Artículo 425.- Funcionario o servidor público*
Son funcionarios o servidores públicos:
1. Los que están comprendidos en la carrera administrativa.
2. Los que desempeñan cargos políticos o de confianza, incluso si emanan de elección popular.
3. Todo aquel que, independientemente del régimen laboral en que se encuentre, mantiene vínculo laboral o contractual de cualquier naturaleza con entidades u organismos del Estado, incluidas las empresas del Estado o sociedades de economía mixta comprendidas en la actividad empresarial del Estado, y que en virtud de ello ejerce funciones en dichas entidades u organismos.
4. Los administradores y depositarios de caudales embargados o depositados por autoridad competente, aunque pertenezcan a particulares.
5. Los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
6. Los designados, elegidos o proclamados, por autoridad competente, para desempeñar actividades o funciones en nombre o al servicio del Estado o sus entidades.
7. Los demás indicados por la Constitución Política y la ley.
*Articulo modificado por los siguientes dispositivos:
- Ley 26713, publicada el 27 de diciembre de 1996 (link: lpd.pe/pBVve).
- Ley 30124, publicada el 13 de diciembre de 2013 (link: bit.ly/3OGk3Tz).
Concordancias:
C: arts. 39-41, 165, 166.
Jurisprudencia del artículo 425 del Código Penal
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Corte Suprema
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- NUEVO: El hecho de celebrar un contrato de consultoría legal entre un estudio jurídico y un órgano del Estado no convierte a los abogados de ese estudio en funcionarios públicos [Casación 3182-2023, Nacional, f. j. 6]. Link: lpd.pe/pLK86
- Funcionario o servidor público no es solo quien ejerce exclusivamente una función jurisdiccional, sino también una administrativa [Casación 1781-2019, Áncash, f. j. 13.3-13.6]. Link: bit.ly/41DP5ip
- Primacía de la realidad: No solo el aspecto formal, sino también el real, determina la condición de «funcionario público» [Casación 163-2018, Lambayeque, f. j. 13]. Link: bit.ly/3pFFZUX
- Tres requisitos para la configuración del «funcionario de hecho»: existencia legal del cargo, posesión del cargo y apariencia de legitimidad del título o nombramiento [Casación 442-2017, Ica, f. j. 33]. Link: bit.ly/44XXhNa
- Si el funcionario de facto o usurpador tiene calidad de «funcionario público», a mayor razón lo será el perito designado oficialmente, aunque haya sido de manera temporal [Casación 1613-2017, Áncash, f. j. 3.3]. Link: bit.ly/44TQGmW
- Gerente general de una empresa pública y de economía mixta (con participación estatal y privada) es funcionario público para los efectos penales [Casación 634-2015, Lima, f. j. 4]. Link: bit.ly/42KbL1a
- Voto singular: Cadetes de las fuerzas armadas y policiales no tienen la condición de funcionarios o servidores públicos por no haber egresado de la escuela de formación [RN 2221-2018, Lima, f. j. 11]. Link: bit.ly/41AmAlI
- Trabajadora de empresa privada que presta servicios al Estado tiene la condición de servidora pública [RN 253-2017, Lima Norte, f. j. 6]. Link: bit.ly/42Ezd0e
- Estudiantes miembros del consejo universitario de una universidad nacional tienen la calidad de funcionarios públicos [RN 1923-2012, Piura, f. j. 3]. Link: bit.ly/44yJfBF
- Asesor externo designado por el alcalde es funcionario público por haber suscrito la opinión técnica por la cual se dispuso el pago irregular de dietas a favor del alcalde [RN 657-2012, Ayacucho, f. j. 8]. Link: bit.ly/42KQy7i
- Los miembros del serenazgo ostentan la calidad de servidores públicos [RN 529-2011, Ica, f. j. 4.2.3]. Link: bit.ly/41HU29Q
- Contador que suscribe un contrato de servicios no personales con un órgano adscrito a la PCM tiene la condición de funcionario público [RN 2026-2009, Pasco, f. j. 8]. Link: bit.ly/3MsGdrq
-
Integrantes de los núcleos ejecutores que celebraron convenio con el Foncodes, sus inspectores y supervisores tienen la calidad de «funcionarios públicos» [RN 4630-2008, Ica, f. j. 4]. Link: bit.ly/3pF92bo
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Depositarios judiciales designados o nombrados son considerados como funcionarios públicos [RN 3380-2006, Áncash, f. j. 3]. Link: bit.ly/42YSkSq
- Administrador o depositario de bienes embargados y depositados por la autoridad competente tiene que ser designado o nombrado formalmente para ser «funcionario o servidor público» (precedente vinculante) [RN 2212-04, Lambayeque, f. j. 7]. Link: bit.ly/42I2h79
- Según el derecho penal, los «bomberos son funcionarios públicos» porque participan en el ejercicio de una función pública y tienen un título de habilitación por ley e integran un cuerpo jerarquizado, a pesar de que para la norma administrativa no son funcionarios [Revisión de Sentencia 503-2017, Callao, f. j. 6]. Link: bit.ly/3pCFj2
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
Comentarios:

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