El Indecopi, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, informó que la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (DIGEMID) ha emitido la Alerta N° 074-2021 que comunica a la ciudadanía el retiro voluntario que viene realizando la empresa Procter & Gamble Perú SRL sobre del lote 0163144504 del producto Dry Shampoo, de la marca Pantene Pro-V, debido a que se detectó benceno en el dispositivo que se utiliza para expulsar el contenido.
El benceno es perjudicial para la salud de los seres humanos pues ha sido clasificado que podría causar cáncer, dependiendo del nivel y la duración de la exposición de los usuarios.
Los interesados pueden conocer más detalles de la alerta ingresando al siguiente enlace: https://bit.ly/3eyH9sK. Asimismo, el proveedor ha puesto a disposición de los consumidores el número (01) 631-4300, para atender las consultas de los consumidores.
Esta y otras alertas de consumo difundidas por el Indecopi, se encuentran ubicadas en la plataforma web del “Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos” (https://www.alertasdeconsumo.gob.pe/) que permite a la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor informar de manera más rápida sobre la existencia de riesgos no previstos en los productos o servicios que han sido colocados en el mercado peruano, reduciendo los plazos para la emisión de alertas y facilitando la difusión de dicha información, en beneficio de la ciudadanía.
La Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor estará atenta al cumplimiento de las acciones por parte de la empresa Procter & Gamble Perú S.R.L, con el fin de garantizar que los derechos de las y los consumidores sean respetados, de acuerdo con el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Fuente: Indecopi
[Nota previa 28/12/21]
Shampoo de Pantene es retirado del mercado tras detectarse presencia de benceno
La Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid) exhorta a la población y a los proveedores a no comprar, ni distribuir el producto Pantene Pro-V Dry Shampoo por haberse detectado presencia de Benceno.
La Dirección General de Medicamentos, Insumes y Drogas (DIGEMID) del Ministerio de Salud, comunica a los profesionales de salud, instituciones, establecimientos farmacéuticos, establecimientos comerciales y responsables del suministro de cosméticos del sector público y privado; y, al público en general, lo siguiente:
La DIGEMID, al tomar conocimiento mediante carta de la Droguería Procter & Gamble Perú S.R.L del retiro voluntario de un lote del producto cosmético: Dry Shampo, Marca: Pantene Pro-V, Pantene, ha realizado la inspección a la mencionada Droguería, titular de la autorización sanitaria del referido producto en el país, a fin de verificar que el lote observado se encuentre inmovilizado en su almacén y se estén desarrollando las acciones para su retiro del mercado nacional.
De acuerdo a la comunicación de Procter & Gamble Perú S.R.L, el lote del producto se está retirando como una medida preventiva de seguridad, puesto que se habría detectado trazas (residuos) de benceno en el propelente que se utiliza para expulsar el producto de su envase para su uso, lo que podría causar un riesgo a la salud dependiendo de la cantidad utilizada y la duración de su uso.
Los datos que corresponden al lote que no puede ser comercializado ni usado en el país son:
La DIGEMID insta a la población a no utilizar el citado lote del producto Dry Shampo, Marca: Pantene Pro-V, Pantene, e informa que continuará monitoreando su completo retiro del mercado nacional y su posterior destrucción. En caso se requiera contar con una mayor información, comunicarse al teléfono (01) 631-4300 al anexo 6217.

