Violación sexual: omitir actuar prueba científica determina nulidad de la sentencia [R.N. 2450-2017, Lima]

Jurisprudencia destacada por el estudio Castillo Alva & Asociados

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Fundamento destacado: 3.2. Sin considerar ello, en autos no se actuó la prueba científica descrita, a pesar de que, reiteramos, la controversia versaba en determinar si la menor agraviada quedó embarazada fruto de las agresiones sexuales a las cuales fue sometida por parte del procesado recurrente, pues así to postuló el representante del Ministerio Público en su acusación fiscal.


Sumilla: Necesidad de motivación cualificada. La grave intervención del derecho a lo libertad personal del procesado acrecienta los deberes de motivación y valoración de la prueba del órgano jurisdiccional.


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA PENAL TRANSITORIA
RECURSO DE NULIDAD 2450-2017, LIMA

Lima, dieciocho de setiembre dos mil dieciocho

VISTO: el recurso de nulidad interpuesto por la defensa técnica del procesado ELÍAS MENDOZA ZÚÑIGA (foja doscientos cincuenta) contra la sentencia del quince de agosto de dos mil diecisiete (foja doscientos setenta y cuatro), que lo condenó como autor del delito de violación sexual de menor de edad, en perjuicio de la menor identificada con la clave N.º 034; e impuso veinticinco años de pena privativa de libertad y cuatro mil soles por concepto de reparación civil.

Intervino como ponente el señor juez supremo QUINTANILLA CHACÓN.

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