Numerosas denuncias por plagio han cubierto la agenda mediática el 2018. Políticos, abogados y otras personalidades han tenido que enfrentar serios cuestionamientos por haber vulnerado derechos de autor. Legis.pe ha seleccionado los cinco plagios que más resonaron este año que ya acaba. Aquí la lista.
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José Domingo Pérez
Legis.pe reveló que el fiscal José Domingo Pérez habría vulnerado derechos de autor al plagiar parte del artículo “Conducción de la Investigación y Relación del Fiscal con la Policía en el Nuevo Código Procesal Penal”, que le pertenece al juez superior de la Sala Penal de Apelaciones, Ramiro Salinas Siccha, en su tesis de maestría intitulada: “Conflictos jurídicos en la función del fiscal ante la afectación del principio de igualdad de armas en el proceso penal».
Asimismo, se verificó que hay varias irregularidades en el citado de fuentes, que se repiten en toda la tesis que presentó el 2015 a la Universidad Católica de Santa María de Arequipa.
Pedro Gonzalo Chávarry
En agosto de este año, Hildebrant en sus trece reveló en un amplio informe, el plagio en que habría incurrido Pedro Gonzalo Chávarry en su tesis de maestría. De acuerdo con ese medio, el actual fiscal de la Nación habría plagiado 292 de los 356 párrafos de la tesis con la que obtuvo el grado de magíster en Derecho Penal.
Luego de conocerse la denuncia de plagio, el parlamentario Gino Costa, declaró a través de un tuit: “Acabo de presentar denuncia constitucional contra Chávarry por irregular ratificación del CNM, plagio de tesis, reiteradas mentiras, entre otros. Espero Acusaciones Constitucionales la declare procedente y Comisión Permanente la acumule a la que ya investiga”.
Renzo Reggiardo
Durante las ultimas elecciones municipales, Renzo Reggiardo copió fragmentos literales del plan de gobierno de Solidaridad Nacional, con el que Luis Castañeda Lossio se hizo con la alcaldía en 2014.
Sobre esta denuncia, el entonces candidato Renzo Reggiardo, dijo que había una «omisión involuntaria», que su plan de gobierno de 156 páginas registre un 50% de textos copiados de otros lados, pero descartó que hayan cometido plagios en sus propuestas.
Flor Marlene Luna Victoria Mori
A inicios de este año, se descubrieron 14 casos de presuntos plagios en un articulo científico de la entonces jefa de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), Flor Marlene Luna Victoria Mori, quien transcribió sin citar ni entrecomillar ideas de otros autores.
En cinco de las seis páginas del ensayo «Cultura y cuidado en la gestación: Una aproximación a la atención intercultural prenatal«, artículo en el que Luna Victoria, es coautora junto con Aralucy Cruz León, se hallaron extractos de tres estudios que no fueron citados ni entrecomillados.
Debido al escándalo, el propio Consejo Directivo de Sunedu solicitó al hoy expresidente Pedro Pablo kuczynski, su cese en el cargo. Lo que ocurrió el viernes 2 de marzo. Flor Luna Victoria calificó dicha decisión como «arbitraria» y «abusiva».
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Al respecto, el Ejecutivo sustentó en la resolución publicada en El Peruano que «(…) se han generado dudas sobre la conducta de la superintendente de la Sunedu, las mismas que han afectado su confiabilidad y transparencia ante la comunidad educativa en atención al cargo que ocupa».
Antonio Becerril
Antoni Becerril, hermano del congresista Héctor Becerril, candidateó este año para las elecciones regionales en Lambayeque, sin embargo, se descubrió que plagió distintos planes regionales y distritales.
Los párrafos de “Visión” y “Misión” de su plan, son copia fiel de otro plan de gobierno presentado en 2011 por Miguel Ángel Bartra Grosso, cuando este fue candidato a la región Lambayeque por Fuerza 2011.
En la página 34 del plan de Becerril hay varios párrafos como aquel que lleva el subtítulo de «Comercio». El mismo párrafo aparece textualmente escrito en un plan de gobierno del año 2007, del movimiento regional Siempre Adelante.
Bonus Legis.pe
Manuel Castillo Calle
Este medio difundió la denuncia de la abogada e investigadora Natalia Torres Zúñiga, quien habría sido victima de plagio, perpetrado por el joven constitucionalista Manuel Arnaldo Castillo Calle. Varias páginas de la tesis de pregrado de Torres habrían sido copiadas.
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En su denuncia, Natalia Torres Zúñiga, señala que las páginas 82 a 84 del artículo de Manuel Castillo son idénticas a las páginas 19 a 23 de su tesis. También que las páginas 185 a 198 de su trabajo académico fueron copiados íntegramente de las páginas 96 a 104 del artículo.
Legis.pe se comunicó con la investigadora, quien señaló que se enteró del plagio «buscando información sobre el control de convencionalidad (…) al leer el contenido me pareció conocido. Lo cotejé con mi tesis y descubrí el plagio». Además, afirmó que tomaría acciones legales.
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![La exigencia de ley previa se sitúa a caballo entre la garantía material y formal: protege tanto la seguridad como la libertad del ciudadano frente a una aplicación sorpresiva del «ius puniendi» —y, así mismo innecesaria desde el prisma de la finalidad de prevención general de la pena—, e impide que las normas sancionadoras, que por no existir no podían ser conocidas y tomadas en consideración por el ciudadano, se apliquen a conductas que cuando se realizaron no estaban prohibidas por una ley, o, aún prohibidas, estaban menos castigadas [Sentencia 54/2023, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER-GENERICO-Tribunal-Constitucional-de-Espana-LPDerecho-218x150.jpg)
![Las normas de «ius cogens» pueden prevalecer sobre el principio de legalidad: el art. 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos alude claramente a la posibilidad de procesar y condenar penalmente por la comisión de un acto, a pesar de no encontrarse previamente prohibido y penado por el Derecho escrito, siempre que tal acto resulte delictivo «según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional» [Exp. 00024-2010-PI/TC, ff. jj. 53-55] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Dos dimensiones del principio de legalidad penal: como principio constitucional, informa y limita los márgenes de actuación de los que dispone el legislador al momento de determinar las conductas prohibidas y sus respectivas sanciones; y, como derecho subjetivo constitucional, garantiza a toda persona que la conducta prohibida esté prevista en una norma previa, estricta y escrita, y también que la sanción esté contemplada previamente en una norma jurídica [Exp. 01469-2011-PHC/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Aprueban recursos a gobiernos regionales para contratar docentes [Decreto Supremo 033-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/clases-LPDerecho-218x150.jpg)


![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
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![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)






