El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 declaró improcedente la candidatura de Mario Vizcarra a la Presidencia, tras declarar fundadas las tachas presentadas en su contra por una condena por el delito de peculado. La decisión alcanza a toda la fórmula presidencial presentada por Perú Primero para las Elecciones Generales 2026.
De acuerdo con los antecedentes del caso, el 26 de diciembre de 2025 el JEE admitió a trámite la fórmula presidencial de Perú Primero, iniciándose desde el día siguiente el periodo de tachas. Durante ese plazo, se presentaron tres tachas contra Vizcarra Cornejo, las cuales fueron tramitadas en los expedientes EG.2026018017, EG.2026017920 y EG.2026018019.
En el Expediente EG.2026018017, un ciudadano sostuvo que el candidato se encontraba impedido de postular. De acuerdo con el documento:
Presentó tacha contra Mario Enrique Vizcarra Cornejo, candidato al cargo de la Presidencia de la República por la organización política Partido Político Perú Primero; este pedido fue declarado inadmisible, otorgándole el plazo de un (1) día hábil para que subsane la omisión, lo que fue cumplido el 31 de diciembre de 2025, por lo que la tacha se admitió con Resolución 00001-2026-JEE-LIC1/JNE, del 2 de enero de 2026.
El 2 de enero de 2026, mediante casilla electrónica se comunicó la tacha al personero legal titular de la citada organización política, quien, mediante escrito del 3 de enero de 2026, absolvió el traslado de la tacha dentro del plazo otorgado; encontrándose el procedimiento expedito para emitir el pronunciamiento.
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Las otras tachas presentadas siguieron el mismo trámite administrativo, siendo inicialmente declaradas inadmisibles por omisiones formales y luego admitidas tras su subsanación dentro del plazo legal. Una vez culminado el procedimiento y con los descargos de la organización política incorporados al expediente, el JEE consideró que el caso se encontraba expedito para pronunciamiento.
En consecuencia, y en aplicación del literal a) del numeral 40.2 del artículo 40 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de candidatos para las Elecciones Generales 2026, el JEE determinó:
En aplicación del literal a) del numeral 40.2 del artículo 40 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de candidatos para las Elecciones Generales 2026, corresponde declarar improcedente la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos a la presidencia y las vicepresidencias de la República presentada por la organización política Partido Político Perú Primero, en el marco de las Elecciones Generales 2026.
ELECCIONES GENERALES 2026
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 1
RESOLUCIÓN N° 00065-2026-JEE-LIC1/JNE
EXPEDIENTE N.°
EG.2026018017
EG.2026017920
EG.2026018019
Lima, 3 de enero de 2026
VISTOS: Los descargos presentados el 31 de diciembre de 2025, y el 01 y 03 de enero de 2026, por don José Luis Alvarado Gonzales, personero legal titular de la organización política Partido Político Perú Primero, en atención a las tachas presentadas contra el ciudadano Mario Enrique Vizcarra Cornejo, quien postula como candidato de su organización política a la presidencia de la República; en el marco de las Elecciones Generales 2026; y,
PRIMERO. ANTECEDENTES
1. El día 26 de diciembre de 2025, mediante Resolución N.° 08797-2025-JEE-LIC1/JNE este Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 (JEE) admitió a trámite la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, presentada por la organización política Partido Político Perú Primero; la resolución fue publicada en la misma fecha, con lo cual, a partir del día siguiente se inició el periodo de tachas.
2. Expediente N.° EG.2026018017: Con escrito del 29 de diciembre de 2025, el ciudadano XXXX presentó tacha contra Mario Enrique Vizcarra Cornejo candidato al cargo de la Presidencia de la República, por la organización política Partido Político Perú Primero, la que fue admitida a trámite mediante Resolución N.° 008887-2025- JEE-LIC1/JNE, del 30 de diciembre de 2025.
[Continúa…]




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