Cronograma de la malla curricular 2024 para los jueces de paz [RA 000108-2024-CE-PJ]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 9 de abril de 2024.

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A través de la Resolución Administrativa 000108-2024-CE-PJ, el Poder Judicial aprueba el cronograma de la malla curricular para el 2024 para los jueces de paz.


Aprueban el cronograma de la malla curricular para el 2024, dirigida a los señores jueces y juezas de paz del país

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000108-2024-CE-PJ

Lima, 5 de abril del 2024

VISTO:

El Oficio Nº 000012-2024-CR-ONAJUP-CE-PJ cursado por el señor Johnny Manuel Cáceres Valencia, Consejero Responsable de la Justicia de Paz y Justicia Indígena.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena es la dependencia encargada de la formulación, planificación, gestión, ejecución y evaluación de las actividades que ejecuta el Poder Judicial, para el desarrollo y fortalecimiento de la Justicia de Paz en el país. A lo establecido por esta norma se añade la obligación que establece el artículo 58, numeral 3), de la Ley Nº 29824, Ley de Justicia de Paz, el cual determina que la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena es quien diseña los planes nacionales de capacitación dirigidos a los jueces de paz.

Segundo. Que, durante los últimos años, la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, con apoyo de las Oficinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz, ha gestionado la colaboración interinstitucional para organizar y ejecutar capacitaciones en diversas materias según las necesidades y demandas de los jueces de paz; sin embargo, esto se traducía en contenidos no estandarizados y/o sin tomar en cuenta la etapa de evaluación de las capacitaciones, por lo que no se podía conocer el impacto real en el desempeño posterior de funciones de los jueces y juezas de paz. En esta línea, se emitió la Resolución Administrativa Nº 000214-2021-CE que aprobó el “Plan de Capacitación y Matriz Integral para la Capacitación de Jueces de Paz para el 2021”, esta herramienta proporcionó las directrices a partir de las cuales, los coordinadores de las Oficinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz desarrollaron sus actividades, en coordinación con actores de diversas instituciones públicas y de la sociedad civil.

Tercero. Que, en el marco de lo señalado, para el año 2024, la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena ha diseñado y elaborado contenidos para diversos cursos de Justicia de Paz, teniendo como objetivo que los jueces y juezas de paz cuenten con conocimientos fortalecidos en diversas materias de sus competencias, en base a conceptos estandarizados, y establecidos en una malla curricular anual, pero que, a su vez, puedan ser adaptados a las realidades particulares de cada distrito judicial. El plan académico cuenta con unidades, módulos y temas que abordan las nociones básicas de la justicia de paz, sus competencias, el régimen administrativo disciplinario de los jueces de paz, los conocimientos complementarios necesarios respecto a herramientas de soporte y materias especializadas.

Cuarto. Que, se ha previsto que el desarrollo de los eventos de capacitación cuenten adicionalmente con la elaboración de contenidos especializados, a partir de la coordinación con instituciones rectoras como el Consejo del Notariado, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, la Dirección de Rondas Campesinas del Ministerio del Interior, la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, jueces y juezas; así como otros profesionales expertos.

Quinto. Que, considerando el perfil de los jueces de paz, que en su mayoría superan los 50 años, muchos de ellos no cuentan con instrucción superior y provienen de diversos contextos socio-culturales, con brechas de acceso al idioma y a la tecnología; por lo tanto, se ha considerado una estrategia de capacitación muy diversificada a fin de cubrir al mayor número de jueces y juezas de paz por distrito judicial; en este sentido, se propone tanto actividades presenciales, como charlas virtuales sincrónicas y asincrónicas, la difusión de recursos virtuales temáticos (videos y audios cortos enviados por redes sociales y canales virtuales); recursos que se pondrán a disposición de cada Corte Superior de Justicia para que sean remitidos y masificados según las necesidades y nivel de acceso.

Sexto. Que, el diseño, elaboración y ejecución de los cursos a nivel nacional es una tarea que se realizará a lo largo del año 2024, por cuanto se ha considerado una malla curricular completa diseñada con el apoyo y asistencia técnica del Centro de Investigaciones Judiciales, específicamente, en cuanto a la pertinencia metodológica, estrategias de evaluación, estrategias didácticas y tecnológicas, uso de plataformas virtuales, constancias o acreditaciones. Así se ha considerado las siguientes actividades de capacitación a nivel nacional:

– “Función Notarial de los Jueces y Juezas de Paz, Desafíos y Oportunidades” – I Jornada Nacional de capacitación”.

