El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) aprobó, mediante la Resolución Presidencial 264-2025-INPE, la modificación de la directiva de «Clasificación de Internos Procesados y Sentenciados en los Establecimientos Penitenciarios a nivel nacional». La medida incorpora de manera excepcional al Establecimiento Penitenciario de Barbadillo como lugar de reclusión para expresidentes de la República.
Según la norma, la Junta Técnica de Clasificación del Establecimiento Transitorio de Lima podrá disponer que un interno con la condición de expresidente sea ubicado en Barbadillo, alegando razones de seguridad personal, independientemente del régimen penitenciario o del puntaje alcanzado en la evaluación.
La resolución detalla que esta incorporación busca cerrar un vacío legal, ya que hasta la fecha no existía una disposición normativa específica que permitiera asignar a Barbadillo a exmandatarios. Con ello, se busca garantizar un marco jurídico claro y fortalecer la seguridad en la clasificación penitenciaria.
Resolución Presidencial
Instituto Nacional Penitenciario N° 264-2025-INPE/P
Lima, 26 de agosto de 2025
VISTOS; el Oficio N° D000620-2025-INPE-ORL de fecha 26 de agosto de 2025, de la Oficina Regional Lima; el Memorando N° D001163-2025-INPE-DISEPE de fecha 26 de agosto de 2025, de la Dirección de Seguridad Penitenciaria, que contiene el Informe N° D000072-2025-INPE-SDSYT-GNMIC de la Subdirección de Seguridad de Penales y Traslados; el Memorando N° D000923-2025-INPE-DTP de fecha 26 de agosto de 2025, de la Dirección de Tratamiento Penitenciario; el Memorando N° D000636-2025-INPE-OPP de fecha 26 de agosto de 2025, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que contiene el Informe N° D000077-2025-INPE-UOYM de la Unidad de Organización y Métodos; el Memorando N° D000956-2025-INPE-OAJ de fecha 26 de agosto de 2025, de la Oficina de Asesoría Jurídica, que contiene el Informe N° D000103-2025-INPE-OAJ-HIRP; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 147 del Texto Único Ordenado del Código de Ejecución Penal, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2021-JUS, establece que el Instituto Nacional Penitenciario es un organismo público ejecutor rector del Sistema Penitenciario Nacional adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional, administrativa, económica y financiera en el ejercicio de sus atribuciones; constituye un pliego presupuestal;
Que, mediante Resolución Presidencial N° 198-2023-INPE/P de fecha 10 de julio de 2023, se aprobó la Directiva denominada «Clasificación de Internos Procesados y Sentenciados en los Establecimientos Penitenciarios a nivel nacional» (DI-006-2023-INPE-DTP), modificada por las Resoluciones Presidenciales N° 261-2023-INPE/P de fecha 29 de setiembre de 2023 y N° 141-2024-INPE/P de fecha 18 de junio de 2024;
Que, el subnumeral 6.8.1 del numeral 6.8 del punto 6 de la Directiva «Generación de documentos normativos y orientadores en el Instituto Nacional Penitenciario» (DI-010-2021-INPE-OPP), aprobada por Resolución Presidencial N° 256-2021-INPE/P de fecha 13 de octubre de 2021, señala que los órganos y unidades orgánicas competentes revisarán permanentemente la necesidad de modificación o actualización de los documentos normativos u orientadores aprobados, como resultado de cambios normativos, situación de emergencia aprobada, la identificación de alguna inconsistencia o posibilidad de mejora;
Que, la Oficina Regional Lima a través del Oficio N° D000620-2025-INPE-ORL de fecha 26 de agosto de 2025, propone la modificación de la Directiva denominada «Clasificación de Internos Procesados y Sentenciados en los Establecimientos Penitenciarios a nivel nacional», para que se incorpore el Establecimiento Penitenciario de Barbadillo como una ubicación excepcional, para internos en su calidad de expresidentes de la república;
Que, la Dirección de Seguridad Penitenciaria a través del Memorando N° D001163-2025-INPE-DISEPE de fecha 26 de agosto de 2025, eleva el Informe N° D000072-2025-INPE-SDSYT-GNMC de la Subdirección de Seguridad de Penales y Traslados, en el que emite opinión favorable a la propuesta de modificación de la Directiva, enfatizando que el Establecimiento Penitenciario de Barbadillo reúne las condiciones de seguridad para la reclusión de internos con la calidad de expresidentes de la república;
