Este miércoles 27, el magistrado del Tribunal Constitucional, Gustavo Gutiérrez Ticse, brindó una entrevista a LP en la que habló sobre el fallo que suspende las investigaciones a la presidenta, la Ley Extinción de Dominio y más temas.
Al iniciar su intervención, el magistrado se pronunció sobre la manifestación ―en la que, durante la audiencia, reportó un banner que decía que el TC es una organización criminal― ocurrida en las inmediaciones de la sede del organismo. «Es usual en las últimas décadas tratar de estigmatizar a las autoridades como delincuenciales, organizaciones criminales, etcétera. Eso ya no es protesta», expresó.
Frente a estos hechos, destacó el fallo que reconoció el «derecho a la protesta» en el caso San Marcos e indicó que también resolverá, entre otros temas, casos sobre control de identidad. Por ello, llamó a «bajar el nivel de violencia verbal»:
A las personas que utilizan los medios de comunicación les invoco a mesura. Son vasos conductuales de formación de la opinión y claro, en algún momento, también pienso que tanto el fiscal [José Domingo] Pérez como nosotros tenemos el derecho a reservarnos la capacidad de acción. Definitivamente un hecho publicado falso es una difamación y eso es injustificable.
Sobre la resolución del TC que suspende las investigaciones a la presidenta Dina Boluarte, Gutiérrez Ticse aseguró que «la sentencia en ningún momento blinda absolutamente a nadie». «No se han anulado las investigaciones, se han reservado, es decir, van a continuar. […] Estamos dejando que este último periodo de ocho meses el gobierno pueda desarrollar pacíficamente sus actuaciones», indicó.
Sin embargo, advirtió que esta protección no es «absoluta». Contra la presidencia no se podrán realizar allanamientos pero sí investigaciones preliminares o «actos de alta urgencia», los cuales el fiscal a cargo tendrá que justificar.
«¿Qué decidió el pleno? Que al presidente de la República, quien sea en el futuro, se le tiene que dar un nivel de protección para generar institucionalidad. El país, todo el mundo lo dice, tiene un alto crecimiento económico pero no tiene un nivel de crecimiento político. Por lo tanto, una sentencia en la parte orgánica del poder tiende a buscar que tengamos solidez en la parte institucional», argumentó.
En torno a las facultades de la Policía, señaló que el control de identidad es una herramienta que no pueda utilizarse de «manera abiertamente discrecional» y lesionando la dignidad de una persona. Complementando esta posición, subrayó que «la policía puede actuar en diligencias urgentes pero el dominio y el control está en manos del fiscal».
«A la fiscalía no se le ha cortado las manos ni a los jueces», respondió el magistrado tras ser consultado sobre el fallo del TC en torno a la Ley de Extinción de Dominio. Además, señaló que existen mecanismos como la incautación o conversión para perseguir los «caudales de corrupción». En su opinión, la «extinción es un hecho muy fuerte»:
O sea, mañana te quito tu propiedad porque yo creo que tú eres un delincuente, yo creo, pero sigue siendo una presunción. Por lo tanto, te voy a quitar la propiedad, la voy a rematar, la voy a vender, la voy a incautar, la voy a mosquear, la voy a prácticamente despojar y, simplemente, si es que eres inocente, ¿qué te voy a devolver?
A su vez, indicó que, ante la posibilidad de impunidad de los actos previos al 2018, los jueces y fiscales poseen las herramientas del Código Procesal Constitucional para reconvertir lo realizado por extinción a otros mecanismos coercitivos.
Mira la entrevista completa aquí:
![Aunque no se hayan alcanzado los votos requeridos para declarar la inconstitucionalidad de una norma, los jueces del PJ pueden aplicar el control judicial constitucional, si se evidencia -para el caso específico- que dicha norma resulta arbitraria o desproporcionada [Exp. 03478-2023-PA/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-3-218x150.jpg)
![Acusado fue detenido por la fuerza en Perú y embarcado en un buque para sacarlo del país: Las irregularidades en que una persona es puesta bajo custodia (secuestro forzoso) no impiden que sea juzgada una vez que está dentro de la jurisdicción del tribunal competente, porque el debido proceso se satisface con una acusación regular y un juicio conforme a ley (Estados Unidos) [Ker vs. Illinois, pp. 5, 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Vía control de convencionalidad extinguen dominio de cuatro inmuebles que estaban a nombre de personas vinculadas al caso Artemio [Exp. 00018-2023-0-5401-JR-ED-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-218x150.jpg)
![El delito de prevaricato se comete sea que se vulnere una norma sustantiva o se quebrante una norma procesal, siempre que el enunciado normativo sea expreso y claro [Apelación 264-2024, Selva central, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suplencia: ¿es posible terminar el vínculo laboral de una trabajadora embarazada porque titular de la plaza retornó a su puesto? [Exp.-03837-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/embarazo-embarazada-gestante-gestacion-LPDerecho-218x150.png)
![Es inconstitucional ordenar el sacrificio de un animal sin un criterio objetivo que determine que tiene rabia y obviando alternativas intermedias para los casos de contagio potenciales [Exp. 20034-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/maltrato-animal-atropello-perrito-perro-momo-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Curso gratuito «Control constitucional y derechos fundamentales» [Inicio: 10 ENE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-DE-CONTROL-CONSTITUCIONAL-218x150.jpg)




![Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral [Res. 0851-2025-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/jurado-nacional-elecciones-JNE-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)













![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Aunque no se hayan alcanzado los votos requeridos para declarar la inconstitucionalidad de una norma, los jueces del PJ pueden aplicar el control judicial constitucional, si se evidencia -para el caso específico- que dicha norma resulta arbitraria o desproporcionada [Exp. 03478-2023-PA/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-3-100x70.jpg)

