En el 2018 se llevó a cabo un referéndum para determinar la reelección y la bicameralidad: 87% votó a favor de prohibir la reelección inmediata, 90% en contra de la bicameralidad.
El retorno a la bicameralidad constituye la más grande de las reformas que ha tenido la Constitución de 1993; sin embargo, estamos frente a una reforma que ha carecido de debates, de participación ciudadana, y que es aprobada con un Congreso con 9% de aprobación ciudadana.
La Constitución de 1993, prevé en su artículo 206, como regla, que toda reforma constitucional es aprobada primero por el Congreso y luego ratificada vía referéndum. Excepcionalmente se omite el referéndum con el respaldo de al menos 87 congresistas en dos legislaturas sucesivas.
¿Por qué esta reforma que iba en contra de la voluntad popular expresada en el 2018, no fue nuevamente puesta en consideración de la ciudadanía? ¿Por qué el miedo a consultar al Poder Constituyente?
El retorno a la bicameralidad y a la reelección parlamentaria, a nivel teórico tiene muchas ventajas para un sistema político democrático; pero no puede darse con un Congreso deslegitimado y sin participación ciudadana.
Esta gran reforma no cambiará la crisis política si antes no se fortalecen e institucionalizan los partidos políticos. La crisis política que hoy vive el país, no viene de la ausencia de un Senado, viene de la «crisis de los partidos políticos».
ALGUNOS PUNTOS QUE IMPLICAN LA REFORMA DE LA BICAMERALIDAD:
- Negativamente: la reforma aprobada ayer por el Congreso implica la modificación de más de 50 artículos de la actual Constitución (1/4 parte del texto constitucional); por ello, lo más saludable hubiera sido que pase por referéndum.
- Negativamente: So pretexto de aprobar la bicameralidad se derogó el artículo 90-A que prohibía la reelección congresal inmediata.
- Positivamente: aumentará la cantidad de parlamentarios (130 diputados y 60 senadores). Actualmente, somos uno de los parlamentos más pequeños a nivel de representación.
- Positivamente: la aprobación de leyes será más lenta, lo cual significará mayor reflexión legislativa; la elección de altos funcionarios quedará en manos del Senado, el cual al ser más pequeño probablemente logre alcanzar consensos de forma más rápida; se establece la profesionalización de la política al establecer mayores requisitos para ser senador a diferencia de los diputados.
- A partir de ahora será complejo reformar la Constitución del 93: ahora se requerirá la aprobación de la cámara de diputados, luego de la cámara de senadores y, finalmente, el referéndum. Y, para omitir el referéndum, será necesaria cuatro votaciones con el respaldo, primero, de más de 2/3 de diputados y, luego, de los senadores, en dos legislaturas sucesivas.
- Se establece sistema de elección mixta: distrito múltiple y distrito único para el caso de los senadores. Respecto a distrito múltiple sigue pendiente la reforma de reducir el tamaño de los distritos electorales, pues seguirá el actual desarraigo de los representantes con sus representados (parlamentarios representan a circunscripciones muy grandes).
EN RESUMEN: Bien por la bicameralidad, pero mal por la forma cómo se aprobó.


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