En tiempos de toma de calles y carreteras por las protestas de diversos sectores, me preguntan si los quejosos son “poseedores” de los espacios tomados, y si respecto de ellos se generan las consecuencias que la ley ha previsto para la “posesión”, tales como derecho a permanecer, defensa posesoria, interdictos, presunciones, etc.
Lea también: Coworking y posesión, por Martín Mejorada
La posesión es un derecho real que nace del comportamiento sobre un bien, a partir del cual se generan determinadas consecuencias que favorecen al ocupante (artículo 896 del Código Civil). Sin embargo, no todas las presencias dan lugar a la “posesión”, hay que examinar cada caso. Puede ocurrir que la ocupación sea al punto estrambótica o fuera de lugar, que no califica como “derecho de posesión”. Este derecho real supone actos que evidencien o reflejen alguna titularidad para estar ahí. La presencia debe hacer creer a los demás que la ocupación está amparada en la ley. Si el comportamiento revela por sí mismo la falta de título sencillamente no hay “posesión”.
Un ejemplo claro de lo dicho es la ocupación que hacen los grupos de reclamantes que quieren llamar la atención del gobierno y la prensa. Aquí no importa la justicia o pertinencia del pliego, ni el auspicio de algunas autoridades locales o incluso congresistas, sino la presencia alborotada, en medio de llantas quemadas, bombas lacrimógenas y una fila interminable de vehículos detenidos. Ese comportamiento no le hace creer a nadie que los parados tienen derecho a estar ahí, sino todo lo contrario. Salta a la vista la ilicitud. Lo mismo ocurre con la presencia de ambulantes en las veredas, cuya informalidad salta a la vista.
Lea también: Sociedad de gananciales como derecho real, por Martín Mejorada
Cuando el propio comportamiento advierte la irregularidad o ilicitud no hay derecho de posesión. Ni siquiera son “precarios”, sencillamente no son poseedores. No es porque las calles y carreteras son de dominio público, pues ellas a pesar de tal condición son poseidas legítimamente, por ejemplo por los controladores de peajes, los administradores de las concesiones o por comerciantes empadronados, quienes en perfecto orden ocupan secciones específicas de las vías públicas.
Lea también: Plazo para defender el bien conyugal, por Martín Mejorada
En tal circunstancia, los huelguistas no gozan de ninguna de las facultades que derivan de la posesión, lo que implica, entre otros, que pueden se retirados del lugar por la fuerza pública, sin perjuicio de las sanciones que correspondan en el ámbito penal o administrativo. Por su puesto no tiene derecho a resistirse ni a reclamar por el desalojo extrajudicial.




![Arbitraje de emergencia y asistencia judicial: Se declara improcedente la solicitud de asistencia judicial para ejecutar una medida cautelar arbitral, pues la función de colaboración judicial no implica que el órgano jurisdiccional actúe como ejecutor automático de decisiones arbitrales, sino que debe verificar la validez competencial del acto a ejecutar, especialmente cuando proviene de un centro arbitral no pactado y un arbitraje de emergencia excluido en el convenio [Exp. 17490-2023-90-1817-JR-CO-13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/10/arbitraje-LPDerecho-218x150.jpg)
![Pronunciamiento sobre causal de nulidad de acto jurídico no invocada es ilegítimo, si se aplicó el «iura novit curia» sin promover el contradictorio [Casación 4355-2018, Cusco, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Causal-de-nulidad-de-acto-juridico-no-invocada_LP-218x150.jpg)
![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-218x150.jpg)
![Precedente sobre la prescripción adquisitiva que recae parcialmente en dos o más partidas [Resolución 289-2024-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_precedente-sobre-la-prescripcion-adquisitiva-que-recae-parcialmente-en-dos-o-mas-partidas_LP-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Opinión vinculante: Plazo máximo de 5 años para las prórrogas o renovaciones de contratos CAS solo será aplicable a los contratos a plazo determinado regulados bajo la Ley 32563 [Res. 000076-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)


![El enfoque androcéntrico afecta a las mujeres gestantes privadas de libertad a recibir atención médica especializada, al no existir protocolos de parto adecuados, uso indebido de grilletes, deficiente vestimenta y nutrición, y restricciones al contacto con sus hijos y personas bajo su cuidado [OC-29/22, ff. jj. 126-127]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![Si una donación quedó solo en minuta (y no llegó a formalizarse en la escritura pública) por la muerte sobrevenida del donante, no debe declararse la nulidad del acto jurídico [Exp. 00010-2024-AA/TC, f. j. 35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_que-pasa-cuando-la-donacion-quedo-solo-minuta-y-no-llego-a-formalizarse-en-escritura-publica-LP-218x150.jpg)





![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de la empresa individual de responsabilidad limitada (Decreto Ley 21621) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_ley-de-la-empresa-individual-218x150.jpg)











![Reglamento de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas [DS 009-2025-EF] (actualizado 2026)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-324x160.jpg)




