Abogados litigantes y audiencias virtuales

Debemos resistir la tentación, por lo menos en el mediano y largo plazo, de simplemente trasladar los procedimientos que conocemos y a los que estamos acostumbrados, de lo físico a lo virtual. Sale la burocracia física; entra la burocracia digital.

Escritpo por Sebastian Soltau Salazar

El estereotipo del abogado litigante (peleón, vivo, etc.), tan vigente en nuestro país y otros de la región, no es funcional a las audiencias virtuales (AV).

El principal obstáculo para el traslado permanente de buena parte de las audiencias a un entorno virtual, antes que tecnológico, es cultural.

Para que cualquier piloto de AV no pase de ser una anécdota de los tiempos del COVID-19, los abogados litigantes van a tener que salir de su zona de confort y hacer cosas que nunca han hecho. Por muy absurdas que les parezcan.

A continuación, me refiero a 3 de ellas:

1. Colaborar con y confiar en la contraparte

Imponer aplicaciones y prácticas de la noche a la mañana es la receta perfecta para generar una proliferación de impugnaciones y cuestionamientos (algunos con más sustento que otros, claro).

Todo lo avanzando podría desmoronarse de un momento a otro debido a que “el sistema se ‘colgó’ y quebró el hilo de mi presentación”, “no pude actuar bien las pruebas por las limitaciones del sistema”, “el PowerPoint de mi contraparte era excesivamente persuasivo” (?) y otros “argumentos” basados en una supuesta vulneración del derecho de defensa. Todos conocemos a más de un abogado litigante que se regocijaría encontrando este tipo de defectos (o, peor aún, creándolos).

Esto no quiere decir, que no sea aconsejable que se emitan lineamientos generales para la realización de AV (aquí un ejemplo). Sin embargo, pensando especialmente en la situación de emergencia que estamos viviendo, es indispensable que, en cada caso, esos lineamientos sean aterrizados, de manera consensuada, por el juez o árbitro y los abogados de las partes.

No debería sorprendernos que los abogados litigantes estén más preocupados por lo que pueda hacer su contraparte para tratar de sacar alguna ventaja indebida en el entorno virtual, que por la tecnología en sí.

Direccionamiento de testigos o peritos vía WhatsApp y desconexiones abruptas seudo-accidentales para quebrar el momentum o frustrar una audiencia, son sólo algunas de las preocupaciones legítimas que tienen que ser atendidas a través de reglas claras. Y aquí el rol de los jueces y árbitros en el enforcement es clave.

Lo que propongo no es una confianza a ciegas en la contraparte, sino el diálogo transparente sobre preocupaciones como las mencionadas, la fijación conjunta de reglas para atenderlas y, en última instancia, la confianza en que el juez o árbitro va a hacer su trabajo si alguien se aparta de lo acordado.

2. Ser empáticos

Somos formados para no ser empáticos.

Nos entrenan para defender nuestro punto de vista, no para enriquecerlo con los puntos de vista de los demás. Preguntamos para ratificar que estamos en lo correcto, no para conectar con las experiencias de otras personas. Ese mindset no nos va a llevar a ningún lado en la transición de lo físico a lo virtual.

Aunque nos cueste, tenemos que entender que, para la gran mayoría de jueces, árbitros y abogados litigantes, la repentina generalización del uso de Zoom, Skype y otras aplicaciones es un reto abrumador.

Y vamos a cometer errores. Muchísimos. Los problemas técnicos van a abundar. La pregunta es si, ante estas situaciones, vamos a reaccionar como el estereotipo del abogado litigante o vamos a ser pacientes y comprensivos. Y es que, a fin de cuentas, las partes tienen por lo menos un interés en común: que el proceso (judicial o arbitral) camine. A nadie le conviene que el sistema de justicia colapse.

3. Cuestionar lo que conocen y a lo que están acostumbrados

El hecho de que la primera reacción de muchas cortes y centros arbitrales haya sido suspender sus actividades dice bastante. Pero no sólo sobre su desfase tecnológico.

Les propongo reflexionar sobre lo siguiente: si muchas cortes y centros arbitrales no han hecho la transición a lo virtual, ni siquiera de manera parcial, a pesar de que la tecnología básica está a su disposición hace más de 10 años (me refiero a la videoconferencia, no a tecnologías más sofisticadas y en constante evolución como la realidad virtual), ¿no será que el desfase también está presente en aspectos ajenos a la tecnología (por ejemplo, en el diseño de los procedimientos)?

Debemos resistir la tentación, por lo menos en el mediano y largo plazo, de simplemente trasladar los procedimientos que conocemos y a los que estamos acostumbrados, de lo físico a lo virtual. Sale la burocracia física; entra la burocracia digital.

Esta es una oportunidad única para repensar todo. ¿Necesitamos que todos los actores de un caso se reúnan –física o virtualmente– en un mismo momento? ¿En qué casos? ¿Hasta qué punto la comunicación asincrónica podría desplazar a algunas audiencias que hemos venido celebrando casi en piloto automático? Y lo que es más importante: ¿cuánto de lo que pensamos sobre estos puntos es más tradición que razón?

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