Artículo 330.- Investigación preliminar*
1. La investigación preliminar del delito está a cargo de la Policía Nacional del Perú con la conducción jurídica del Fiscal.
2. La investigación preliminar tiene por finalidad inmediata realizar los actos urgentes o inaplazables destinados a determinar si han tenido lugar los hechos objeto de conocimiento y su delictuosidad, así como asegurar los elementos materiales de su comisión, individualizar a las personas involucradas en los hechos, incluyendo a los agraviados, y, dentro de los límites de la Ley, asegurarlas debidamente; y como finalidad mediata investigar los hechos identificando, ubicando, capturando o citando a los presuntos autores y demás partícipes del hecho delictivo, a efectos de ponerlos a disposición del Fiscal con el informe policial respectivo para que este decida sobre la formalización de la Investigación Preparatoria.
3. El Fiscal o la Policía, al tener conocimiento de un delito de ejercicio público de la acción penal, podrá constituirse inmediatamente en el lugar de los hechos con personal policial y medios especializados necesarios y efectuar un examen con la finalidad de establecer la realidad de los hechos y, en su caso, impedir que el delito produzca consecuencias ulteriores y que se altere la escena del delito.
* Artículo modificado por la Ley 32130, publicada el 10 de octubre de 2024, que modificó los tres numerales y el rótulo que antes se denominaba «Diligencias Preliminares» (link: lpd.pe/Xe7Bw). En el numeral 1, se indica que ahora es la Policía quien se encarga de la investigación preliminar. En el numeral 2, se señala que la Policía es quien identifica y captura a los presuntos autores para colocarlos a disposición del fiscal con un informe policial. Finalmente, en el numeral 3, se señala que el fiscal y la Policía comparten funciones.
Concordancias
C: art. 159.4; NCPP: art. 65.2.
Jurisprudencia del artículo 330 del Código Procesal Penal
-
Corte Suprema
-
- NUEVO: El Estado tiene la obligación de explorar todas las líneas investigativas posibles que permitan la identificación de los autores del delito, además que el estándar exigido no se debe limitar únicamente a valorar el testimonio de la víctima, sino que puede recurrirse a otros medios de prueba que logren acreditar la violencia sexual incriminada [RN 668-2025, Lima Sur, f. j. 10]. Link: lpd.pe/E3rLe
- Concepto de «actos urgentes e inaplazables» (caso Keiko Fujimori y Mark Vito) [Casación 528-2018, Nacional]. Link: bit.ly/3nRb6ca
- Diligencias preliminares: si no existe imputación concreta, no se interrumpe prescripción de la acción penal (doctrina jurisprudencial) [Casación 347-2011, Lima]. Link: bit.ly/3yTmnyE
- NUEVO: Principio de conservación: Las diligencias efectuadas fuera del plazo de la investigación preliminar ostentan validez [Apelación 51-2024, Corte Suprema]. Link: lpd.pe/pxVMd
- NUEVO: Es posible postular la garantía del ne bis in idem en diligencias preliminares [Apelación 284-2023, Corte Suprema]. Link: lpd.pe/kg74r
- NUEVO: Es inutilizable el acta fiscal levantada antes de que se disponga diligencias preliminares o sin justificar la ausencia de los sujetos procesales [Apelación 37-2022, Suprema]. Link: bit.ly/3o7CmH2
- Hechos graves y de especial relevancia social justifican investigación preliminar (caso Pedro Castillo) [Apelación 131-2022, Corte Suprema]. Link: bit.ly/3Gz8dqZ
- No es posible excluir las diligencias realizadas por falta de notificación si a la fecha la investigada no tenía tal condición [Apelación 99-2021, Selva Central]. Link: lpd.pe/0BVRY
- Estar intervenido o en custodia policial significa estar «detenido» [Apelación 11-2019, Cusco]. Link: bit.ly/3aO9JIc
- Fiscal puede ordenar a la policía a que detenga a una persona dentro del margen legal [Apelación 11-2019, Cusco]. Link: bit.ly/3zpdBsR
- Declaración previa a la apertura de diligencias preliminares no constituye acto de investigación, sino de «averiguación» (caso Pedro Castillo) [Expediente 00022-2022-1]. Link: bit.ly/3encpOn
-
Corte Superior
-
- Imputación necesaria: no es exigible un relato «circunstanciado y pormenorizado» de los hechos en diligencias preliminares (Luis Galarreta) [Exp. 00303-2021-1]. Link: bit.ly/3RnJ0Cu
- En diligencias preliminares, se exige una imputación mínima no defectuosa (caso César Acuña) [Exp. 17-2021-1]. Link: bit.ly/3ACBspL
- Diligencias preliminares: interrogatorio a perito debe estar bajo dirección fiscal y plasmado en un acta [Exp. 00029-2017-50]. Link: bit.ly/3cKJza5
- No es necesario ningún formalismo previo para la participación de abogados en actos urgentes e inaplazables, basta el consentimiento [Exp. 00074-2015-37]. Link: bit.ly/3c1X8kZ
-
Tribunal Constitucional
-
- NUEVO: La «investigación preliminar» está a cargo de la PNP (dirige acciones operativas, logísticas, técnicas y criminalísticas) bajo la conducción jurídica del MP; mientras que la «investigación preparatoria formalizada» es de competencia del MP con el auxilio operativo de la PNP [Exp. 00006-2024-PI/TC y Exp. 00014-2024-PI/TC (acumulados), f. j. 196]. Link: lpd.pe/NVQ7p
- No toda denuncia o noticia criminal puede dar lugar a diligencias preliminares [Exp. 2466-2013-PA/TC]. Link: lpd.pe/0bO19
- NUEVO: El cómputo del plazo razonable del proceso penal comienza a correr desde el primer acto del proceso dirigido contra el investigado [Exp. 00295-2012-PHC/TC]. Link: bit.ly/3pJWYFZ
-
Derecho comparado
-
- NUEVO: Existe un deber «reforzado» de investigar los hechos que perturben el libre ejercicio del derecho a la información (España) [STC 124/2022]. Link: bit.ly/3IbX4wg
-
Legislación
-
- Manual para el desarrollo del plan de investigación [RFN 1700-2013-MP-FN]. Link: bit.ly/3DaqadQ
- NUEVO: Ley que regula la intervención de la Policía y el Ministerio Público en la Investigación Preliminar del Delito [Ley 27934]. Link: bit.ly/3pR3kU7
![[VÍDEO] Inicio de juicio oral contra Rospigliosi por presunta difamación en agravio de Delia Espinoza](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-GENERICO-DELIA-ROSPIOGLIOSI-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIVO] César Nakazaki defiende a Adrián Villar en audiencia de prisión preventiva](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER-GENERICO-nagazakiyvillar-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Fiscal que recepciona dinero por concepto de reparación civil, tras una diligencia de principio de oportunidad y no ejecuta ninguna acción para garantizar su depósito, comete peculado por apropiación [Apelación 386-2024, La Libertad, ff. jj. 7-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La notificación electrónica de Sunafil es válida únicamente si se envían alertas por correo o mensajería cada vez que se deposite un documento [Casación 15095-2023, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/notificacion-electronica-LPDerecho-218x150.jpg)
![Juez de familia que adopta una medida de protección a favor de un menor, dentro de su jurisdicción y motivada por un riesgo inmediato de maltrato, no configura usurpación de funciones, pues no hubo sustitución funcional [Apelación 75-2025,Huancavelica, f. j. 10-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)
![La omisión impropia por incumplimiento de un deber de garante por salvamento se produce cuando del ámbito de organización del portador de un deber garante, sale un peligro que puede alcanzar a un tercero y lesionarlo en sus derechos, por lo que este último debe inhibir el peligro creado [Casación 725-2018, Junín, f. j. 4] PALACIO DE JUSTICIA-INTERIORES-1](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/PALACIO-DE-JUSTICIA-INTERIORES-1-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)







