El Ministerio Público estrenó el microprograma ABC Fiscal a cargo de la Fiscalía de Lima Norte, cuyo objetivo es contribuir a través de breves cápsulas audiovisuales, a la formación de ciudadanos ajenos al conocimiento jurídico.
En el vídeo la fiscal Berenice Romero Ohama, fiscal provincial de trata de personas, explicó que este delito se puede cometer en agravio de menores de edad y en agravio de adultos. En ese mismo sentido agregó que las penas están establecidas de acuerdo a las edades: si el delito se comete en agravio de menores la pena puede alcanzar hasta los 20 años, sin embargo, si el agravado tiene menos de 14 años, la pena sería mayor a 25 años e incluso puede llegar hasta los 35 años.
Este delito se puede expresar en diferentes modalidades distintas a la prostitución, como la explotación laboral, el servicio doméstico, extraccion de organos u otras formas de delinquir utilizando al ser humano.
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Así también agregó que existen diferencias entre los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes. Por un lado, el tráfico ilícito de migrantes siempre es transnacional, requiere el consentimiento de migrantes y requiere el traspaso de fronteras. Por otro lado, la trata de personas no siempre es trasnacional, no requiere el consentimiento del agraviado e incluso no requiere del traspaso de fronteras.