PJ: Directiva sobre disposiciones para el desarrollo de documentos normativos [RA 000370-2020-CE-PJ]

Publicado el 29 de diciembre de 2020, en el diario oficial El Peruano.

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Aprueban la Directiva N° 019-2020-CE-PJ, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”
CONSEJO EJECUTIVO
RESOLUCION ADMINISTRATIVA 000370-2020-CE-PJ

Lima, 19 de diciembre del 2020

VISTO:

El Oficio N° 002034-2020-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ se aprobó la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, la cual dispone en el numeral 6.4, que el “Informe de sustentación para la presentación del proyecto normativo constituye el documento que expresa las motivaciones de la propuesta normativa, describiendo: a. La situación problemática actual que se pretende resolver; b. La existencia de vacío en la normatividad vigente o la necesidad de regular una norma general para fines operativos; c. El sustento normativo, precisando de ser el caso, el documento normativo que se modificaría o derogaría; d. Los beneficios que generaría la implementación del documento normativo; y, e. Los costos que demandaría su implementación, de ser el caso. Su formulación estará a cargo de la dependencia que presente el proyecto normativo, para lo cual contará con el apoyo técnico de la Subgerencia de Racionalización, o de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, en el caso de las Cortes Superiores de Justicia, que operen como Unidades Ejecutoras. Debe presentarse de manera conjunta con el proyecto de documento normativo, para el adecuado análisis del mismo”.

Segundo. Que, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N° 000985-2020-GG-PJ remitió a este Órgano de Gobierno la propuesta actualizada de la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, la cual en mérito a la Resolución Corrida N° 000108-2020-CE-PJ fue remitida al despacho del señor Consejero Gustavo Álvarez Trujillo, para el informe respectivo.

Tercero. Que, el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante Oficio N° 000131-2020-CR-UETI-CPP-PJ remite opinión técnica favorable al proyecto de actualización de la Directiva “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”.

Cuarto. Que, en ese contexto, mediante Resolución Corrida N° 000344-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso remitir a la Gerencia General del Poder Judicial la opinión técnica emitida por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, otorgada a través del Informe Nº 000007-2020-FLA-ST-UETI-CPP-PJ, respecto a la omisión del término “áreas funcionales”, en los numerales 5.1 y 5.5, ello en merito a que las propuestas pueden venir de cualquiera de las Gerencias o Subgerencias, Comisiones, Comités, Equipos Técnicos de implementación, entre otros, debiendo en ese sentido actualizase el proyecto de directiva interna denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”.

Quinto. Que, bajo dicho marco, la Subgerencia de Racionalización mediante Informe N° 000245-2020 -SR-GP-GG-PJ, sostiene que de la lectura del informe de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal se advierte que se ha identificado como oportunidad de mejora precisar en el proyecto de actualización la dependencia de las unidades orgánicas y/o funcionales; así, señala que si bien con Informe Nº 000101-2020-SR-GPGG se presentó un proyecto de actualización de la Directiva “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, esta nueva versión surge y se sustenta en la necesidad de reformular la propuesta de actualización conforme a lo indicado por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Corrida Nº 000344-2020-CE-PJ; otorgando su opinión técnica favorable al igual que la Gerencia de Planificación a través del Memorando N° 001501-2020-GP-GG-PJ.

Sexto. Que, con la opinión técnica favorable de la Subgerencia de Racionalización, se advierte que el numeral 6.5 de la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ, señala que “Los proyectos de documentos normativos y sus informes de sustentación, deben ser presentados a la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación, quien debe analizar y evaluar su contenido. Asimismo, debe revisar que el tipo de documento empleado corresponda con el propósito de su creación pudiendo efectuar los ajustes necesarios para su adecuación en coordinación con el área formuladora. Emitida la opinión favorable del órgano de racionalización, se debe recibir la opinión de la Oficina de Asesoría Legal que corresponda, según el ámbito de aplicación del documento normativo, en relación a la consistencia de la base legal y contenido del proyecto, salvaguardando que se cumpla con la normatividad vigente e inherente a sus procesos”.

Sétimo. Que, en ese sentido, la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial mediante Informe N° 001733-2020-OAL-GG-PJ, señala que el proyecto de Directiva propuesto tiene como objetivo establecer disposiciones para la formulación, revisión, aprobación y difusión estandarizadas de los Documentos Normativos en el Poder Judicial, cuyo alcance es de obligatorio cumplimiento por todas las dependencias administrativas y jurisdiccionales de este Poder del Estado, que de acuerdo con su competencia funcional tengan participación en la elaboración, revisión, aprobación y difusión de Documentos Normativos; asimismo, dada las diversas propuestas de mejora, resulta razonable dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ, que aprobó la Directiva N° 010-2019-CE-PJ.

Octavo. Que, asimismo, el citado informe legal señala que el referido proyecto cumple con la estructura prevista para este tipo de documentos conforme al “Anexo 01: Formato de Directiva” establecido para este tipo de proyectos, según lo indica la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ. Los conceptos contenidos en su estructura interna se encuentran desarrollados en forma clara y tienen un impacto administrativo favorable en la administración, en términos de eficiencia y eficacia sobre el procedimiento que regula, por lo que otorga su opinión favorable para la prosecución del trámite.

Noveno. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N° 002034-2020-GG-PJ, eleva a este Órgano de Gobierno el citado proyecto de Directiva denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, para su aprobación.

Décimo. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1466-2020 de la septuagésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 2 de diciembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 019-2020-CE-PJ, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”; que en anexo forma parte integrante de la presente decisión.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ; así como cualquier otra disposición que se oponga a la presente.

Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, realice las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.

Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia de la República; y a la Gerencia General para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO
Presidente

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