Modelo de solicitud de otorgamiento de vacaciones al vencimiento del descanso postnatal

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La licencia por maternidad es un derecho de la mujer trabajadora gestante del régimen laboral privado del Decreto Legislativo 728, régimen laboral público del Decreto Legislativo 276, régimen laboral de contratación administrativa de servicios (CAS) del Decreto Legislativo 1057 y régimen del servicio civil de la Ley 30057.

Así, se constituye en un descanso laboral remunerado o subsidiado que se puede ejercer antes del parto y después del parto.

En el ordenamiento jurídico laboral peruano, este derecho está regulado por la Ley 26644 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo 005-2011-TR. En estas normas se verifican, por su importancia, los siguientes supuestos: a) descanso prenatal, b) descanso postnatal, c) descanso prenatal diferido, y d) descanso vacacional después del descanso postnatal.

Ahora corresponde compartir con ustedes este modelo de solicitud de descanso vacacional luego del descanso postnatal.


MODELO DE SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE VACACIONES AL VENCIMIENTO DE DESCANSO POSTNATAL

La trabajadora gestante tiene derecho a que el período de descanso vacacional por récord ya cumplido y aún pendiente de goce, se inicie a partir del día siguiente de vencido el descanso postnatal.

Modelo de solicitud de descanso vacacional luego del descanso postnatal

SUMILLA.- Solicito se me otorgue descanso vacacional al vencimiento de mi licencia por maternidad postnatal.

SEÑOR (…indicar la denominación del titular de la entidad, del representante de la empresa, jefatura o gerencia de recursos humanos, por ejemplo, Director del Hospital Nacional, Gerente de la Empresa, Gerente de Recursos Humanos…)

(…nombres y apellidos de la trabajadora o servidora madre…), identificada con Documento Nacional de Identidad (…), con domicilio real en (…indicar donde vive…); a Ud., respetuosamente, digo:

I. PETITORIO

Con una anticipación no menor de quince (15) días naturales al inicio de mis vacaciones, en mi calidad de madre trabajadora, comunico mi decisión de iniciar el goce de mis vacaciones a partir del día siguiente de vencida mi licencia postnatal y/o su extensión.

II. DATOS LABORALES

Cargo (…)
Centro de Trabajo (…por ejemplo, Departamento de Neonatología…)
Fecha de ingreso (…)
Régimen laboral (…indicar si pertenece al 728, 276, 1057 o 30057…)

III. FUNDAMENTOS DE HECHO

  1. La suscrita viene haciendo uso de su licencia por maternidad postnatal.
  2. Asimismo, a la fecha tengo derecho a mis vacaciones por haber cumplido el récord vacacional y estar pendiente su goce.
  3. De esta manera, comunico mi decisión de hacer uso de mis vacaciones una vez culminada mi licencia postnatal.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO

  1. El artículo 4 de la Ley 26644, Ley que precisa el goce del derecho de descanso pre-natal y post-natal de la trabajadora gestante, indica que “La trabajadora gestante tiene derecho a que el período de descanso vacacional por récord ya cumplido y aún pendiente de goce, se inicie a partir del día siguiente de vencido el descanso post-natal a que se refieren los artículos precedentes. Tal voluntad la deberá comunicar al empleador con una anticipación no menor de 15 días calendario al inicio del goce vacacional”.
  2. El artículo 8 del Decreto Supremo 005-2011-TR, Reglamento la Ley 26644, establece lo siguiente:

Si a la fecha del vencimiento del descanso postnatal o de su extensión, la madre trabajadora tuviere derecho a descanso vacacional pendiente de goce, podrá iniciar parcial o totalmente el disfrute vacacional a partir del día siguiente de vencido el descanso postnatal o su extensión, siempre y cuando previamente lo hubiera comunicado por escrito al empleador con una anticipación no menor de quince (15) días naturales al inicio del goce vacacional. Esta decisión no requiere aceptación ni aprobación del empleador.

V. MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS

1-A Copia de mi Documento Nacional de Identidad

POR LO EXPUESTO

A usted pido se tenga presente, precisando que esta decisión no requiere de su aceptación o aprobación.

Lima, 10 de octubre de 2021

(…firma de la trabajadora o servidora gestante, no es necesaria la firma de abogado…)

Comentarios:
Maestro en Ciencias Políticas y Derecho Administrativo por la Universidad Nacional de San Agustín. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Columnista en el Suplemento «La Gaceta Jurídica» del diario La Razón (Bolivia). Fue catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad La Salle (Perú), catedrático de Derecho del Trabajo, Derecho de la Seguridad Social y Derecho Comercial en la Universidad José Carlos Mariátegui (Perú). Es miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Arequipa. Docente de LP Pasión por el Derecho, el portal jurídico más leído del Perú.