Jurisprudencia del artículo 1679 del Código Civil.- Presunción de buen estado

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Artículo 1679.- Presunción de buen estado
Entregado el bien al arrendatario, se presume que se halla en estado de servir y con todo lo necesario para su uso.


Concordancias

CC: arts. 1485, 1486, 1655, 1731.


Jurisprudencia del artículo 1679 del Código Civil

Corte Suprema 

  1. No corresponde presunción de buen estado de local si el conflicto es la responsabilidad de las demandadas al omitir información de carecer licencia de construcción [Casación 846-2008, Lima]. Link: lpd.pe/4BTqr

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