Jurisprudencia del artículo 211 del Código Procesal Penal.- Examen corporal del imputado

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Artículo 211.- Examen corporal del imputado
1. El Juez de la Investigación Preparatoria, a solicitud del Ministerio Público, puede ordenar un examen corporal del imputado para establecer hechos significativos de la investigación, siempre que el delito esté sancionado con pena privativa de libertad mayor de cuatro años. Con esta finalidad, aún sin el consentimiento del imputado, pueden realizarse pruebas de análisis sanguíneos, pruebas genético-moleculares u otras intervenciones corporales, así como exploraciones radiológicas, siempre efectuadas por un médico u otro profesional especializado. La diligencia está condicionada a que no se tema fundadamente un daño grave para la salud del imputado, para lo cual si resulta necesario se contará con un previo dictamen pericial.

2. Si el examen corporal de una mujer puede ofender el pudor, sin perjuicio que el examen lo realice un médico u otro profesional especializado, a petición suya debe ser admitida otra mujer o un familiar.

3. El Fiscal podrá ordenar la realización de ese examen si el mismo debe realizarse con urgencia o hay peligro por la demora, y no puede esperar la orden judicial. En ese caso, el Fiscal instará inmediatamente la confirmación judicial.

4. La diligencia se asentará en acta. En esta diligencia estará presente el Abogado Defensor del imputado, salvo que no concurra pese a la citación correspondiente o que exista fundado peligro de que la prueba se perjudique si no se realiza inmediatamente, en cuyo caso podrá estar presente una persona de la confianza del intervenido siempre que pueda ser ubicada en ese acto. En el acta se dejará constancia de la causal invocada para prescindir de la intervención del Abogado Defensor y de la intervención de la persona de confianza del intervenido.

5. El Ministerio Público, o la Policía Nacional con conocimiento del Fiscal, sin orden judicial, podrán disponer mínimas intervenciones para observación, como pequeñas extracciones de sangre, piel o cabello que no provoquen ningún perjuicio para su salud, siempre que el experto que lleve a cabo la intervención no la considere riesgosa. En caso contrario, se pedirá la orden judicial, para lo cual se contará con un previo dictamen pericial que establezca la ausencia de peligro de realizarse la intervención.


Concordancias

NCPP: arts. 60, 61, 71, 84, 95, 98, 212.


Jurisprudencia del artículo 211 del Código Procesal Penal

  • Corte Suprema

    1. No se puede cuestionar el procedimiento policial de dosaje etílico vía tutela de derechos [Casación 168-2016, Huancavelica]. Link: bit.ly/3NuyFVA
  • Corte Superior

    1. Conducción en estado de ebriedad: Fiscal puede disponer la obtención una muestra sanguínea si es urgente e impostergable [Exp. 2010-201-01]. Link: bit.ly/3DHB9dc
  • Tribunal Constitucional

    1. Imposición de una medida de intervención corporal requiere el aplicar el test de proporcionalidad [Exp. 00815-2007-PHC/TC]. Link: bit.ly/3zfxeDo
    2. Fiscal no está facultado a «ordenar» pruebas de ADN en una investigación [Exp. 05312-2011-PA/TC]. Link: bit.ly/3FVTTs1
  • Tribunal Europeo de Derechos Humanos

    1. Intrusiones corporales no naturales y sin fines terapéuticos afecta la integridad física y psíquica del acusado [Jalloh vs. Alemania]. Link: bit.ly/3NNqxhn
  • Derecho comparado

    1. Examen radiológico a una embarazada portadora de droga no pone en grave riesgo su vida ni la del feto si intervención no solo tiene un fin incriminatorio sino terapéutico (España) [STS 2375/2009]. Link: bit.ly/3FSC4dp
    2. Si policía toma muestras de ADN de manera subrepticia —recogiendo el esputo del detenido del suelo— sin ser urgente, prueba es ilegal (España) [STS 2395/2005]. Link: bit.ly/3FSTKWv
    3. Derecho a la intimidad: Muestra biológica de ADN abandonada por el sospechoso y recogida por el policía es válida si no existe una intervención incisiva sobre la integridad (España) [STS 6158/2005]. Link: bit.ly/3NITLhE
    4. Proporcionalidad: La intervención corporal del acusado debe estar justificado en la gravedad del delito (España) [STS 7655/2002]. Link: bit.ly/3UwIljL
  • Legislación

    1. NUEVO: Diecisiete Procedimientos técnicos de Biología Forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses  [RJ 000242-2022-MP-FN-JN-IMLCF]. Link: bit.ly/3JXwxU7
    2. [NUEVO] Manual de Procedimientos para la Remisión de muestras para pruebas de ADN: Casos de Criminalística e Identificación de Desaparecidos [RGG 291-2018-MPFN]. Link: bit.ly/3Depd2E
    3. NUEVO: Normas para la Retención de Evidencias Biológicas en el Servicio de Laboratorio de Anatomía Patológica [RGG 0593-2015-MP-FN-GG ]. Link: bit.ly/3NTxi1S
    4. NUEVO: Guía de Procedimientos para la Toma de Muestras de Sangre e Hisopado Bucal en Tarjeta FTA para la Prueba de ADN [RFN 0620-2010-MP-FN]. Link: bit.ly/43rt0V7

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