Que, la Dirección de Tratamiento Penitenciario mediante el Memorando N° D000923-2025-INPE-DTP de fecha 26 de agosto de 2025, propone la modificación de la Directiva denominada «Clasificación de Internos Procesados y Sentenciados en los Establecimientos Penitenciarios a nivel nacional», para lo cual eleva una fórmula legal para incorporar al Establecimiento Penitenciario de Barbadillo en el numeral 9.11 del punto 9 de la referida Directiva;
Que, con Memorando N° D000636-2025-INPE-OPP de fecha 26 de agosto de 2025, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° D000077-2025-INPE-UOYM de la Unidad de Organización y Métodos, que emite pronunciamiento favorable acerca de la propuesta de modificación referida a la incorporación del numeral 9.11 del punto 9 de la Directiva denominada «Clasificación de Internos Procesados y Sentenciados en los Establecimientos Penitenciarios a nivel nacional» (DI-006-2023-INPE-DTP), precisando que no implica una actualización de todo el documento normativo ni se trata de una nueva versión;
Que, mediante el Memorando N° D000956-2025-INPE-OAJ de fecha 26 de agosto de 2025, la Oficina de Asesoría Jurídica remite el Informe N° D000103-2025-INPE-OAJ-HIRP, el cual sostiene que la modificación propuesta a la Directiva «Clasificación de Internos procesados y sentenciados en los establecimientos penitenciarios a nivel nacional» (DI-006-2023-INPE-DTP) busca subsanar un vacío legal respecto a la no inclusión del Establecimiento Penitenciario de Barbadillo, por lo que la clasificación en el referido recinto reducirá el margen de discrecionalidad que poseía la Junta Técnica de Clasificación del Establecimiento Transitorio de Lima para recluir o no recluir a los expresidentes de la república;
Que, estando a lo expuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la modificación relativa a la incorporación del numeral 9.11 del punto 9 de la Directiva denominada «Clasificación de Internos Procesados y Sentenciados en los Establecimientos Penitenciarios a nivel nacional» (DI-006-2023-INPE-DTP), aprobada por Resolución Presidencial N° 198-2023-INPE/P de fecha 10 de julio de 2023 y sus modificatorias;
Contando con las visaciones de la Gerencia General, de la Dirección de Tratamiento Penitenciario, de la Dirección de Seguridad Penitenciaria, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y;
De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Código de Ejecución Penal, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2021-JUS, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 015-2003-JUS; el Decreto Supremo N° 009-2007-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario; y la Resolución Suprema N° 088-2025-JUS;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- INCORPORAR, el numeral 9.11 del punto 9 de la Directiva denominada «Clasificación de Internos Procesados y Sentenciados en los Establecimientos Penitenciarios a nivel nacional» (DI-006-2023-INPE-DTP), aprobada por Resolución Presidencial N° 198-2023-INPE/P de fecha 10 de julio de 2023 y sus modificatorias, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
9. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
(…)
9.11 Con relación al literal k) del numeral 6.2 del punto 6 (Disposiciones específicas), la Junta Técnica de Clasificación del Establecimiento Transitorio de Lima, al realizar la clasificación de un interno que haya tenido la condición de ex presidente de la república, excepcionalmente, por razones de seguridad personal debe ubicarlo en el Establecimiento Penitenciario de Barbadillo, independientemente del régimen penitenciario y puntaje alcanzado.
(…)
ARTÍCULO 2.- Mantener subsistentes los demás extremos de la Directiva denominada “Clasificación de Internos Procesados y Sentenciados en los Establecimientos Penitenciarios a nivel nacional” (DI-006-2023-INPE-DTP), aprobada por Resolución Presidencial N° 198-2023-INPE/P de fecha 10 de julio de 2023 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3.- DISPONER, a la Oficina de Sistemas de Información la publicación de la presente resolución, en el portal de transparencia estándar y en el portal institucional del Instituto Nacional Penitenciario .
ARTÍCULO 4.- REMITIR, copia de la presente resolución a la Dirección de Tratamiento Penitenciario, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a la Oficina Regional Lima y a la Oficina de Sistemas de Información, para su conocimiento y fines.
Regístrese y comuníquese
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