Es obligatorio que jueces asistan a actos protocolares por Apertura del Año Judicial y otros [RA 000462-2025-CE-PJ]

La Resolución Administrativa N.° 000462-2025-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a partir de una consulta de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, precisa que es obligatoria la asistencia de jueces y juezas —bajo responsabilidad— a los actos protocolares por la Apertura del Año Judicial y el Día del Juez y de la Jueza, y dispone que dicha decisión sea notificada a las dependencias de la Corte Suprema, presidencias de Cortes Superiores y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fines correspondientes.


CONSEJO EJECUTIVO

Lima, 23 de Diciembre del 2025
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000462-2025-CE-PJ

VISTO:

El Oficio N. 000903-2025-P-CSJMO-PJ cursado por el señor Jorge Guillermo Fernández Ceballos, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el señor Jorge Guillermo Fernández Ceballos, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, indica que, estando al Acuerdo de Sala Plena N° 027-2025-P-CSJMO-PJ, solicita se disponga se absuelva la siguiente consulta: ¿Los jueces especializados, mixto y de paz letrado están obligados a asistir a la ceremonia de Sala Plena por Apertura del Año Judicial, Dia del Juez y de la Jueza y/o Aniversario Institucional? ¿Cuáles serían los efectos?

Segundo. Que la apertura de año judicial, es una ceremonia protocolar que da inicio a la gestión judicial del año. El día del Juez y de la Jueza es el acto protocolar por el cual se rememora la obra de los magistrados peruanos que han contribuido a la correcta administración de justicia y al progreso de la cultura jurídica del pals.

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Tercero. Que, el articulo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N. 1673-2025 de la quincuagésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de diciembre de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Primero. Disponer que es obligatoria la concurrencia de jueces y juezas, bajo responsabilidad, a los actos protocolares que se realicen por celebración de los dias de Apertura del Año Judicial y Dia del Juez y de la Jueza.

Segundo. Notificar la presente resolución a las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Secretaria General y la Oficina de Administración de la mencionada Corte Suprema, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del pals, y a la Gerencia General del Poder Judicial; para su conocimiento y fines pertinentes.

Registrese, comuniquese y cúmplase.

Documento firmado digitalmente
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JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo

 

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