Jurisprudencia del artículo 220 del Código Civil.- Alegación de la nulidad

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Artículo 220.- Alegación de la nulidad
La nulidad a que se refiere el artículo 219 puede ser alegada por quienes tengan interés o por el Ministerio Público.

Puede ser declarada de oficio por el juez cuando resulte manifiesta.

No puede subsanarse por la confirmación.


Concordancias

C: art. 159; CC: arts. VI, 219, 226, 230, 275; LOMP: art. 1; LGS: arts. 140, 150; LTV: art. 21.


Jurisprudencia del artículo 220 del Código Civil

  • Corte Suprema 

  1. Juez no puede aplicar nulidad de oficio debido a que el demandante solicita la rescisión y no la nulidad [Casación 20833-2018, Tacna]. Link: lpd.pe/pnQ1G
  2. Nulidad manifiesta: Suprema ordena a Sala Civil pronunciarse sobre sentencia condenatoria por delito de estafa que afectaría contrato de compraventa [Casación 5542-2017, Lima]. Link: lpd.pe/2PeQb
  3. Nulidad manifiesta: Declarar nulidad de oficio de anticipo de legítima sin contradictorio vulnera debido proceso aunque demandante haya alegado nulidad [Casación 2415-2018, Moquegua]. Link: lpd.pe/0mPQz
  4. Contrato de compraventa es manifiestamente nulo si compradora tenía 19 años, se niega a exhibir documento original y nunca poseyó [Casación 937-2018, Lima]. Link: lpd.pe/2G45e
  • Corte Superior

  1. Compraventa celebrada respecto de bien ajeno con la finalidad de apropiarse de este en forma ilegítima es manifiestamente nula [Exp. 4377-2019-0]. Link: lpd.pe/28zVJ
  2. Juzgado debió fijar como punto controvertido si compraventa era o no manifiestamente nula por no haberse certificado presencia del vendedor [Exp. 01907-2019-0]. Link: lpd.pe/25jyW
  3. Que no obre prueba del pago bancarizado de la compraventa no constituye un supuesto de nulidad manifiesta [Exp. 1215-2022-0]. Link: lpd.pe/ky8Do
  1. No se requiere fijar como puntos controvertidos la nulidad que se desprende del acto ni de algún otro elemento de prueba [Pleno Jurisdiccional Distrital en materia Civil de Lima Norte, 2018]. Link: lpd.pe/0qjDb

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