Protocolo para la gestión del proceso especial de desalojo express [Resolución 000427-2023-CE-PJ]

Pubicado en el diario oficial El Peruano el 27 de octubre de 2023.

6006

A través de la Resolución Administrativa 000427-2023-CE-PJ el Poder Judicial aprueba el protocolo para la gestión del proceso especial de desalojo express.


Aprueban el Protocolo: “Gestión del Proceso Especial de Desalojo de la Ley N° 30201” – Versión 001

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000427-2023-CE-PJ

Lima, 19 de octubre del 2023

VISTOS:

El Oficio N.º 000233-2023-CR-UGDJ-CE-PJ del señor Consejero Responsable de la Unidad de Gestión de Despacho Judicial, que contiene el Informe N.º 000026-2023-J-UGDJ-CE-PJ elaborado por el Jefe de la referida unidad; así como el Oficio N.° 001283-2023-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe N.° 000125-2023-SR-GP-GG-PJ de la Subgerencia de Racionalización; e Informe N.º 001181-2023-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, la Unidad de Gestión de Despacho Judicial del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial es el órgano de apoyo del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que se encarga de coordinar, impulsar, canalizar, controlar y efectuar el seguimiento de la ejecución de los proyectos orientados a la mejora en la gestión del despacho judicial, que formula la Gerencia General y las Cortes Superiores; así como promover la implementación del sistema de gestión de calidad de los servicios relacionados con el despacho judicial, y de las iniciativas propias como parte del Consejo Ejecutivo, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N.° 000321-2021-CE-PJ.

Segundo.- Que, mediante Oficio N.º 000233-2023-CR-UGDJ-CE-PJ, el señor Consejero Responsable de la Unidad de Gestión de Despacho Judicial, remite el Informe N.º 000026-2023-J-UGDJ-CE-PJ elaborado por el Jefe de la referida unidad, por el cual se sustenta el proyecto de Protocolo denominado “Gestión del Proceso Especial de Desalojo de la Ley N.° 30201”.

Tercero.- Que, mediante el Informe N.º 000125-2023-SR-GP-GG-PJ, la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial refiere que el proyecto normativo cumple los requisitos previstos en los numerales 6.1, 6.3, 6.4 y 7.1 de la Directiva N.º 004-2023-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos del Poder Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa N.º 000247-2023-CE-PJ. Del mismo modo, por el Informe N.º 001181-2023-OAL-GG-PJ la Oficina de Asesoría Legal emite opinión favorable respecto a la consistencia de la base legal y el contenido del referido proyecto.

Cuarto.- Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N.° 001283-2023-GG-PJ remite el proyecto de Protocolo “Gestión del Proceso Especial de Desalojo de la Ley N.° 30201”, para su evaluación y su aprobación respectiva.

Quinto.- Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; por lo que, teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.° 1706-2023 de la cuadragésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 11 de octubre de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Protocolo: “Gestión del Proceso Especial de Desalojo de la Ley N.° 30201” – Versión 001.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Salas Supremas Permanentes y Transitorias, Secretaría General y Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Unidad de Gestión del Despacho Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente

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