El Juzgado Supremo de Investigación Operativa, a cargo del juez Juan Carlos Checkley Soria, declaró la vigencia de la prisión preventiva de 18 meses impuesta a XXXX por el presunto delito de tráfico de influencias.
Este último 1 de octubre, el magistrado reviso de oficio la vigencia de los presupuestos que dieron lugar a la medida. Durante su participación, la Fiscalía sustentó que existen nuevos elementos de convicción que reafirman la medida, como un audio en el que XXXX «le pide a su ‘hijo’ (Siucho Neira) que su ‘mamá’ (Elizabeth Peralta Santur) se reúna con ‘Chifa’ (Javier Miu Lei)».
Además, señaló que cuenta con una declaración del chofer y asistente del exconductor de televisión, el cual corroboraría una «relación cercana» con Peralta Santur que incluye «viajes y encuentros»; chats en los cuales se refería a la suspendida fiscal como «mamá»; y un video estas dos personas e Iván Siucho Neira en una videollamada sobre una investigación por lavado de activos.
Por su parte, la defensa de XXXX cuestionó la novedad de los elementos presentados por la Fiscalía, señalando que la mayoría ya figuraba en declaraciones vigentes, y aseguró que no se ha «justificado la necesidad de mantener» a su cliente en prisión. Empleando los mismos argumentos, el imputado pidió que «se ampare la revisión de oficio y se ordene una medida menos gravosa a su favor».
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En su análisis, Checkley Soria consideró que en la audiencia de revisión no se brindó información que «desvirtué el peligrosismo procesal» que justifico la medida. Asimismo, en relación a la proporcionalidad, verificó que «no varió en lo sustancial».
«No se cuenta con razones que justifiquen una medida menos gravosa en favor del imputado XXXX, por el contrario, se mantienen vigente las que inicialmente sustentaron la prisión preventiva», concluyó.
EXPEDIENTE N.°: 00058-2024-9-5001-JS-PE-01
IMPUTADO: XXXX
DELITOS: TRÁFICO DE INFLUENCIAS Y OTRO
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO
JUEZ SUPREMO (p): JUAN CARLOS CHECKLEY SORIA
ESP. JUDICIAL: JIMENA TAPIA DIEGO
AUTO QUE RESUELVE REVISIÓN DE OFICIO DE PRISIÓN PREVENTIVA
RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA Y UNO
Lima, siete de octubre dos mil veinticinco.
AUTOS, VISTOS Y OÍDOS; en audiencia pública, la revisión de prisión preventiva de oficio del imputado XXXX y el escrito con registro de ingreso N°3599-2024 (defensa brinda datos para audiencia); Y,
CONSIDERANDO
PRIMERO.- ANTECEDENTES
1.1. Mediante disposición de 26/09/2024 la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios públicos, formalizó investigación preparatoria por el plazo de ocho meses, contra Luz Elizabeth Peralta Santur y XXXX, como presuntos coautores de los delitos contra la Administración Pública, modalidades cohecho activo específico y tráfico de influencias, previstos y sancionados en los artículos 398° y 400° del Código Penal, en agravio del Estado. Además, contra Augusto Javier Miu Lei y Francisco Iván Siucho Neira como presuntos instigadores de la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, modalidad tráfico de influencias (previsto y sancionado en el primer y segundo párrafo del artículo 400° del Código Penal), en agravio del Estado, y contra Francisco Iván Siucho Neira como presunto instigador del delito contra la Administración Pública, modalidad cohecho activo específico (previsto y sancionado en el primer y segundo párrafo del artículo 398° del Código Penal), en agravio del Estado.
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