– “Violencia contra la Mujer y Grupo Familiar; Procesos de alimentos y procesos derivados; Flagelos Sociales”.

– “SISJUPAZ aliado estratégico, tecnología al alcance de la Justicia de Paz en el Perú”.

– “Régimen Administrativo y Procesos Disciplinarios a Jueces de Paz, previniendo sanciones y destituciones”.

– “Derechos Humanos, articulación entre los sistemas de justicia (ordinaria e indígena) justicia con enfoque intercultural”.

Sétimo. Que, en ese contexto, mediante Oficio Nº 000012-2024-CR-ONAJUP-CE-PJ el señor Consejero Responsable de la Justicia de Paz y Justicia Indígena, propone a este Órgano de Gobierno la realización de las referidas jornadas de capacitación, señalando que se prevé como alcance a 1650 jueces de paz capacitados en forma presencial, a razón de 50 jueces de paz en cada Corte Superior de Justicia; asimismo, pretende alcanzar a un aproximado de 2000 jueces de paz adicionales que podrán conectarse en forma sincrónica; y, finalmente en forma asincrónica se pretende llegar a los 2350 jueces de paz.

Octavo. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación de las referidas jornadas de capacitación.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 505-2024 de la décima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de abril de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el cronograma de la malla curricular para el 2024, dirigida a los señores jueces y juezas de paz del país; con cargo a la disponibilidad presupuestal:

TEMA

FECHA

PRIORIZACION

Tema 1: Desarrollado con presupuesto de la ONAJUP

“Función Notarial de los Jueces y Juezas de Paz, Desafíos y Oportunidades” – I Jornada Nacional de capacitación

22 al 30 de abril de 2024

Priorización 1: Mayor casos de sanciones, con aplicación de medidas disciplinarias y destituciones de Jueces de Paz

Tema 2: Desarrollado con presupuesto de la Gerencia General

“Violencia contra la Mujer y Grupo Familiar; Procesos de alimentos y procesos derivados; Flagelos Sociales”

17 al 21 de junio del 2024

Priorización 2: Incremento en la incidencia de estos procesos

Tema 3: Desarrollado con financiamiento de Cooperación Técnica

“SISJUPAZ aliado estratégico, tecnología al alcance de la Justicia de Paz en el Perú”

19 al 23 de agosto de 2024

Priorización 3:

Concluye el desarrollo y despliegue del Sistema informático SISJUPAZ.

Tema 4: Desarrollado con presupuesto de la Gerencia General

“Régimen Administrativo y Procesos Disciplinarios a Jueces de Paz, previniendo sanciones y destituciones”

21 al 25 de octubre de 2024

Priorización 4:

Necesidad de acciones preventivas

Tema 5: Desarrollado con presupuesto de la Gerencia General

“Derechos Humanos, articulación entre los sistemas de justicia (ordinaria e indígena) justicia con enfoque intercultural”

09 al 13 de diciembre de 2024

Priorización 5:

Justicia con enfoque intercultural, alinear los sistemas de justicia en el páis.


Artículo Segundo.- 
Establecer que la referida actividad se llevará a cabo con el presupuesto que la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena transferirá a las Oficinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz; así como el presupuesto de la cooperación técnica y de la Gerencia General del Poder Judicial, según disponibilidad; conforme a lo expuesto en el cuadro del artículo precedente.

Artículo Tercero.- Disponer que las presidencias y diversas áreas administrativas de las Cortes Superiores de Justicia brinden el apoyo necesario a las Oficinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz, en cuanto a la asignación de uso de auditorios, cobertura de imagen y prensa, atención logística y finanzas, elaboración y/o impresión de materiales; entre otros servicios y diligencias necesarias, según el plan de trabajo que elaboró la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena.

Artículo Cuarto.- Requerir a la Gerencia de Imagen y Comunicaciones de la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Subgerencia del Canal de Información Judicial – Justicia TV, brinden apoyo a la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena y a las Oficinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz a nivel nacional, en la difusión del evento.

Artículo Quinto.- Notificar la presente resolución a la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Cortes Superiores de Justicia del país, Gerencia de Imagen y Comunicaciones, Subgerencia del Canal de Información Judicial – Justicia TV; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente

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