![Requerimiento inspectivo no es válido si se limita a relatar hechos sin una tipificación concreta [Res. 0006-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Sunafil-LPDerecho-2.png-218x150.jpg)
![Cachetear a compañero de trabajo en las instalaciones de la empresa justifica despido (mujer golpeó a su expareja aduciendo que era hostigada sexualmente por él) [Casación 10034-2023, Lima, ff. jj. 15-18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![La tutela de derechos es un medio idóneo para interrumpir los efectos de una medida de decomiso [Exp. 00168-2025-PA/TC, f. j. 6] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![TC reafirma que la desaparición forzada solo puede ser entendida como delito de carácter permanente con posterioridad a la aprobación y ratificación de la Convención Interamericana de Desaparición Forzada por el Estado peruano (2002)[Exp. 01736-2025-HC-TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![¡Atención, docentes! Aprueban bono de hasta S/4434 para el docente investigador [Decreto Supremo 028-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/09/normas-legales-dinero-bono-subsidio-2-LPDerecho-218x150.png)
![Directiva sobre el ejercicio de las actuaciones inspectivas en la investigación de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos [Resolución de Superintendencia 0052-2026-Sunafil]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![[Balotario notarial] Organización del notariado: distrito notarial, colegios de notarios, Junta de Decanos de los Colegios de Notarios, Consejo del Notariado](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/ORGANIZACION-NOTARIADO-COLEGIOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)













![[VIVO] César Nakazaki defiende a Adrián Villar en audiencia de prisión preventiva](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER-GENERICO-nagazakiyvillar-LPDERECHO-100x70.jpg)
![No es posible dictar prisión preventiva si la probable pena privativa de libertad ―que en su día podría imponerse― no será efectiva [APE 2-2024/CIJ-112, f. j. 43]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-LPDerecho-100x70.png)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)


![[VÍDEO] Inicio de juicio oral contra Rospigliosi por presunta difamación en agravio de Delia Espinoza](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-GENERICO-DELIA-ROSPIOGLIOSI-LPDERECHO-100x70.jpg)




