La Federación Nacional de Sindicatos del Poder Judicial del Perú (FENASIPOJ), a través de un comunicado propalado ayer, puso en conocimiento de sus bases la Resolución Administrativa N° 317-2017-P-PJ, de fecha 15 de agosto de 2017, que contiene la lista final de los trabajadores contratados a plazo fijo que pasarán a la condición de indeterminados (régimen 728).
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En su comunicado indicaron que esta lista «es un proceso complejo que beneficia a 1,239 trabajadores a nivel nacional que adquieren su condición de indeterminado y dejan el tortuoso proceso de los contratos temporales».
La aprobación de estas contrataciones es resultado de la huelga que llevaron a cabo los trabajadores del PJ el año pasado, que terminó con la suscripcón del Acta de Suspensión de Huelga, de fecha 30 de diciembre de 2016.
En dicha Acta se acordó la elaboración de la lista de pase a indeterminado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, de los trabajadores jurisdiccionales y administrativos, tomando como criterio de prelación la antigüedad de los trabajador, que hayan cumplido más de 3, 4 o 5 años de relación continua o discontinua, siempre que cumplan con el perfil requerido para el cargo y que exista plaza vacante y presupuestada.
A continuación compartimos con ustedes la Resolución y, por supuesto, el Anexo que contiene los nombres de los trabajadores, el cargo que ocupan y el lugar de la dependencia donde laboran. El Anexo tiene varias páginas, así que tengan paciencia, la carga demorará un poco.
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
PRESIDENCIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL
R.A. N° 317-2017-P-PJ
Lima, 15 de agosto de 2017
VISTO:
El Informe N° 1204-2017-GRHB-GG-PJ del 08 de agosto de 2017, emitido por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, en relación a los trabajadores sujetos al Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 que pasarán a la condición de indeterminado en cumplimiento al Acta de Suspensión de Huelga:
CONSIDERANDO:
Que, el acuerdo primero del Acta de Suspensión de Huelga, de fecha 30 de diciembre de 2016, el Poder Judicial se obliga a cumplir los convenios de la OIT ratificados por el Estado peruano; los derechos laborales establecidos en la Constitución Política del Perú y en la normatividad vigente, así como todos los convenios colectivos y actas de solución suscritos, tanto de alcance nacional y en cada distrito judicial.
Que, estando al acuerdo décimo primero del Acta de SuspensiÓn de Huelga, suscrito el 30 de diciembre de 2016, entre los representantes de los trabajadores del Poder Judicial, se acordó la elaboración de la lista de pase a indeterminado bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728, de los trabajadores jurisdiccionales y administrativos, tomando como criterio de prelación la antigüedad del trabajador, que hayan cumplido más de 03, 04 o 05 años de relación continua o discontinua, que cumplan con el perfil requerido para el cargo y que exista plaza vacante y presupuestada;
Que, dentro del citado marco obligacional con documento de visto la Gerencia de Recursos Humanos y Buinestar, informa y remite el listado de los trabajadores que han acumulado tiempo de servicios de 03, 04 o 05 años a más bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 en la condición a plazo determinado, de forma continua y discontinua al 30 de diciembre de 2016 (fecha de suscripción del Acta de Suspensión), y cumplen el perfil requerido en el cargo, así como que exista plaza vacante y presupuestada;
Que, en el Anexo adjunto se está considerando no solo a los trabajadores que en la fecha pasarán a la condición de indeterminado en la misma plaza que vienen ocupando, sino que, además a los trabajadores que pasarán a la condición de indeterminado a medida que las plazas vacantes que han sido asignadas se vayan liberando (plazas ocupadas al 31 de diciembre de 2017 por acuerdo noveno del Acta de Suspensión de Huelga), precisando que la liberación de las plazas ocupadas tendrán como límite máximo el 31 de diciembre de 2017;
Por lo anteriormente expuesto, de conformidad a los acuerdos del Acta de Suspensión de Huelga del 30 de diciembre de 2017 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 76° del Texto único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificado por la Ley N° 27465;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la contratación bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 728 a plazo indeterminado, del personal que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, debiendo precisar que el personal cuya plaza se encuentre ocupada accederá a la condición de indeterminado indefectiblemente el 01 de enero de 2018.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial el control y cumplimiento de las asignaciones de plaza una vez que estas se hayan liberado, conforme lo establece el artículo que antecede.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente resolución a la Gerencia General, a la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, a los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República, y a las demás dependencias que correspondan, así como a los interesados para los fines pertinentes.
Regístrese, comníquese y cúmplase.
DUBERLÍ RODRÍGUEZ TINEO
Presidente del Poder Judicial
ANEXO
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