Artículo 418.- Prevaricato*
El Juez o el Fiscal que dicta resolución o emite dictamen, manifiestamente contrarios al texto expreso y claro de la ley, o cita pruebas inexistentes o hechos falsos, o se apoya en leyes supuestas o derogadas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años.
Asimismo, el Juez o el Fiscal que, incumpliendo dolosamente sus deberes funcionales, ordena o dispone la libertad de una persona detenida en flagrancia por la Policía Nacional del Perú o detenida por arresto ciudadano por la comisión de delitos cuya pena privativa de libertad es mayor de cinco años, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de doce años.
* Artículo modificado por los siguientes dispositivos:
- Ley 28492, publicada el 12 de abril de 2005 (link: bit.ly/44U13qr).
- Ley 32182, publicada el 11 de diciembre de 2024 (link: lpd.pe/kMEYw).
Concordancias
C: arts. 138, 139.4.5.9, 140-142, 158. 159, 200; CP: arts. 12, 29, 57-62, 92, 93, CPC: arts. 118, 145, 509-511, 513; NCPP: arts. 261, 286; CC: arts. VI.
Jurisprudencia del artículo 418 del Código Penal
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Corte Suprema
- Tres conductas típicas del prevaricato: De puro derecho, fáctico y por fundamentación normativa ficticia [Casación 684-2016, Huaura]. Link: bit.ly/3GqaQKT
- Disposición fiscal es objeto del delito de prevaricato, en tanto, es el equivalente a la resolución del juez [Casación 684-2016, Huaura]. Link: bit.ly/43gej8l
- Prevaricato: Interpretación del elemento típico «manifiestamente contrario al texto expreso y claro de la ley» [Casación 684-2016, Huaura]. Link: bit.ly/3zIA57a
- Fundamento de punición en el delito de prevaricato [RN 1697-2019, Sala Penal Especial]. Link: bit.ly/40KKQlx
- No configura prevaricato que juez en una sentencia inobserve jurisprudencia [RN 273-2018, Huánuco]. Link: bit.ly/42RrZpr
- NUEVO: Comete prevaricato de derecho el juez que resuelve una medida cautelar cuando carecía de competencia territorial, habiendo una norma clara y expresa [Apelación 195-2023, Apurímac]. Link: lpd.pe/0EmZq
- NUEVO: El prevaricato es un delito de lesión del bien jurídico, independientemente del perjuicio que pueda causar a los afectados por la decisión prevaricadora [Apelación 239-2023, Loreto]. Link: lpd.pe/0e7q5
- NUEVO: Comete prevaricato aquel juez que emite resolución distanciándose de lo resuelto por el superior en grado [Apelación 110-2023, Huaura]. Link: lpd.pe/28Dew
- Juez que se avoca a conflictos sin estar autorizado comete prevaricato aunque no haya sido cuestionado por las partes [Apelación 48-2022, Amazonas]. Link: bit.ly/3OjRDz4
- NUEVO: Jueza que fundamenta su sentencia en normas derogadas tácitamente comete prevaricato [Apelación 101-2021, Áncash]. Link: lpd.pe/2yEPo
- El bien jurídico y el objeto material del delito de prevaricato [Apelación 8-2020, Huancavelica]. Link: bit.ly/3Kktghh
- Si bien contravenir la jurisprudencia per se no es delito de prevaricato, se debe evaluar el comportamiento procesal del juez [Apelación 8-2020, Huancavelica]. Link: bit.ly/414VxyW
- [NUEVO] Prevaricato: Juez que por carga laboral emite una resolución sin revisar el contenido y lo corrige —aunque sea después de la denuncia— revela una falta de dolo en su actuar [Apelación 7-2019, Madre de Dios]. Link: lpd.pe/2MZyE
- Se configura el prevaricato si se aplica normas derogadas tácitamente [Apelación 8-2019, Loreto]. Link: bit.ly/3ZKOjzf
- Juez en condiciones de conocer que carece de jurisdicción para emitir una resolución en un proceso comete prevaricato [Apelación 6-2018, Ayacucho]. Link: bit.ly/3M7IEya
- Prevaricato: La nulidad de la resolución ilegal no afecta la tipicidad del delito [Apelación 13-2018, Loreto]. Link: bit.ly/42O0BbV
- El perjuicio a las partes no responde como elemento objetivo del delito de prevaricato [Apelación 23-2018, Áncash]. Link: bit.ly/3ZQafcb
- Fiscal que en la calificación de un hecho aplica doctrina «errada» no comete prevaricato [Apelación 07-2018, Sullana]. Link: bit.ly/3mjD9DG
- Prevaricato: Regulación, naturaleza, tipicidad, modalidades y bien jurídico protegido [Apelación 9-2017, Sullana]. Link: bit.ly/454u17u
- Prevaricato: Resolución judicial debe infringir el texto expreso y claro de la ley de modo manifiesto o evidente [Apelación 9-2017, Sullana]. Link: bit.ly/3MrqWHY
- El delito de prevaricato no se configura por culpa, sino por dolo [Apelación 4-2017, Huaura]. Link: bit.ly/3Obqka5
- NUEVO: Juez que realiza una interpretación distinta a la ley no comete prevaricato si no es arbitraria e irracional [Apelación 03-2016, Arequipa]. Link: lpd.pe/0NoVP
- Diferencias entre prevaricato de hecho y de derecho [Apelación 12-2016, Ica]. Link: bit.ly/3KGFBxA
- Resolución contra texto expreso de la ley no es delito de prevaricato si había posibilidad de interpretación alternativa [Apelación 11-2015, Áncash]. Link: bit.ly/3GuBLVQ
- No hay prevaricato si decisión del juez no perjudica a las partes [Apelación 20-2015, Puno]. Link: bit.ly/41H75IQ
- Prevaricato: El error en la argumentación e incorrecto análisis valorativo en la sentencia no demuestra un actuar doloso si no fue decisivo [Apelación 02-2014, Lambayeque]. Link: bit.ly/3pFBppP
- Que resolución prevaricadora no cause perjuicio por ser declarado «nulo» es irrelevante para la consumación del delito [Apelación 04-2014, Lambayeque]. Link: bit.ly/3MdeLNg
- Juez comete prevaricato si admite «amparo contra amparo» desestimado en un proceso anterior y realizado con el debido proceso y la tutela procesal efectiva [Apelación 7-2012, Lambayeque]. Link: bit.ly/3W7dgET
- Juez que confirma una sentencia por daños, pese a que el tipo penal no contempla el actuar culposo (accidente de tránsito), comete prevaricato [Apelación 5-2011, Arequipa]. Link: bit.ly/3BKFjAF
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Derecho comparado
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- Diferencias entre prevaricato por acción y por omisión (Colombia) [Radicación 61868]. Link: bit.ly/3GtkkFc
- Elementos para el presupuesto objetivo y subjetivo del delito de prevaricato (Colombia) [Radicación 56917]. Link: bit.ly/3BrAsUD
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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