Autorizan allanamiento y levantamiento del secreto de las comunicaciones contra la fiscal Elizabeth Peralta y Andrés Hurtado

El juez supremo Juan Carlos Checkley autorizó el allanamiento de los inmuebles de Andrés Hurtado, Augusto Miu Lei y la fiscal Elizabeth Peralta. El magistrado también ordenó levantar el secreto de las comunicaciones de los investigados.

A la fiscal superior, el Ministerio Público le atribuye los presuntos delitos de tráfico de influencias y cohecho pasivo específico. El 19 de septiembre, además, la apartó preventivamente del cargo por presuntos hechos de inconducta funcional.

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Por otro lado, Hurtado Grados, Miu Lei y Siucho Neira son investigados por el presunto delito de cohecho activo específico.

La resolución judicial también abarca el levantamiento de las comunicaciones de los mencionados. En el expediente se autoriza que «se visualice y/o extraiga la información» de los siguientes dispositivos:

Teléfonos móviles, memorias telefónicas (chips), memorias USB, discos duros externos, tablets, cámaras fotográficas, ordenadores (equipos de cómputo y laptops) incautados en los inmuebles allanados o en los registros personales de los afectados Luz Elizabeth Peralta Santur, Andrés Avelino Hurtado Grados, y Augusto Javier Miu Lei.

A horas de la tarde del 24 de septiembre, la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos informó del allanamiento al domicilio de la fiscal superior. De acuerdo a la resolución, esta acción comprende tres viviendas —las cuales engloban a sus domicilios reales y uno laboral—.


EXPEDIENTE N° :               00058-2024-2-5001-JS-PE-01
AFECTADOS :                     LUZ ELIZABETH PERALTA SANTUR Y OTROS
DELITO :                            TRÁFICO DE INFLUENCIAS Y OTRO
AGRAVIADO :                     EL ESTADO PERUANO
JUEZ SUPREMO (p) :           JUAN CARLOS CHECKLEY SORIA
ESP. JUDICIAL :                  PILAR NILDA QUISPE CHURA

AUTO RESUELVE REQUERIMIENTO DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE ALLANAMIENTO, REGISTRO DOMICILIARIO, REGISTRO PERSONAL CON FINES DE INCAUTACIÓN Y LEVANTAMIENTO DEL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES

RESOLUCIÓN NÚMERO UNO

Lima, veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro.

AUTOS Y VISTOS; dado cuenta con el escrito remitido por la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, solicitando: 1) autorización judicial de ALLANAMIENTO -con DESCERRAJE de ser el caso–; 2) REGISTRO DOMICILIARIO y REGISTRO PERSONAL con fines de INCAUTACIÓN DE BIENES, ESPECIES Y DOCUMENTOS, que guarden relación con los delitos investigados; 3) EXHIBICIÓN e INCAUTACIÓN de los documentos, bienes y/u objetos de interés para la investigación o para el decomiso; y, 4) LEVANTAMIENTO DEL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES y escrito con registro N° 2806-2024; en el marco de las diligencias preliminares que se siguen respecto de la presunta comisión de los delitos de tráfico de influencias, cohecho pasivo específico y cohecho activo específico, en agravio del Estado; Y,

CONSIDERANDO

PRIMERO.- REQUERIMIENTO FISCAL

La Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, mediante requerimiento ingresado el 16/09/2024 (19:02 horas), requiere a este Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria (en adelante JSIP), AUTORIZACIÓN JUDICIAL de las siguientes medidas limitativas:

1. ALLANAMIENTO – CON DESCERRAJE DE SER EL CASO, por el plazo de 48 horas, respecto de los siguientes investigados e inmuebles:

2. REGISTRO DOMICILIARIO Y REGISTRO PERSONAL CON FINES DE INCAUTACIÓN DE BIENES, ESPECIES Y DOCUMENTOS, QUE GUARDEN RELACIÓN CON LOS HECHOS Y LOS DELITOS INVESTIGADOS, a realizarse en los inmuebles allanados por el plazo de 48 horas.

3. EXHIBICIÓN E INCAUTACIÓN de los documentos, bienes y/u objetos de interés para la investigación o para el decomiso, en los inmuebles allanados.

4. LEVANTAMIENTO DEL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES a fin: a. Se VISUALICE y/o EXTRAIGA la información de los teléfonos móviles, memorias telefónicas (chips), memorias USB, discos duros externos, tablets, cámaras fotográficas, ordenadores (equipos de cómputo y laptops) incautados en los inmuebles allanados o en los registros personales de los afectados Luz Elizabeth Peralta Santur, Andrés Avelino Hurtado Grados, y Augusto Javier Miu Lei; y, terceros que se encontrasen en dichos inmuebles bajo allanamiento; relevantes para la investigación.

b. Se VISUALICE y/o EXTRAIGA las conversaciones que obren en los diversos aplicativos (correo electrónico, WhatsApp, Telegram, Ciber, Signal, Messenger, Instagram, Facebook, entre otras redes sociales) configurados en los equipos de comunicación y/o telecomunicación que sean incautados en los inmuebles allanados o en los registros personales de los afectados Luz Elizabeth Peralta Santur, Andrés Avelino Hurtado Grados, y Augusto Javier Miu Lei y terceros que se encontrasen en dichos inmuebles bajo allanamiento; relevantes para la investigación.

SEGUNDO.- Se fundamenta el requerimiento fiscal en los términos siguientes:

1. La fiscal Luz Elizabeth Peralta Santur, Fiscal Superior Titular Especializada en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, habría intervenido en un presunto hecho de corrupción de funcionarios en el periodo 2021-2022.

2. Se sustenta dicha incriminación en la noticia de la página web Infobae, donde consta la noticia del 05/09/2024 intitulada «Andrés Hurtado: fiscal de lavado de activos y exjefa de Migraciones implicadas en trama de tráfico de influencias y sobornos», que da cuenta de una entrevista realizada el 04/09/2024, en el programa de televisión Beto a Saber de Willax Televisión; entrevista en la cual, Ana Cecilia Siucho Neira describió una serie de hechos o actos de corrupción donde habrían intervenido Andrés Avelino Hurtado Grados y la fiscal Peralta Santur.

[Continúa…]

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