Compartimos con ustedes un fragmento del libro esperando que les resulten útiles para una práctica más estratégica en audiencia.
Juez: Señor abogado, tiene 15 minutos para oralizar su alegato de clausura.
Defensa: Señor juez, el lenguaje del juicio es el lenguaje de las pruebas. Es así que, después de escuchar los alegatos del Ministerio Público, esta defensa técnica se enfocará, principalmente, en lo señalado por la testigo Mirella Bolívar, órgano de prueba irrelevante para los ojos fiscales, pero determinante en nuestra vista. Y lo es, señor juez, debido a que ella fue la única que escuchó gritar a mi patrocinado «¡ayuda!, ¡me quieren matar! […]».
Fiscal: ¡Objeción!
Juez: Tipología de la objeción, fiscal.
Fiscal: Objeción al alegato de clausura, señor juez, y permítame fundamentar. El aporte probatorio brindado por la testigo Mirella Bolívar fue que ella no escuchó en ningún momento algún tipo de ruido durante el momento en el que se produjo el delito; tanto más, si ella expresó que, mientras el acusado golpeaba al ya occiso, se encontraba escuchando música con sus audífonos puestos; por tanto, lo que pretende hacer la defensa es sorprenderlo, distorsionando el aporte probatorio brindado por la testigo en juicio. Por ello, en tono de pretensión, solicito que acepte la objeción y con ello exhorte al abogado defensor a no distorsionar el aporte probatorio expresado por la testigo.
Juez: Fundada la objeción. Letrado, tenga cuidado con las conclusiones o ideas que oraliza.
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