La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) realizó hoy en sus oficinas descentralizadas los sorteos de los miembros de mesa para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, que se desarrollarán el próximo 26 de enero de 2020.
Los sorteos se realizaron simultáneamente en las 60 oficinas descentralizadas, las que tienen por encargo publicar la lista provisional en cada una de sus sedes y lugares públicos. Los ciudadanos tienen tres (3) días hábiles para presentar eventuales tachas contra algunos de ellos por los impedimentos dispuestos en el artículo 57 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
Según esta norma, no pueden ser miembros de mesa los candidatos y personeros de las organizaciones políticas, los funcionarios y empleados de los organismos electorales que conforman el Sistema Electoral ni los miembros del Ministerio Público que, durante la jornada electoral, realizan funciones relacionadas con la prevención e investigación de los delitos electorales.
Tampoco pueden ejercer este cargo los funcionarios de la Defensoría del Pueblo que realizan supervisión electoral, las autoridades políticas, las autoridades o representantes provenientes de elección popular, así como los ciudadanos que integren los comités directivos de las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones, entre otros.
El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo que el ciudadano tenga un grave impedimento físico o mental, la necesidad de ausentarse del país o ser mayor de 70 años.
La Oficina Descentralizada de Procesos Electorales Lima Centro 2, que coordinará con el Ministerio de Relaciones Exteriores el proceso para los peruanos residentes en el extranjero, realizó su instalación y sorteo de miembros de mesa en la sede central de la Onpe.
Cuando ingrese le aparecerá un recuadro donde podrá ingresar sus datos y el texto de la imagen que aparece. Una vez completados los datos, dé clic en «consultar«, y sabrá si es miembros de mesa.
Multas electorales
La multa por no votar en estas elecciones, de acuerdo con la Resolución 3222-2018-JNE, son:
| Lugar de residencia | Multa |
|---|---|
| Distrito no pobre | S/ 84.00 |
| Distrito pobre no extremo | S/ 42.00 |
| Distrito pobre extremo | S/ 21.00 |
En caso sea miembro de mesa, y no cumpla con asistir, la multa será la siguiente:
| Miembro de mesa | Multa |
|---|---|
| Titular | S/ 210.00 |
| Suplente | S/ 210.00 |
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