Artículo 692.- Formalidad del Testamento de analfabetos
Los analfabetos pueden testar solamente en escritura pública, con las formalidades adicionales indicadas en el artículo 697.
Concordancias
CC: arts. 696, 697.
Jurisprudencia del artículo 692 del Código Civil
-
Corte Superior
- Testamento cerrado es nulo si testadora no podía firmar por ser analfabeta y tener grado de instrucción primero de primaria [Exp. 33709-2003-0]. Link: lpd.pe/kPAqw
-
Tribunal Registral
- Procede inscribir ampliación de testamento de analfabeta, aunque en la escritura pública no se haya indicado expresamente la doble lectura [Resolución 416-2018-Sunarp-TR-T]. Link: lpd.pe/0xzjd
- No procede inscribir testamento otorgado por analfabeto si no se realizó la doble lectura [Resolución 587-2011-Sunarp-TR-A]. Link: lpd.pe/k5GZX
- No procede inscribir testamento otorgado por persona analfabeta si no consta que fue leído dos veces [Resolución 678-2019-Sunarp-TR-A]. Link: lpd.pe/pmoRm
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Comentarios:
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