Fundamento destacado: 122. En opinión del Tribunal, el riesgo de una amenaza real e inmediata (véase el apartado 99 supra) debe apreciarse teniendo debidamente en cuenta el contexto particular de la violencia doméstica. En tal situación, no se trata únicamente de una obligación de protección general de la sociedad (véase Mastromatteo v. Italia [GC], no. 37703/97, § 69, TEDH 2002-VIII; Maiorano y otros c. Italia, núm. 28634/06, § 111, 15 de diciembre de 2009; Choreftakis y Choreftaki c. Grecia, núm. 46846/08, § 50, 17 de enero de 2012; y Bljakaj, antes citada, § 121), pero sobre todo para tener en cuenta la recurrencia de episodios sucesivos de violencia en el seno de la unidad familiar. En este contexto, el Tribunal reitera que la policía tuvo que intervenir en dos ocasiones durante la noche del 25 de noviembre de 2013: en primer lugar, cuando inspeccionó el piso siniestrado, y, en segundo lugar, cuando detuvo y multó a A.T., que se encontraba en estado de embriaguez. Teniendo en cuenta asimismo que la policía había estado en condiciones de comprobar, en tiempo real, los antecedentes policiales de A.T., el Tribunal de Justicia considera que deberían haber sabido que el marido de la demandante constituía un riesgo real para ella, cuya materialización inminente no podía excluirse. Por consiguiente, concluye que las autoridades no hicieron uso de sus facultades para adoptar medidas que razonablemente podrían haber evitado, o al menos mitigado, la materialización de un riesgo real para la vida de la demandante y de su hijo.
TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
CASO TALPIS contra ITALIA
(Solicitud nº 41237/14)
SENTENCIA
(Extractos)
Esta versión fue rectificada el 21 de marzo
de 2017 en virtud del artículo 81 del
Reglamento del Tribunal
En el asunto Talpis contra Italia,
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sala Primera), integrado por los Sres:
Mirjana Lazarova Trajkovska, Presidenta,
Guido Raimondi,
Kristina Pardalos,
Linos-Alexandre Sicilianos,
Robert Spano,
Armen Harutyunyan,
Tim Eicke, jueces,
y Abel Campos, Secretario de Sección,
Habiendo deliberado en privado los días 24 y 31 de enero de 2017,
Dicta la siguiente sentencia, adoptada en la fecha mencionada en último lugar:
PROCEDIMIENTO
1. El asunto tiene su origen en una demanda (n.º 41237/14) contra la República Italiana presentada ante el Tribunal en virtud del artículo 34 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales («el Convenio») por una ciudadana rumana y moldava, la Sra. Elisaveta Talpis («la demandante»), el 23 de mayo de 2014.
2. La demandante estuvo representada por las Sras. S . Menichetti y C. Carrano, abogadas en ejercicio en Roma. El Gobierno italiano («el Gobierno») estuvo representado por su agente, la Sra. E. Spatafora.
3. La demandante se quejaba, entre otras cosas, del incumplimiento por parte de las autoridades italianas de su deber de protegerla contra los actos de violencia doméstica que se le habían infligido y que habían desembocado en un intento de asesinato y en la muerte de su hijo.
4. El 26 de agosto de 2015 se comunicó la solicitud al Gobierno. Los Gobiernos rumano y moldavo no ejercieron su derecho a intervenir en el procedimiento (artículo 36 § 1 del Convenio).
5. El Gobierno se opuso alegando que las observaciones presentadas por la demandante habían llegado al Tribunal el 15 de marzo de 2016, es decir, una vez expirado el plazo del 9 de marzo de 2016. El Tribunal observa, sin embargo, que las observaciones fueron enviadas el 9 de marzo de 2016, de conformidad con el artículo 38 § 2 del Reglamento del Tribunal.
![Corte IDH condena al Perú por policías que torturaron y ejecutaron extrajudicialmente a un estudiante [Caso Rodríguez Pighi y otros vs. Perú]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/09/mininter-pnp-contra-el-crimen-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Tutela de derechos. Imputación necesaria. Principio de progresividad de la investigación. Delito de cohecho [Exp. 49-2025-54]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)
![Declaran ilegal control de identidad y registro vehicular y mandan copias a Inspectoría de la Policía [Exp. 5844-2019-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)

![Declaran fundado pedido de cambio en la forma de prestar alimentos de los hijos a favor de su madre [Expediente 00151-2025-0-1721-JP-FC-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/ADULTO-MAYOR-CONFLICTOS-HIJOS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)


![Atención: Suprema señala que cuando servidores soliciten asesoría y defensa legal a sus instituciones se aplica el silencio negativo [Casación 15580-2022, Loreto]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Curso gratuito «Actualización en derecho constitucional» [Inicio: 22 DIC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-DEL-CURSO-DERECHO-CONSTITUCIONAL-218x150.jpg)
![El plazo de prescripción puede computarse hasta antes de la notificación de la sentencia porque esta surte efectos después de su notificación, no en la fecha de su emisión (aplican criterio del caso Aldo Mariátegui) [Exp. 02168-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglas para aplicar la concesión de los beneficios penitenciarios: i) la ley aplicable es la vigente al momento en que la condena quedó firme o consentida; ii) las reformas posteriores se aplican solo si son favorables; y iii) se exige una evaluación global favorable del individuo —conducta, cumplimiento de normas, etc.— (precedente vinculante) [Exp. 04235-2023-PHC/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC: Errores meramente formales de la defensa técnica en el escrito impugnatorio (v. gr. ingreso del escrito en un cuaderno o numeración distintos) no justifican el rechazo del recurso, cuando hay elementos suficientes para identificar la voluntad impugnatoria [Exp. 03902-2023-PHC/TC, ff. jj. 15-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Confirman multa a Plaza Vea por no verificar identidad de cliente en consumos no reconocidos con tarjeta de crédito [Res. 2908-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/plaza-vea-parqueo-LPDerecho-218x150.png)
![Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE [Res. D000090-2025-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Juez ejecuta sanción de amonestación a abogado Elio Riera por «quebrantamiento de la lex artis al formular recusación con manifiesta contravención al procedimiento» [Exp. 04633-2021-19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/ELIO-RIERA-DOCUMENTO2-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Declaran ilegal control de identidad y registro vehicular y mandan copias a Inspectoría de la Policía [Exp. 5844-2019-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-100x70.png)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-324x160.jpg)

![Curso gratuito «Actualización en derecho constitucional» [Inicio: 22 DIC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-DEL-CURSO-DERECHO-CONSTITUCIONAL-100x70.jpg)

![Declaran fundado pedido de cambio en la forma de prestar alimentos de los hijos a favor de su madre [Expediente 00151-2025-0-1721-JP-FC-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/ADULTO-MAYOR-CONFLICTOS-HIJOS-LPDERECHO-100x70.jpg)

![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-100x70.jpg)
![Corte IDH: Bienes incautados deben ser devueltos en el momento que desaparecen los motivos de la medida incluso si se dicta el sobreseimiento provisional [Chaparro Álvarez y otro vs. Ecuador]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/Corte-interamericana-de-derechos-humanos3-LPDerecho-324x160.png)