Fundamento destacado.- 4.7 Las condiciones personales se evalúan dentro del margen de la pena abstracta; no tiene antecedentes penales —foja 158—; pero sí tiene antecedentes policiales —por conducción en estado de ebriedad, violencia psicológica, choque con daños materiales y lesiones, violencia física en los años dos mil dieciocho y dos mil diecinueve, y tráfico ilícito de drogas en el año dos mil trece —fojas 53 y 54—; según el listado de expedientes del Poder Judicial, tuvo varios procesos penales en diversos Juzgados Penales —fojas del 90 al 101—; lo que evidencia su proclividad a actuar al margen de la ley; asimismo, obra en autos una constancia de trabajo como constatador motorizado en una empresa de gas en la que se señala que viene trabajando desde agosto de dos mil dieciocho, lo que no es coherente con lo que afirmó en sus generales de ley desde inicios del proceso respecto de su labor como taxista. En resumen, no se determina de manera clara qué actividad lícita realiza.
4.8 Presentó constancia de matrícula de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, correspondiente a marzo del dos mil diecinueve —foja 226—; sin embargo, el que sea estudiante de Derecho otorga mayor peligrosidad a su conducta, puesto que tiene mayor conciencia sobre su responsabilidad al incurrir en conductas delictuosas.
Lea también: [VÍDEO] Joven abogado discute con fiscal en torno a la imputación concreta
Sumilla: Reducción de pena.- El hecho de que el agente sea estudiante de Derecho no es un factor que amerite reducción en la pena; por el contrario, evidencia la mayor peligrosidad de su conducta, puesto que tiene mayor conciencia sobre su responsabilidad al incurrir en conductas delictuosas.
Lea también: [VÍDEO] Interna logra sustentar tesis desde el penal para obtener el título de abogada
CORTE SUPREMA DE LA REPÚBLICA DE JUSTICIA
SALA PENAL PERMANENTE
RN 994-2021, LIMA
Lima, veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno
VISTOS: el recurso de nulidad interpuesto por Victorio Luis Chevarría Loyola contra la sentencia conformada, emitida el veintidós de febrero de dos mil veintiuno por la Tercera Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, que lo condenó por la comisión del delito contra el patrimonio-robo agravado en grado de tentativa, tipificado en el artículo 188 del Código Penal, tipo base, concordante con el inciso 7 (en agravio de un menor de edad) del artículo 189 del mismo código, en perjuicio de la menor Betsy Tatiana Barboza Vidango, a ocho años y seis meses de pena privativa de libertad —con vencimiento el catorce de octubre de dos mil veintiocho— y al pago de S/ 500 (quinientos soles) por reparación civil.
Intervino como ponente el señor juez supremo SEQUEIROS VARGAS.
CONSIDERANDO
Primero. Expresión de agravios
La defensa de Victorio Luis Chevarría Loyola solicita que se declare nula la sentencia impugnada solo en el extremo de la pena impuesta y reformarla para que se reserve el fallo condenatorio con carácter condicional. Sus fundamentos son los siguientes:
1.1 Es reo primario, padre de familia y tiene dos hijos a los cuales mantener; además es estudiante universitario de Derecho y Ciencias Políticas, solo le faltan dos años para terminar su carrera y no se dedica a actividades ilícitas, por lo que invoca el principio de
humanidad y equidad.
1.2 Incurrió en error de tipo vencible respecto de la edad de la agraviada, pues esta por su desarrollo corporal aparentaba ser mayor de edad.
1.3 No utilizó arma alguna para amenazarla, no llegó a apoderarse de sus bienes y se encontraba en estado de ebriedad al momento de la comisión del ilícito.
1.4 Existe error material en el cómputo de la pena impuesta, se excedieron en dos meses.
1.5 En otros casos, por el mismo delito se ha impuesto la mitad de la pena solicitada por el Ministerio Público e incluso pena condicional.
Segundo. Hechos imputados
El Ministerio Público sostiene que el quince de febrero de dos mil veinte a las 19:40 horas aproximadamente, en circunstancias en que la agraviada Betsy Tatiana Barboza Vidango (de dieciséis años de edad) caminaba por el cruce de la cuadra dos de las avenidas Leoncio Prado con Paseo de la República, Miraflores, escuchando música con su celular en la mano, fue entonces cuando el procesado Victorio Luis Chevarría Loyola la jaló fuertemente por detrás del hombro derecho para un costado y trató de quitarle su celular; pero ella pudo escapar con el polo roto y gritó pidiendo ayuda, por lo que el personal de serenazgo se acercó e intervino al sujeto.
CONTINÚA…
Para descargar en PDF clic AQUÍ.


