Divorcio por abandono injustificado: ¿quién tiene la carga de la prueba?

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El Pleno Jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla en materia de Familia, se realizó en noviembre de 2018. Se debatieron dos temas puntuales, a saber:

  • La carga probatoria en los procesos de divorcio por causal de abandono injustificado.
  • Durante la ejecución de una medida socioeducativa no privativa de la libertad en un proceso de infracción penal, el juez puede incorporar el tratamiento desadictivo como medida alternativa.

ACTA DEL PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL DE FAMILIA

En el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, siendo las ocho y treinta horas de la mañana del día veintinueve de noviembre del año dos mil dieciocho, se reunieron en el Auditorio de la sede de Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, bajo la presidencia de la Sra. Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, Ora. Olga Udla Inga Michue, del Sr. Presidente de la Comisión Distrital de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales para el año dos mil diecisiete, de esta Corte Superior de Justicia, Dr. Walter Bduardo Campos Murillo, y del Sr, Presidente de la Comisión Organizadora del Pleno Distrital de Familia, Dr. Chrlstlan Arturo Hernández Alarcón; así como los Sres. Magistrados que a continuación se detallan, con el objeto de llevar adelante el Pleno Jurisdiccional Distrital en materia Laboral, programado para el día de la fecha:

Participantes Funcionarios Asistencia
Dra. Brizalina Carrasco Alvarez Juez Superior Titular (Jefa de ODECMA de Ventanilla) SI
Dr. Flaviano Ciro Llanos Laurente Juez Superior Titular (Sala Civil de Ventanilla) SI
Dr. Jorge Luis Pajuelo Cabanillas Juez Superior Titular (Sala Civil Ventanilla) SI
Dr. Erwin Maximiliano García Matallana Juez Superior Titular

(Sala Laboral de Ventanilla)

SI
Dra. Miryam Rosemarie Ordoñez Zavala Jueza Superior Provisional (Sala Laboral de Ventanilla) SI
Dr. Ricardo Jonny Moreno Ccancce Juez Especializado Titular (Primer Juzgado Civil de Ventanilla) SI
Dra. Mana Otárola Paredes Juez Especializado Supernumeraria (Segundo Juzgado Civil de Ventanilla) SI
Dra. Estela Alejandrina Solano                  Alejos Juez Especializado Titular (Tercer Juzgado Civil de Ventanilla) SI

 

Dra. Yolanda Petronila Campos Sotelo Juez Especializada Provisional (Juzgado Civil de Mi Perú) SI
Dr. Roy Esteban Alva Navarro Juez Especializada Titular (Juzgado Civil de Pachacutec) SI
Dra. Katherine La Rosa Castillo Juez Especializada Titular (Primer Juzgado de Familia de Ventanilla) Si
Dra. Yessica Paola Viterí Valiente Juez Especializada Titular (Segundo Juzgado de Familia de Ventanilla) SI
Dra. Luzmila Becerra Alvarado Juez de Paz Letrado Supernumeraria (Primer Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla) SI
Dra. Dina Bendezu Muñoz Juez de Paz Letrado Supernumeraria (Juzgado de Paz Letrado de Mi Perú) SI
Dra. Ángela Rengifo Carpió Juez de Paz Letrado Titular

(Juzgado de Paz Letrado de Pachacútec)

SI

Acto seguido, el Sr. Presidente de la Comisión Organizadora del Pleno Distrital de Familia comunicó los temas que será puestos a consideración de la sesión plenaria, los mismos que se les hizo conocer oportunamente a través de las carpetas de trabajo que para el efecto se les alcanzó, tras lo cual se procedió a escuchar las disertaciones académicas que están a cargo de diversos especialistas en las materias bajo análisis.

A continuación, el Sr. Presidente de la Comisión Distrital de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales informó que se procederá a la conformación de dos grupos de trabajo, cada uno de los cuales deberán elegir a un Presidente del grupo así como a un Secretario y a un Relator, responsables de someter al debate y deliberación cada uno de los temas objeto de este Pleno Juridiccional, y luego , previa ponencia de su posición o postura, alcanzar las conclusiones a las que hubieran arribado.

Luego de ello, el Sr. Presidente de la Comisión Distrital de Actos Preparatorios de los Plenos Juridiccionales exhortó a los Magistrados a iniciar el debate con el compromiso y la responsabilidad que ello amerita, en aras de !a eficaz y eficiente consecución de los objetivos y fines a los que se orienta.

Siendo las once y treinta horas de la mañana, el Sr. Presidente en alusión dio inicio al debate correspondiente, concediéndose el lapso de una hora y media para el análisis y debate respectivo.

A las dos y treinta horas de la tarde, se dio inicio a la exposición de los Relatores de cada grupo respecto de los acuerdos arribados. Culminados los mismos se procedió a emitir la votación en la cual sólo participan los Jueces Superiores presentes, siendo que el Presidente de Ja Comisión Distrital de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales, de acuerdo a lo establecido en la Guía Metodológica de Plenos Jurisdiccionales aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, tiene voto dirimente de presentarse empate en la votación (Total: siete Jueces Superiores votantes, de los cuales uno de ellos, es un Juez Superior dirimente), quedando en consecuencia tras las deliberaciones efectuadas, la siguiente síntesis:

TEMA I:

LA CARGA PROBATORIA EN LOS PROCESOS DE DIVORCIO POR CAUSAL DE ABANDONO INJUSTIFICADO

Posición 01: Quien invoca el abandono injustificado, debe acreditar tanto la materialización del retiro del hogar como que éste es injustificado.

Posición 02: Quien invoca el abandono debe acreditar el hecho material de alejamiento, debiendo por su parte el cónyuge que se retira acreditar a su vez, que tuvo causa justificada.

De acuerdo a las conclusiones arribadas por cada uno de los grupos de trabajo conforme a las Actas de Acuerdo de Grupo respectivas (las mismas que forman parte integrante de la presente acta), se reflejó el siguiente resultado:

Grupo I: Posición 1 por mayoría.
Grupo II: Posición 2 por mayoría.

VOTACIÓN DEL PLENARIO POR LOS MAGISTRADOS SUPERIORES:

Posición 1: 05 VOTOS (Brizalina Carrasco Álvarez, Jorge Luis Pajuelo Cabanillas, Flaviano Ciro Llanos Laurente, Myriam Rosemarie Ordoñez Zavala y Erwin Maximiliano García Matellana).
Posición 2: 02 VOTOS (Christian Arturo Hernández Alarcón y Walter Eduardo Campos Murillo).

ACUERDO: Aprobada por mayoría la Posición 1.

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