Fundamento destacado: 7.3- Sobre lo señalado, para mejor resolver, este Colegiado Superior empezará por resolver las referencias de la apelación dirigida a la falsedad de los documentos aportados por los demandantes. Al respecto, es de precisarse que a pesar de lo señalado por el demandado lo cierto es que los medios probatorios de los demandantes no han sido materia de observación o tacha para descartar su eficacia probatoria en el presente proceso, sea por nulidad del documento o por falsedad del mismo, acorde a lo señalado en los artículos 242 y 243 del Código Procesal Civil, además no deja de observarse que el demandado, en su escrito de contradicción, planteó la supuesta diferenciación del inmueble sub Litis solo respecto a los medios probatorios consistentes en los autovalúos y pagos de impuestos del inmueble, más no respecto de los demás medios probatorios adjuntados por los demandante y, en todo caso, tampoco se evidencia la falsedad del documento de Compra Venta que realizara Santiago Enrique Portal Peña, en favor de los demandantes, tan solo el hecho de su certificación, que no resta eficacia jurídica al documento como tal.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUENTE PIEDRA-VENTANILLA
SALA CIVIL PERMANENTE
EXPEDIENTE N° : 02943-2012-0-0909-JR-CI-01
MATERIA : PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO
DEMANDANTE : ALBERTO GAMBOA CARO Y MARÍA LOYOLA ARANDA
DEMANDADO : ELEODORO SALAZAR MONTEZA
JUZGADO : JUZGADO CIVIL TRASNSITORIO DE PUENTE PIEDRA

SENTENCIA DE VISTA
RESOLUCION NÚMERO TREINTA Y OCHO
Ventanilla, dos mil veintidós
Febrero, dieciséis.-
VISTO:
En audiencia pública, el proceso seguido porAlberto Gamboa Caro y María Felipa Loyola Aranda, contra Eleodoro Salazar Monteza, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, en la vía del Proceso Abreviado; e, interviniendo como Ponente, la Juez Superior, CARRASCO ÁLVAREZ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40, numeral 1, y el artículo 45, numeral 2, de la Ley Orgánica del Poder Judicial; así como, con la Resolución Administrativa N.- 153-2020-P- CSJPPV-PJ, que habilita a esta Sala para desarrollar sus labores de manera remota, llevada a cabo la Vista de la Causa mediante el aplicativo Google Hangouts Meet, cuyo uso fue autorizado por la Resolución Administrativa N.- 123-2020-CE-PJ; en votación virtual con el Colegiado; y,
[Continúa]

![Usurpación de funciones: La devolución de un vehículo al imputado requiere justificación, por lo que solo puede hacerse mediante una disposición (y no una providencia) que emite el fiscal provincial (y no el adjunto) [Apelación 379-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Máxima de la experiencia: la habilitación digital de firmas conlleva a la instalación y proporcionamiento de un software a cada funcionario, para que no necesariamente realice la firma digital desde su computadora institucional, sino desde cualquier forma remota, esto con el fin de dotar de eficiencia, rapidez y operatividad a la labor funcionarial [Apelación 379-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Quince años cárcel para Gral. del Ejército por el delito de asesinato en agravio de 41 pobladores en comunidad de Ayacucho [Expediente 00016-2013-0-5001-JR-PE-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/balanza-abogado-juez-justicia-defensa-LPDerecho-218x150.jpg)
![La prisión preventiva y la pena privativa de libertad comparten el efecto de separar a las personas indígenas de su territorio y comunidad, por lo que los Estados deben priorizar medidas cautelares y penas alternativas, reservando la privación de libertad para casos estrictamente necesarios [OC-29/22, f. j. 292]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![El haber mínimo establecido para médicos del sector público constituye un parámetro referencial obligatorio para el sector privado cuando se acredita identidad sustancial de la jornada legal en el marco de la prestación de servicios de salud regulados por el Estado [Casación 18243–2023, Lima, f. j. 5.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Clase modelo sobre inexistencia, invalidez e ineficacia del acto jurídico. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-MIGUEL-ANGEL-PEREZ_Inexistencia-invalidez-e-ineficacia-del-acto-juridico-218x150.jpg)






![TC dispone que el Binacional mantenga la categoría en la Primera División y sea incorporado en el Torneo Liga 1-2027 [Exp. 04116-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![En el marco de una contratación directa por situación de emergencia, la Entidad debía definir sus necesidades y las características esenciales de la contratación antes de la celebración del contrato, sin que en la etapa de regularización pudieran modificarse los términos pactados [Opinión D000025-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Modifican directiva para la gestión de almacenamiento y distribución de bienes muebles [Resolución directoral 0015-2026-EF/54.01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-218x150.jpg)

![Reglamento de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas [DS 009-2025-EF] (actualizado 2026)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)













![La prisión preventiva y la pena privativa de libertad comparten el efecto de separar a las personas indígenas de su territorio y comunidad, por lo que los Estados deben priorizar medidas cautelares y penas alternativas, reservando la privación de libertad para casos estrictamente necesarios [OC-29/22, f. j. 292]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-100x70.jpg)
![En el marco de una contratación directa por situación de emergencia, la Entidad debía definir sus necesidades y las características esenciales de la contratación antes de la celebración del contrato, sin que en la etapa de regularización pudieran modificarse los términos pactados [Opinión D000025-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Separación de hecho: Cumplimiento de obligación alimentaria debe acreditarse solo si se estableció por sentencia o acuerdo [Pleno Jurisdiccional Distrital Civil, Familia, Laboral y Penal de Ica, 2007]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/09/pension-de-alimentos-dinero-soles-LPDerecho-324x160.png)