La Junta de Fiscales Supremos decidió, en una sesión de este martes 12, que Patricia Benavides no sea derivada a la Jurado Nacional de Elecciones (JNE). La propuesta fue rechazada por cinco votos contra uno a favor, el de la fiscal de la Nación Delia Espinoza.
Este 7 de agosto, la exfiscal suprema fue citada, mediante un oficio firmado por Evelia Fátima Castro Avilés, secretaria de la Junta de Fiscales Supremos, a una sesión extraordinaria del organismo. El documento señaló lo siguiente:
Tengo el honor de dirigirme a usted, para saludarla cordialmente, a fin de convocarla para la sesión extraordinaria de la Junta de Fiscales Supremos, la misma que ha sido convocada, por la señora Fiscal de la Nación y presidenta de la Junta de Fiscales Supremos, Delia Milagros Espinoza Valenzuela, para llevarse a cabo conforme se detalla a continuación:
Fecha: martes 12 de agosto del 2025
Hora: 09:00 horas
Lugar: Sala de Acuerdos de la Junta de Fiscales Supremos, ubicada en el noveno piso de la Sede Central del Ministerio Público, en la quinta cuadra S/N de la avenida Abancay del Cercado de Lima.
El 9 de agosto, el abogado de Benavides, Juan Peña, acudió junto a efectivos policiales a la sede del Ministerio Público para dejar constancia de la no reposición de su patrocinada como fiscal suprema.
Según el informe policial difundido por RPP, al presentarse en la mesa de partes de la secretaría general de la Fiscalía de la Nación, se les informó que tres escritos presentados el 31 de julio, el 1 y el 4 de agosto aún no tenían respuesta formal.
El mismo documento consigna que, durante la diligencia, una fotógrafa del área de imagen institucional tomó fotografías al abogado por encargo de la gerencia central de imagen institucional del Ministerio Público.
Inscríbete aquí Más información
Dos días antes, el 7 de agosto, la JNJ exhortó a la fiscal de la Nación a cumplir de inmediato con la reincorporación de Benavides, señalando que, tras el vencimiento de la suspensión de sesenta días, no existe impedimento para su retorno.
La JNJ señaló que la resolución que dispone la reposición fue notificada el 16 de junio y que su publicación en el portal institucional y en el Registro Nacional de Sanciones a Servidores Civiles acredita su vigencia. El organismo advirtió que el incumplimiento prolonga una «lamentable situación de inseguridad jurídica».
El último 1 de agosto, a solicitud de la defensa de Benavides, la JNJ requirió a la fiscal de la Nación que ejecute la reposición en un plazo de un día, tras advertir que no se dio en estricto cumplimiento a la Resolución 231-2025-JNJ emitida el 12 de junio de 2025.




![Opinión vinculante: Plazo máximo de 5 años para las prórrogas o renovaciones de contratos CAS solo será aplicable a los contratos a plazo determinado regulados bajo la Ley 32563 [Res. 000076-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Corresponde la nivelación de la remuneración de trabajador CAS con homólogo propuesto si ambos desempeñan el mismo cargo y cumplen las mismas funciones (salario equitativo e igual por trabajo de igual valor), pues la diferencia remunerativa injustificada no puede respaldarse en la normativa del presupuesto estatal (sentencia revocada por la Sala Civil de Utcubamba) [Expediente 00210-2024-0-0107-JR-LA-01, ff. jj. 30-31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Anulan absolución por apología al terrorismo: frase «El Dr. Guzmán es el más grande, intelectual, filósofo y científico, marxista, leninista, maoísta de nuestra época» se analizó sin ponderar el contexto político y social en que fue difundida [RN 800-2023, Nacional, f. j. 21]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Abimael-Guzman-LP-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)















![El enfoque androcéntrico afecta a las mujeres gestantes privadas de libertad a recibir atención médica especializada, al no existir protocolos de parto adecuados, uso indebido de grilletes, deficiente vestimenta y nutrición, y restricciones al contacto con sus hijos y personas bajo su cuidado [OC-29/22, ff. jj. 126-127]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![Si una donación quedó solo en minuta (y no llegó a formalizarse en la escritura pública) por la muerte sobrevenida del donante, no debe declararse la nulidad del acto jurídico [Exp. 00010-2024-AA/TC, f. j. 35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_que-pasa-cuando-la-donacion-quedo-solo-minuta-y-no-llego-a-formalizarse-en-escritura-publica-LP-218x150.jpg)



![¡Atención, sector público! Declaran día no laborable compensable [DS 075-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/feriado-no-laborable-fiesta-patrias-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de la empresa individual de responsabilidad limitada (Decreto Ley 21621) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_ley-de-la-empresa-individual-218x150.jpg)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-218x150.png)


















![Lea la sentencia que ratificó millonaria multa a empresas coludidas en compra de oxígeno medicinal [Casación 7634-2017, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/06/Jusisprudencia-contencioso-administrativa-LP-324x160.png)