El presidente Martín Vizcarra anunció que su Gobierno ha decidido observar la autógrafa de la ley de ejecución humanitaria de la pena que aprobó el Pleno del Congreso y que beneficiaría al exmandatario Alberto Fujimori.
Esta iniciativa fue impulsada por la parlamentaria Yeni Vilcatoma, quien ingresó el proyecto a trámite documentario el martes 9 de octubre a las 5:10 de la tarde. El 11 de octubre, en apenas 48 horas, fue aprobada por el Pleno del Congreso, previamente fue exonerada de debate en comisiones y de segunda votación.
Lea también: Claves para entender la norma que favorecería a Fujimori
En declaraciones a la prensa, Martín Vizcarra justificó su decisión de observar la autógrafa. “Nosotros dijimos que en el espíritu de fondo, el Perú sí necesita una norma que posibilite que personas de avanzada edad que tengan problemas de salud, puedan seguir arresto domiciliario. Estamos de acuerdo con ello. Pero necesitamos una norma que sea debatida a profundidad, que vea todas las aristas posibles para evitar que se puedan filtrar personas encarceladas que sean peligro para la sociedad”.
Cabe recordar que, la ley establece que las personas mayores de 65 años que hayan cumplido el tercio de su condena puedan cumplir el resto de la sentencia en su domicilio, con vigilancia electrónica o dentro de la provincia donde está su residencia. No norma no alcanza a sentenciados por delitos de terrorismo, traición a la patria, sicariato, feminicidio, delitos contra la libertad sexual, criminalidad organizada o tráfico ilícito de drogas.
Lea también: Claves para entender la norma que favorecería a Fujimori
En el documento presentado por el ejecutivo, se establece que la autógrafa contraviene la independencia de la función jurisdiccional, por ser el Inpe, y no el juzgado, quien decida si el interno cumple con los requisitos para ser beneficiario de la norma. Por otro lado, se la acusa de regular beneficios para personas determinadas (ley con nombre propio), pues no aplica a algunos tipos penales de especial gravedad, pero otro, como el secuestro o sentenciados por delitos de lesa humanidad, sí serían beneficiados.
En otro extremo, la norma prevé que si se descubre que el tutelado no retorna al domicilio, se sancionará penalmente al garante. El gobierno señala que con ello se vulnera el principio de legalidad, ya que no es posible imputar responsabilidad penal si no existe un delito tipificado, conforme con el Código Penal, por lo que es inviable establecer tal responsabilidad. Por otro lado, no se puede imputar por un hecho punible cometido por otro, pues la responsabilidad penal es de carácter personal.
Finalmente, el ejecutivo cuestiona la falta de debate en torno al proyecto, y la deliberación aparente «incompatible con el principio democrático». En este apartado se resalta la inusitada celeridad para su aprobación.

![Si la imputación solo versa sobre el avocamiento y suscripción de un auto que concedió una casación, como contraprestación del cohecho recibido o prometido, no se colma la tipicidad absoluta del cohecho pasivo específico [Apelación 373-2024, Corte Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suscribir un acta policial como si fuera el efectivo que intervino, cuando en realidad no participó directamente en la intervención, constituye un supuesto de falsedad ideológica [Exp. 02860-2021-0, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-POLICIA-NACIONAL2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Policía que interviene a chofer de un vehículo sin precisarle claramente el motivo de intervención incurre en un abuso de autoridad [Exp. 02860-2021-0, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-POLICIA-NACIONAL4-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)




![La apología al terrorismo no tiene como fin provocar nuevas acciones delictivas; su daño está en alabar, destacar y resaltar el terrorismo o a sus autores con condena firme, contribuyendo a legitimar las acciones de fuerzas contrarias al orden constitucional y sus valores [Exp. 00005-2020-AI/TC, f. j. 45]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
![No cualquier expresión favorable sobre un acto terrorista, o su autor, constituye delito; para ello, se requiere (i) exaltación de un acto terrorista ya realizado; (ii) si es sobre la persona, que tenga condena firme; (iii) uso de medio idóneo y público (difusión a un número indeterminado de personas) y (iv) que la exaltación lesione reglas democráticas de pluralidad, tolerancia y consenso [Exp. 010-2002-AI/TC, f. j. 88]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)


![JNE: Reglamento marco para las elecciones de autoridades de municipalidades de centros poblados [Res. 0749-2025-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/jurado-nacional-elecciones-JNE-LPDerecho-218x150.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![Ley de Organizaciones Políticas (Ley 28094) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-de-organizaciones-politicas1-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de Elecciones Regionales (Ley 27683) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-de-elecciones-regionales1-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley de los Derechos de Participación Política y Control Ciudadanos (Ley 26300) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-de-los-derechos-de-participacion-politica-y-control-ciudadano1-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Condenan a mujer policía y otros por «intervenir» a chofer que se negó a llevarla «porque se le agotaron los pases libres» [Exp. 02860-2021-0-1801-JR-PE-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-POLICIA-NACIONAL3-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Se configura abuso de autoridad cuando un policía conduce y retiene por la fuerza a una persona, bajo el pretexto de un control de identidad, sin la finalidad de prevenir un delito o averiguar el hecho, sino por reclamar un abuso en la intervención vehicular [Exp. 02860-2021-0, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/proyecto-armas-fuego-policia-flagrante-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Suscribir un acta policial como si fuera el efectivo que intervino, cuando en realidad no participó directamente en la intervención, constituye un supuesto de falsedad ideológica [Exp. 02860-2021-0, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-POLICIA-NACIONAL2-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Si la imputación solo versa sobre el avocamiento y suscripción de un auto que concedió una casación, como contraprestación del cohecho recibido o prometido, no se colma la tipicidad absoluta del cohecho pasivo específico [Apelación 373-2024, Corte Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Policía que interviene a chofer de un vehículo sin precisarle claramente el motivo de intervención incurre en un abuso de autoridad [Exp. 02860-2021-0, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-POLICIA-NACIONAL4-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Condenan a mujer policía y otros por «intervenir» a chofer que se negó a llevarla «porque se le agotaron los pases libres» [Exp. 02860-2021-0-1801-JR-PE-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-POLICIA-NACIONAL3-LPDERECHO-100x70.jpg)

