Este manual actualizado fue publicado en el diario oficial El Peruano, el 30 de enero de 2020.
Aprueban actualización del Manual de Usuario del Sistema Único de Trámites (SUT)
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA 1-2020-PCM/SGP
Lima, 15 de enero de 2020
VISTO:
El Informe Nº D0001-2020-PCM-SSAR/SBV de la Subsecretaría de Simplificación y Análisis Regulatorio de la Secretaría de Gestión Pública;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1203, se crea el Sistema Único de Trámites (SUT), una herramienta informática para la elaboración, simplificación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como el repositorio oficial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de las entidades de la administración pública;
Que, conforme lo establece el artículo 2 del dispositivo citado, el SUT es administrado por la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, como ente rector del Sistema de Modernización de la Gestión Pública y; en ese sentido, responsable de efectuar la estandarización de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comunes en las entidades de la administración pública, realizar el monitoreo respecto a los avances alcanzados y, coadyuvar en las labores de supervisión y fiscalización que desarrollan las entidades competentes en cumplimiento de las normas contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1203, Decreto Legislativo que crea el SUT para la simplificación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1203, Decreto Legislativo que crea el SUT para la simplificación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, dispone que mediante Resolución de la Secretaría de Gestión Pública aprobará el Manual de Usuario SUT;
Que, como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria de los procedimientos administrativos vigentes realizado por las entidades del Poder Ejecutivo, se emitieron seis Decretos Supremos ratificadores al amparo de lo establecido en el numeral 2.6 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310 que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, existiendo la obligación por parte de las entidades de actualizar su TUPA a través de su incorporación al SUT;
Que, con la finalidad de facilitar la implementación y uso del SUT por parte de las entidades de la Administración Pública se desarrolló nuevas funcionalidades; entre ellas, su integración con el aplicativo Informático del Análisis de Calidad Regulatoria (ACR), la importación de procedimiento estandarizados, la automatización del registro de la tabla ASME- VM y nuevas ventanas de maestros y módulo de costos, entre otros;
En este contexto, resulta conveniente la actualización del Manual del SUT, el cual; a su vez, incorpora lineamientos y se detallan los pasos a seguir en las fases de implementación y uso del SUT con base a los dos tipos de expedientes: expediente carga inicial y expediente regular;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1203, Decreto Legislativo que crea el SUT para la simplificación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la actualización del Manual de Usuario del Sistema Único de Trámites (SUT), que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Derogar, a partir de la entrada en vigencia de la presente norma, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2018-PCM-SGP que aprueba el Manual del SUT.
Artículo 3.- La Secretaría de Gestión Pública a través de la Subsecretaría de Simplificación y Análisis Regulatorio, es la encargada de brindar asesoría y resolver consultas sobre el Manual y funcionalidades del SUT, así como la Oficina de Tecnologías de la Información de la Presidencia de Consejo de Ministros es el encargado de brindar soporte tecnológico al SUT.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Pública en el diario oficial El Peruano. El Manual de Usuario SUT se publica en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), Secretaría de Gestión Pública (sgp.pcm.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Artículo 5.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de la publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SARA MARÍA AROBES ESCOBAR
Secretaria de Gestión Pública
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