANCASH y Nº 001576-2026-MPFN-PJFSANCASH, Nº 0026-2026-MP-FN-PJFSAREQUIPA, Nº 001665-2026-MP-FN-PJFSAYACUCHO y Nº 001787-2026- MP-FN-PJFSAYACUCHO, Nº 001081-2026-MP-FNPJFSCAJAMARCA, Nº 001061-2026-MP-FNPJFSCAÑETE y Nº 001249-2026-MP-FN-PJFSCAÑETE, Nº 001157-2026-MP-FN-PJFSCUSCO y Nº 001212-2026- MP-FN-PJFSCUSCO, Nº 000419-2026-MP-FNPJFSHUANCAVELICA, Nº 002441-2026-MP-FNPJFSHUANUCO, Nº 000941-2026-MP-FN-PJSICA, Nº 002629-2026-MP-FN-PJFSJUNIN, Nº 001214-2026-MPFN-PJFSLALIBERTAD y Nº 001507-2026-MP-FNPJFSLALIBERTAD, Nº 005088-2026-MP-FN-PJFSLIMA, Nº 002516-2026-MP-FN-PJFS-DFLE, Nº 1731-2026-MPFN-PJFS-DFLN, Nº 001959-2026-MP-FN-PJFSLORETO, Nº 001722-2026-MP-FN-PJFSPIURA, Nº 001323-2026-MPFN-PJFSPUNO, Nº 001727-2026-MP-FN-PJFSSANTA, Nº 002222-2026-MP-FN-PJFSSELVACENTRAL, Nº 000680-2026-MP-FN-PJSSU; así como las Resoluciones de Presidencia Nº 00085-2026-MP-FN-PJFSHUANCAVELICA, Nº 000148-2026-MP-FN-PJFSMADREDEDIOS, Nº 001372-2026-MP-FN-PJFSUCAYALI y Nº 001046-2026-MPFN-PJFSLIMASUR; así como el Acta de Sesión Extraordinaria de la Junta de Fiscales Superiores Titulares del Distrito Fiscal de Huaura, remitidos por las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Amazonas, Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cañete, Cusco, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Loreto, Piura, Puno, Santa, Selva Central, Sullana, Huancavelica, Madre de Dios, Ucayali, Lima Sur y Huaura, respectivamente, con los cuales se comunica la elección de los jueces superiores y los fi scales superiores designados como presidente y segundo miembro –titulares y suplentes– de los Jurados Electorales Especiales (JEE) de Bagua, Bongará, Huari, Huaylas, Pomabamba, Recuay, Santa, Andahuaylas, Grau, Camaná, Caylloma, Condesuyos, Cangallo, Lucanas, Parinacochas, Chota, Cutervo, Jaén, San Pablo, Canchis, Espinar, La Convención, Quispicanchi, Urubamba, Angaraes, Huaytará, Tayacaja, Huamalíes, Leoncio Prado, Puerto Inca, Yarowilca, Chincha, Chanchamayo, Jauja, Tarma, Pacasmayo, Pataz, Sánchez Carrión, Cañete, Huaral, Huarochirí, Lima Este 1, Lima Este 2, Lima Norte 1, Lima Norte 2, Lima Oeste 3, Lima Sur 1, Lima Sur 2, Yauyos, Alto Amazonas, Mariscal Ramón Castilla, Requena, Ucayali, Oxapampa, Morropón, Sullana, Azángaro, Huancané, San Antonio de Putina, San Román, Mariscal Cáceres, San Martín y Atalaya, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026; así como el Acta de la Audiencia Pública Virtual del 11 de abril de 2026, sobre la realización del sorteo para la designación del tercer miembro de los citados JEE.

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ANTECEDENTES

1. Mediante el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 7 de enero de 2026, la Presidencia de la República convocó, para el domingo 4 de octubre de 2026, a Elecciones Regionales y Municipales 2026, para la elección de gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República.

2. Con la Resolución Nº 0097-2026-JNE, del 20 de enero de 2026, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones estableció noventa y una (91) circunscripciones administrativas y de justicia electoral, sobre las cuales se constituirán los JEE correspondientes al proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026, así como sus respectivas sedes, conforme al siguiente cuadro:

3. En la citada resolución se dispuso que un primer grupo de veintiocho (28) JEE se instale el 6 de febrero de 2026, y los otros JEE, el 15 de mayo de 2026; razón por la cual se procederá a conformar los sesenta y tres (63) JEE del segundo grupo, a fi n de que inicien sus actividades en la fecha prevista; siendo estos, los siguientes:

[Continúa…]

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