PJ: CAS «indeterminados» y «temporales» que ingresaron sin concurso se quedarán sin vínculo laboral

81283

Mediante Resolución Corrida 000021-2023-CE-PJ, de fecha 25 de enero de 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resolvió que los trabajadores CAS del Poder Judicial denominados «indeterminados» y «temporales» que ingresaron sin concurso se quedarán sin vínculo laboral desde el 31 de enero de 2023.

Lea también: URGENTE: Cambios al recurso de casación en la Nueva Ley Procesal de Trabajo

Compartimos la parte resolutiva, sin perjuicio de anexar el link de descarga del documento completo firmado por el presidente del PJ Javier Arévalo Vela.


SE RESUELVE:

Primero.- Disponer las siguientes medidas respecto a la contratación de personal bajo las normas del Decreto Legislativo N° 1057, Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, que no han ingresado por concurso público, en la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Ayacucho, Huaura, Lima, Lima Este, Lima Norte, Puente Piedra – Ventanilla, Callao y Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; así como en la Gerencia General del Poder Judicial:

Lea también: Sindicatos piden al ministro de Trabajo que se retorne al trabajo remoto en la modalidad mixta o total

1.1 Para aquellos que se les ha denominado “indeterminado”, que mantienen el vicio de no contar con el concurso público respectivo, se les notificará la conclusión al 31 de enero de 2023, y se procederá inmediatamente a iniciar el proceso de convocatoria para el concurso público.

1.2 Para aquellos que se les ha denominado “temporales”, que mantienen el vicio de no contar con el concurso público respectivo, se les notificará la no renovación, y se procederá inmediatamente a iniciar el proceso de convocatoria para el concurso público.

Segundo.- Disponer que la Gerencia General a través de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar dispondrá las acciones administrativas correspondientes, para garantizar su estricto cumplimiento; debiendo informar al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial al término de lo dispuesto en la presente resolución.

Lea también: Multan a empresa por no tomar como parte de la jornada laboral el tiempo que los trabajadores invertían en colocarse el uniforme [Res. 038-2023-Sunafil/TFL-Primera Sala]

Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial y a las mencionadas Cortes Superiores de Justicia, para su conocimiento y fines pertinentes.

Lea también: Corte IDH condena a Perú por cese de 184 trabajadores tras cierre del Congreso en el gobierno de Fujimori [Benites Cabrera y otros vs. Perú]

Para descargar el documento en PDF clic AQUÍ.

Comentarios: