Artículo 45.- Presupuestos para fundamentar y determinar la pena*
El juez, al momento de fundamentar y determinar la pena, tiene en cuenta:
a. Las carencias sociales que hubiese sufrido el agente o el abuso de su cargo, posición económica, formación, poder, oficio, profesión o la función que ocupe en la sociedad.
b. Su cultura y sus costumbres.
c. Los intereses de la víctima, de su familia o de las personas que de ella dependan, así como la afectación de sus derechos y considerando especialmente su situación de vulnerabilidad.
*Artículo modificado por los siguientes dispositivos:
- Ley 30076, publicada el 19 de agosto de 2013 (link: bit.ly/44KHMrq).
- Ley 30364, publicada el 23 de noviembre de 2015 (link: bit.ly/45f4SXg).
Concordancias
C: arts. 2.19, 89, 139.8, 149; CP: arts. IX, 15, 28, 46.
Jurisprudencia del artículo 45 del Código Penal
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Corte Suprema
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- [NUEVO] Violación: No se puede reducir la pena del sujeto que tiene un hijo con su víctima si no existe una unidad familiar, una relación convivencial estable y un cumplimiento a la obligación de manutención [Casación 2010-2019, Del Santa]. Link: lpd.pe/pEBPb
- NUEVO: Se debe reducir la pena del sujeto que se casó y formó una familia con la víctima de violación sexual
[RN 1458-2022, Madre de Dios]. Link: lpd.pe/2P8dP - Solicitud de terminación anticipada no tramitada por la fiscalía constituye un factor para disminuir la pena [RN 976-2022, Lima Sur]. Link: bit.ly/43l9rxC
- NUEVO: La condición de analfabeto habilita una reducción de pena por debajo del mínimo legal [RN 1747-2021, CSNJ Penal Especializada]. Link: lpd.pe/kjXNb
- La determinación judicial de la pena no se agota con un análisis legal tasado de la pena, puesto que no es posible dejar de lado los principios básicos para su determinación [RN 2428-2018, Lima]. Link: bit.ly/3GLrN2A
- Las carencias sociales no fundamentan una rebaja por debajo del mínimo legal [RN 1034-2018, Lima Norte]. Link: bit.ly/41MHKxC
- Interés superior del niño como circunstancia atenuante privilegiada y disminución de punibilidad [RN 761-2018, Apurímac]. Link: bit.ly/3lwQQig
- La condición de «abogado» del imputado hace más grave la entidad del injusto penal [RN 2839-2016, Lima Norte]. Link: bit.ly/3BfpTUo
- NUEVO: La ausencia de carencias sociales no opera como una razón para incrementar la pena [Apelación 177-2023, Ica]. Link: lpd.pe/2118Q
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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