![No se puede restringir la prueba por falta de formalidad en la absolución escrita de acusación (se limitó al imputado a ofrecer pruebas por defectos formales en su escrito de absolución, al haber sido consignados bajo el apartado de sobreseimiento y no como sustento de la absolución de la acusación) [Casación 864-2016, Del Santa, f. j. 5] Juez audiencia - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Juez-audiencia-LPDerecho-218x150.png)

![Defensa pública recién asignada en audiencia preliminar no puede observar la acusación en esa instancia, porque ello contraviene el principio de igualdad de armas y conlleva a desfavorecer recientemente en audiencia [I Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Pasco, 2016] Corte Superior de Justicia de Pasco](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Corte-Superior-de-Justicia-de-Pasco-LPDerecho-218x150.jpg)
![Las convenciones probatorias no constituyen una «verdad-negocial» sobre los hechos del delito, pues estos no son objeto de acuerdo entre las partes; solo recaen sobre el contenido de los medios probatorios, cuya valoración debe corresponder a la realidad objetiva [Exp. 935-2007-0, f. j. 3] hechos-pacificos-significa-verdaderos-falsos-LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/hechos-pacificos-significa-verdaderos-falsos-LP-218x150.png)
![La cuestión prejudicial es el único medio de defensa que no puede promoverse en la etapa intermedia, sino únicamente durante la investigación preparatoria, pues, aunque el artículo 350 permite la interposición de excepciones e incluso de la cuestión previa en dicha etapa, no contempla tal posibilidad respecto de aquella [Casación 79-2020, Puno, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/05/POST-antinomia-LPderecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)


![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase de trabajadores CAS a partir de la vigencia de la Ley 32563 (8 ABR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-GRATUITA-JOSE-MARIA-PACORI-CARI-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuando la libertad de expresión se ejerce mediante críticas a funcionarios públicos afectando su derecho a la honra, la sanción penal debe ser de carácter excepcional, por lo que los Estados deben recurrir a mecanismos alternativos como la rectificación o la reparación civil [Baraona Bray vs. Chile, ff. jj. 109-111, 115]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![Norma para el prevenir lavado de activos y financiamiento del terrorismo en casinos, tragamonedas y apuestas deportivas [Resolución SBS 01015-2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/SBS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Actualizan política de subsidios del transporte urbano de pasajeros de Lima y Callao [Decreto Supremo 009-2026-MTC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/transporte-publico-trafico-embotellamiento-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento de la Ley de gestión integral de sustancias químicas [DS 005-2026-MINAM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/Sustancias-quimicas-LPDerecho-218x150.jpeg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Las convenciones probatorias deben proponerse y resolverse en la etapa intermedia; solo excepcionalmente pueden plantearse y decidirse en la etapa de juzgamiento, antes de la actuación probatoria [Pleno Jurisdiccional Penal Distrital de La Libertad, 2014] Corte Superior de Justicia de La Libertad](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Corte-Superior-de-Justicia-de-La-Libertad-LPDerecho-218x150.jpg)





![[VÍDEO] César Nakazaki: el derecho a la legalidad penal en la jurisprudencia del TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_DERECHO-A-LA-LEGALIDAD-PENAL-EN-LA-JURISPRUDENCIA_LP-324x160.jpg)



![No se puede restringir la prueba por falta de formalidad en la absolución escrita de acusación (se limitó al imputado a ofrecer pruebas por defectos formales en su escrito de absolución, al haber sido consignados bajo el apartado de sobreseimiento y no como sustento de la absolución de la acusación) [Casación 864-2016, Del Santa, f. j. 5] Juez audiencia - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Juez-audiencia-LPDerecho-100x70.png)

![[VÍDEO] César Nakazaki: el derecho a la legalidad penal en la jurisprudencia del TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_DERECHO-A-LA-LEGALIDAD-PENAL-EN-LA-JURISPRUDENCIA_LP-100x70.jpg)