[Actualización]
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema debía evalúa hoy en audiencia pública el recurso de casación que presentó la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, contra la orden de prisión preventiva de 36 meses que cumple en el Penal Anexo de Mujeres en Chorrillos.
Sin embargo, esta audiencia se suspendió luego de que el juez supremo Jorge Castañeda Espinoza se inhibiera de ver el caso. Es preciso recordar que horas antes, Peru21 publico unas grabaciones en donde se escucha al juez tener un trato muy amical con el sindicado cabecilla de ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’.
Los jueces supremos Hugo Príncipe, Iván Sequeriros, Zavina Chávez, Estela Pacheco y Jorge Castañeda Espinoza integraban la sala que escuchará los argumentos de la abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza, quien presentó en febrero de este año el recurso de casación para dejar sin efecto la orden de prisión preventiva que dictó el juez Richard Concepción Carhuancho el 31 de octubre del 2018 y que fue confirmada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional el 4 de enero del 2019.
La sala también tenia previsto escuchar al fiscal supremo Víctor Rodríguez Monteza, en representación de los intereses del Ministerio Público en la causa. Este magistrado remitió el pasado miércoles un documento a la Sala Penal Permanente en el que recomienda declarar fundada la casación y pide que se anule la orden de prisión preventiva de Fujimori.
Sobre la participación de Monteza, algunos especialistas como el exfiscal Avelino Guillén consideran que la opinión de Rodríguez Monteza no es vinculante ni significa que será acogida obligatoriamente por los jueces, pero reconocen que el pronunciamiento de un fiscal supremo tiene importancia en el análisis de la casación.
[Nota original]
Se fijó la fecha. Este viernes 5 de julio, la Sala Suprema Penal Permanente revisará el recurso de casación interpuesto por la defensa legal de Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular, contra la prisión preventiva de 36 meses que viene cumpliendo por el caso Odebrecht.
Lea también: Keiko Fujimori: Corte Suprema declaró fundada inhibición del juez Aldo Figueroa
La audiencia iniciará a las 8:30 de la mañana, los jueces supremos evaluarán el recurso que busca la libertad de Fujimori Higuchi, investigada por el presunto delito de lavado de activos, por el caso de los aportes que Odebrecht habría entregado para su campaña electoral.
Hay que recordar que la defensa de Keiko Fujimori presentó la casación el 25 de febrero pasado.
Cabe recordar que el Poder Judicial declaró fundada la inhibición que presentó el juez supremo Aldo Figueroa para apartarse del proceso de casación. El magistrado ya no integrará la sala que revisará el recurso, después de que se conocieran sus vínculos con la presunta organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto.
LO ÚLTIMO| Casación contra la prisión preventiva de Keiko Fujimori se realizará el viernes 5 de julio ► https://t.co/Yp74gn7xKX pic.twitter.com/IS7FWnwOIm
— Canal N (@canalN_) June 28, 2019

![El fiscal superior no está obligado a notificar a las partes su avocamiento a la elevación de actuados [Queja NCPP 1367-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El pago de la reparación civil se transmite a los herederos del causante, quienes asumen la responsabilidad bajo el principio «intra vires hereditatis» (hasta el límite del valor de los bienes efectivamente heredados) [Exp. 12-2021-10-5001-JS-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La demora en rendir cuentas no equivale a la apropiación de caudales; de ahí que la jurisprudencia suprema le dé valor como indicio (ánimo de apropiación) y no como elemento de atribución directa [RN 1105-2024, Loreto, ff. jj. 16.6 y 16.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuatro principales características del arbitraje: (i) autonomía (se despliega dentro del marco de la Constitución y la ley), (ii) solemnidad (se lleva a cabo de manera formal y ritualista), (iii) reserva (se desarrolla con sigilo y discreción) y (iv) vinculatoriedad (genera consecuencias jurídicas obligatorias para las partes sometidas al arbitraje) [Exp. 008-2005-Pl/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![La atención médica «culturalmente aceptable» implica que el personal de salud debe considerar las particularidades y necesidades del paciente al momento de brindarle información, entre ellas, su cultura, idioma, religión, estilo de vida así como nivel educativo [Ramos Durand y otros vs. Perú, f j. 129]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Aunque el demandante en un proceso de prescripción adquisitiva no obtenga un resultado favorable, todos los años de duración del proceso no impedirán por sí mismos que dicho periodo en que el demandante continuó en posesión sea considerado como uno de posesión pacífica para un nuevo proceso de prescripción adquisitiva que decida iniciar después [Casación 4968-2021, Lima Este]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/casa-vivienda-propiedad-posesion-divorcio-separacion-bienes-herencia-desalojo-civil-mazo-balanza-LPDerecho-218x150.jpg)

![Destituyen a secretario judicial por adulterar escritura pública de compraventa y cambiar monto del predio [Queja Odecma 419-2016-Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Destituyen-a-servidor-judicial-sindicado-de-desviar-depositos-judiciales-ascendentes-a-S10-000-con-ayuda-de-sus-familiares-LPDERECHO-218x150.jpg)

![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-218x150.png)
![Ley General del Sistema Concursal (Ley 27809) [actualizada 2026] Ley General del Sistema Concursal • Ley 27809](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Ley-27809-LP-218x150.png)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
















![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-324x160.png)
![Cuatro principales características del arbitraje: (i) autonomía (se despliega dentro del marco de la Constitución y la ley), (ii) solemnidad (se lleva a cabo de manera formal y ritualista), (iii) reserva (se desarrolla con sigilo y discreción) y (iv) vinculatoriedad (genera consecuencias jurídicas obligatorias para las partes sometidas al arbitraje) [Exp. 008-2005-Pl/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)
![La atención médica «culturalmente aceptable» implica que el personal de salud debe considerar las particularidades y necesidades del paciente al momento de brindarle información, entre ellas, su cultura, idioma, religión, estilo de vida así como nivel educativo [Ramos Durand y otros vs. Perú, f j. 129]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-100x70.jpg)

![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-100x70.png)