![La expresión «trata de esclavos y de mujeres» del artículo 6.1 de la CADH debe interpretarse en sentido amplio como «trata de personas», conforme al principio pro persona, y comprende (i) la captación, transporte, acogida o recepción de personas, (ii) mediante amenaza, uso de la fuerza u otra forma de coacción y (iii) con cualquier fin de explotación [Trabajadores de la Hacienda Brasil Verde vs. Brasil, ff. jj. 288-290]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![El absuelto por el delito de peculado (debido a falta de imputación concreta) puede ser condenado por colusión con las mismas pruebas [Casación 3640-2023, Moquegua]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El delito de prevaricato se configura con la resolución «contra legem» y la afectación del deber de imparcialidad judicial [Exp. 49-2023-69]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![La superposición de áreas advertidas por el ente técnico no impiden el saneamiento de rectificación de área y medidas perimétricas bajo el procedimiento en el DS 008-2021-Vivienda [Res. 0216-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunarp-fachada-logo-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Dos acepciones del principio de imparcialidad: a) imparcialidad subjetiva (compromiso del juez con las partes y el resultado del proceso) y b) imparcialidad objetiva (influencia de la estructura del sistema en su imparcialidad) [Exp. 0004-2006-PI/TC, f. j. 20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![No procede, en mérito a la declaratoria de fábrica del inmueble, la rectificación del uso de «comercio» a «vivienda» de un predio, que consta en la recepción de obras [Res. 1944-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-VENTANILLA-2-lp-derecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Omisión de alimentos y ambito penal (sábado, 9 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/e8df14bc-69c2-4bbb-9ac2-2623be1034b5-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre Posesión en concepto de propietario Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-GRATUITA-JUAN-JOSE-GARAZATUA-POST.jpg-218x150.jpeg)

![[VIVO] Clase modelo sobre Posesión pacífica y continua en la prescripción adquisitiva de dominio. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-GRATUITA-JULIO-POZO-POST-1.jpg-218x150.jpeg)
![Cualquier persona está legitimada para interponer «hábeas corpus» en favor de un tercero individual o de una colectividad, ya que i) en determinados casos la persona agraviada podría estar imposibilitada de accionar por sí misma y, ii) este proceso no sólo tutela a la persona individual sino el interés de la sociedad en general (caso Lucianeti Pairazamán) [Exp. 01072-2023-PHC/TC, ff. jj. 87-90]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-ARTICULOS-CONSTITUCIONAL-LPDERECHO_cualquier-persona-tiene-legitimidad-218x150.jpg)
![[VIVO] Abogados administrativistas analizan el nuevo TUO de la Ley 27444 (8 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/NUEVO-TUO-DE-LA-LEY-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Rubén Márquez: Felizmente el nuevo TUO 2026 ya reconoce la propia numeración de la Ley 27444](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/maxresdefault-1-218x150.jpg)
![Hasta el 31 de diciembre de 2025 se permitía suscribir contratos designando un CAJPRD no inscrito en el REGAJU y conformar una JPRD con adjudicadores de un centro no registrado. Sin embargo, desde el 1 de enero de 2026, la conformación de la JPRD mediante contrato tripartito exige que los adjudicadores pertenezcan a la nómina de un CAJPRD inscrito en el REGAJU [Opinión D000037-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [Actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/07/banner-Ley-General-de-Sociedades-2026-LPDerecho-218x150.jpg)
![Nuevo TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General [2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-LIBRO-TUO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![La superposición de áreas advertidas por el ente técnico no impiden el saneamiento de rectificación de área y medidas perimétricas bajo el procedimiento en el DS 008-2021-Vivienda [Res. 0216-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunarp-fachada-logo-4-LPDerecho-324x160.jpg)

![Dos acepciones del principio de imparcialidad: a) imparcialidad subjetiva (compromiso del juez con las partes y el resultado del proceso) y b) imparcialidad objetiva (influencia de la estructura del sistema en su imparcialidad) [Exp. 0004-2006-PI/TC, f. j. 20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)
![[VIVO] Abogados administrativistas analizan el nuevo TUO de la Ley 27444 (8 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/NUEVO-TUO-DE-LA-LEY-100x70.jpg)
![[VÍDEO] Rubén Márquez: Felizmente el nuevo TUO 2026 ya reconoce la propia numeración de la Ley 27444](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/maxresdefault-1-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![La superposición de áreas advertidas por el ente técnico no impiden el saneamiento de rectificación de área y medidas perimétricas bajo el procedimiento en el DS 008-2021-Vivienda [Res. 0216-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunarp-fachada-logo-4-LPDerecho-100x70.jpg)
![Entidades públicas pueden establecer una jornada laboral distinta a la establecida en el DS 116-2020-PCM [Informe 1066-2020-Servir]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/03/Servir-aministrado-LP-324x160.png)