¿Qué es el «sexting» y cómo prevenirlo? El Ministerio Público te lo explica

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El Ministerio Público estrenó el microprograma Mire y Oiga a cargo de la Fiscalía de Lima Norte, cuyo objetivo es contribuir a través de breves cápsulas audiovisuales, a la formación de ciudadanos ajenos al conocimiento jurídico.

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Como primer tema se abordó el “sexting”, término que refiere al envío de mensajes, fotografías sexuales, eróticos o pornográficos, por medio de teléfonos móviles. Es preciso recordar que este delito fue regulado en el Código Penal peruano desde hace solo unos meses.

Sobre esto, Lisseth Vigo Ruiz, fiscal adjunta provincial de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en VCMelGF, advirtió que al tomarse fotografías o vídeos, cualquier ciudadano podría ser víctima de este delito.

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En ese mismo sentido, precisó que las víctimas de este delito sufren chantaje sexual, que a su vez acarrea un grave daño moral que mella la reputación. Es por eso que hay que tener mucho precaución al respecto.

Durante el vídeo, la fiscal adjunta recomendó que de realizarse este tipo de fotografías o vídeos, proteger su identidad, porque si este material es compartido pierde control del mismo. Finalmente, en el vídeo se invita a los ciudadanos que de encontrarse frente a un caso de “sexting” lo más recomendable es denunciar este acto ilícito.

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El año pasado se incorporó al Código Penal el delito de acoso sexual, los delitos de acoso, la difusión de material íntimo y el chantaje sexual.

Sobre la difusión de material íntimo indica que la conducta típica consiste en la difusión, revelación, publicación, cesión o comercialización de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual de cualquier persona, que obtuvo con su consentimiento.

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La pena privativa de libertad será no menor de tres ni mayor de seis años y de ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa, cuando concurra cualquiera
de las siguientes circunstancias:

1. Cuando la víctima mantenga o haya mantenido una relación de pareja con el agente, son o han sido convivientes o cónyuges.

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2. Cuando para materializar el hecho utilice redes sociales o cualquier otro medio que genere una difusión masiva.

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Periodista experto en judiciales y marketing jurídico, capacitador en derecho penal y constitucional, en materias de libertades comunicativas y protección de datos personales. Maestrante en comunicación transmedia por la Universidad de la Rioja (España), con estudios en la MIU City University Miami y la Universidad de Buenos Aires. Creador y director de «Se Corre Traslado», «La pepa legal», «La vida del litigante» y «Crimiadictos», producciones transmitidas a través de LP-Pasión por el Derecho.