Jurisprudencia del artículo 371 del Código Procesal Penal.- Apertura del juicio y posición de las partes

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Artículo 371.- Apertura del juicio y posición de las partes
1. Instalada la audiencia, el Juez enunciará el número del proceso, la finalidad específica del juicio, el nombre y los demás datos completos de identidad personal del acusado, su situación jurídica, el delito objeto de acusación y el nombre del agraviado.

2. Acto seguido, el Fiscal expondrá resumidamente los hechos objeto de la acusación, la calificación jurídica y las pruebas que ofreció y fueron admitidas. Posteriormente, en su orden, los abogados del actor civil y del tercero civil expondrán concisamente sus pretensiones y las pruebas ofrecidas y admitidas. Finalmente, el defensor del acusado expondrá brevemente sus argumentos de defensa y las pruebas de descargo ofrecidas y admitidas.

3. Culminados los alegatos preliminares, el Juez informará al acusado de sus derechos y le indicará que es libre de manifestarse sobre la acusación o de no declarar sobre los hechos. El acusado en cualquier estado del juicio podrá solicitar ser oído, con el fin de ampliar, aclarar o complementar sus afirmaciones o declarar si anteriormente se hubiera abstenido. Asimismo, el acusado en todo momento podrá comunicarse con su defensor, sin que por ello se paralice la audiencia, derecho que no podrá ejercer durante su declaración o antes de responder a las preguntas que se le formulen.


Concordancias

NCPP: arts. 369, 370; CPC: arts. 363, 367, 376.


Jurisprudencia del artículo 371 del Código Procesal Penal

  • Corte Suprema

    1. Alcances y contenido del juicio oral (doctrina legal) [AP 5-2012/CJ-116]. Link: bit.ly/3CYW0tD
    2. Implicancias del derecho a guardar silencio en juicio oral [Casación 1462-2017, Lambayeque]. Link: bit.ly/3HUIsPy
    3. Principio acusatorio: alegato del fiscal no puede variar la «identidad esencial» de la acusación, pero sí el «extremo objetivo» [Casación 234-2017, La Libertad]. Link: bit.ly/3ANALZm
    4. NUEVO: En el alegato preliminar el juez puede pedir al fiscal que aclare los hechos de la imputación [Casación 758-2023, Puno]. Link: lpd.pe/0qy7Q
  • Corte Superior 

    1. No es posible leer la declaración previa del acusado al inicio del debate probatorio [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Moquegua, 2017]. Link: bit.ly/3cWPyJd
  • Tribunal Constitucional

    1. Juez no puede presumir el silencio del imputado como una aceptación tácita [Exp. 003-2005-PI/TC]. Link: bit.ly/3wZfRoK
  • Tribunal Europeo de Derechos Humanos 

    1. Derecho del acusado a guardar silencio nunca puede ser usado en su contra [John Murray vs. Reino Unido]. Link: bit.ly/3RhhEhl

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